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Ciclo Formativo de Grado Superior de Vitivinicultura

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CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR DE VITIVINICULTURA

- Denominación: Vitivinicultura.
- Nivel: Formación Profesional de Grado Superior.
- Duración: 2000 horas.
- Familia Profesional: Industrias Alimentarias.
- Referente europeo: CINE -5b (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación).
- Titulo: Técnico Superior en Vitivinicultura

CARÁCTER OFICIAL Y VÁLIDEZ EN TODA ESPAÑA

El Ciclo Formativo de Vitivinicultura, es un Ciclo de Formación Profesional de Grado Superior, y como tal está integrado en la Educación Superior del sistema educativo español, según establece la Ley Orgánica de Educación en su artículo 3.

El título de "Técnico Superior en Vitivinicultura" tiene carácter oficial y es válido en toda España. El título fue aprobado por el Real Decreto 1688/2007, de 14 de diciembre, publicado en el Boletín Oficial del Estado el miércoles 16 de enero de 2008.

Cada una de las Comunidades Autónomas del Estado ha de desarrollar el título a través de currículos propios, que atiendan a las características de cada territorio, estos desarrollos se pueden consultar en las páginas Web de las diferentes consejerías de Educación. Los currículos de las autonomías pueden incluir diferencias en los módulos (asignaturas) que se imparten.

Los estudios aunque tengan diferencias entre las comunidades autónomas, otorgan un título que tiene reconocimiento y validez oficial en todo el país.


MÓDULOS PROFESIONALES (ASIGNATURAS)

Este ciclo formativo consta de unas asignaturas, que en la formación profesional se llaman módulos profesionales. Los módulos o asignaturas que tiene el ciclo se desarrollan en el Anexo I del Real Decreto que aprueba el título y son los que a continuación se relacionan:

Módulos profesionales que componen el ciclo de Técnico Superior en Vitivinicultura:

- Viticultura: Comercialización y logística en la industria alimentaria.
- Vinificaciones: Legislación vitivinícola y seguridad alimentaria.
- Procesos bioquímicos: Gestión de calidad y ambiental en la industria alimentaria.
- Estabilización, crianza y envasado: Proyecto en la industria vitivinícola.
- Análisis enológico: Formación y orientación laboral.
- Industrias derivadas: Empresa e iniciativa emprendedora.
- Cata y cultura vitivinícola: Formación en centros de trabajo.


EL FUTURO DE ESTOS ESTUDIOS

El sector vitivinícola español es el mayor del mundo por superficie cultivada y el tercero en nivel de producción.

Con estos estudios el profesional podra desarrollar su actividad tanto en pequeñas, medianas o grandes empresas vitivinícolas, dedicadas a la producción de uva, elaboración, crianza y envasado de vino como en pequeñas, medianas o grandes industrias de destilados de vino, concentración de mostos, elaboración de vinagres y otros productos derivados de la uva y del vino.

- Las grandes empresas: Apuestan por un modelo similar al existente en el nuevo mundo vitivinícola diversificando la producción y minimizando los riesgos.

- Las pequeñas y medianas empresas: Enfocan su actividad en productos de calidad y en redes de comercialización alternativas, lo que les exige utilizar técnicas de protección ambiental y emplear productos naturales ecológicos. Las ventas de sus productos se canalizan fundamentalmente a través de tiendas especializadas o circuitos más restringidos donde hay un mucho contacto con el cliente.

- Las cooperativas: Son motores del desarrollo rural que tienen que hacer un esfuerzo por modernizarse y buscar vías para mejorar su rentabilidad y calidad.


La incorporación de las tecnologías de la información y de la comunicación va a facilitar una serie de cambios tecnológicos en las diferentes empresas:

- Mecanización creciente de la producción y de los controles de calidad.
- Implantación de las tecnologías de la información y de la comunicación en el área de ventas para una mejor atención al cliente.
- Mayor control y automatización de los almacenes.
- Implantación de los sistemas de intercambio electrónico de datos y diseño de páginas WEB como apoyo a la comercialización para acercar los productos y su elaboración al consumidor.

Todo ello implica que en este sector se esté demandando una mano de obra cada vez más cualificada con conocimientos de las tecnologías de la información, de la comunicación y con un espíritu abierto a la innovación. Además de compartir con éstas objetivos, tradiciones y valores.

La profesión evolucionará hacia:

- Una mayor sensibilización en todas las cuestiones relacionadas con el medio ambiente.
- La demanda de profesionales cada vez más cualificados.
- La introducción de formas de organización más modernas, abiertas a la innovación y con un uso intensivo de las tecnologías de la información y la comunicación.
- La exigencia de contar con profesionales más polivalentes, capaces de asumir distintas funciones relacionadas con su ámbito de trabajo.


CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SECTOR EN LA ACTUALIDAD

En los últimos años se ha reducido mucho la extensión de viñedo en el territorio de la Unión Europea, incrementándose, sin embargo, en otras partes del mundo como América del Sur y Oceanía. Todas estas circunstancias han contribuido a aumentar la competencia en los mercados internacionales.

El sector vitivinícola español es el mayor del mundo por superficie cultivada y el tercero en nivel de producción. Según datos del Instituto Nacional de Estadística, este está compuesto por alrededor de 5.000 empresas que emplean aproximadamente a unos 20.000 trabajadores.

Más del 50% de estás empresas tienen una plantilla inferior a 9 trabajadores. Los autónomos, por su parte, representan una proporción muy importante del total, siendo las pequeñas empresas (de más de 10 trabajadores) y las grandes (con una plantilla superior a 50) las menos frecuentes.

- Las empresas de mayor dimensión apuestan por la diversificación de la producción.

- Las pequeñas empresas se basan en la calidad y en el desarrollo de redes de comercialización alternativas.


EL PAPEL DE LOS TÉCNICOS SUPERIORES EN LOS CENTROS DE TRABAJO

Las principales funciones de este titulado consisten en organizar, programar y supervisar la producción en la industria vitivinícola controlando la producción vitícola y las operaciones de elaboración, estabilización y envasado de vinos y derivados, aplicando los planes de producción, calidad, seguridad alimentaria, prevención de riesgos laborales y protección ambiental, de acuerdo con la legislación vigente.

Pero sin olvidar que hoy, el sector demanada profesionales que, además de conocer su ámbito de trabajo, tengan conocimientos sobre otras cuestiones relacionadas con él, como la calidad, la prevención de riesgos laborales, las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, etc. Además, todo esto ocurre en un entorno en constante evolución, lo que obliga a contar con profesionales capaces de adaptarse a estos cambios.

De esta forma, el Técnico Superior en Vitivinicultura puede desarrollar sus funciones en distintas áreas, independientemente del tamaño de la empresa en que preste sus servicios por cuenta propia o ajena. Estas funciones pueden ser de gestión, dirección y supervisión.


Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:

- Técnico o técnica vitivinícola.
- Encargado o encargada de proceso de destilación y rectificación.
- Encargada o encargado de recepción de mostos frescos y sulfitados.
- Supervisora o supervisor de columnas de destilación y concentración.
- Encargado o encargada de la línea de envasado de destilados, concentrados y vinagres.
- Encargados o encargada de envejecimiento y crianza de destilados y vinagres.
- Técnico o técnica en análisis sensorial.

La mayoría de las ocupaciones señaladas implican asumir una responsabilidad respecto de alguno de los procesos con los que se relacionan. Esta característica es consecuencia del nivel de cualificación que posee este tipo de técnic.


UNIDADES DE COMPETENCIA

1. Enotecnia INA 016_3 (prevista en el Real Decret0 295/2004, de 20 de febrero), que comprende las siguientes unidades de competencia:
- UC0037_3: Supervisar la producción vitícola y programar los procesos de vinificación.
- UC0038_3: Controlar la producción de vino mediante análisis organolépticos, microbiológicos y físico-químicos.
- UC0039_3: Coordinar y supervisar los métodos de estabilización y crianza de vinos.
- UC0040_3: Programar la puesta a punto de instalaciones y maquinaria vitivinícola.

2. Industrias derivadas de la uva y del vino INA 240_3 (aprobado por Real Decreto 729/2007, de 8 de junio) que incluye las unidades de competencia siguientes:
- UC0556_3: Gestionar los aprovisionamientos, el almacén y las expediciones en la industria alimentaria y realizar actividades de apoyo a la comercialización.
- UC0557_3: Programar y gestionar la producción en la industria alimentaria.
- UC0558_3: Cooperar en la implantación y desarrollo del plan de calidad y gestión ambiental en la industria alimentaria.
- UC0768_3: Desarrollar los procesos y controlar la elaboración de destilados, mostos concentrados, vinagre y otros productos derivados.
- UC0314_2: Controlar el proceso de envasado y acondicionamiento de bebidas.
- UC0769_3: Aplicar la legislación de productos vitivinícolas y sus derivados y gestionar los libros registro.


COMPETENCIAS PROFESIONALES

- Programar y controlar la producción vitícola en condiciones de seguridad y protección ambiental para obtener la materia prima con la calidad establecida.
- Coordinar y conducir las operaciones de vinificación necesarias para elaborar los diferentes productos,resolviendo las contingencias que se presenten.
- Programar y controlar la elaboración de destilados, vinagres y otros productos derivados, en las condciones de calidad, seguridad y protección ambiental establecidas.
- Programar y conducir las operaciones de estabilización y crianza necesarias para obtener un producto en las características físico-químicas y organolépticas definidas.
- Supervisar y ejecutar las operaciones de envasado y embotellado en condiciones de calidad y seguridad, resolviendo las contingencias que se presenten.
- Planificar la logística en la empresa vitivinícola, organizando los aprovisionamientos, el almacenamiento y la expedición de las materias primas, auxiliares y productos elaborados.
- Programar y supervisar el mantenimiento y la operatividad de los equipos e instalaciones, para garantizar el funcionamiento en condiciones de higiene, calidad,eficiencia y seguridad.
- Controlar y garantizar la calidad mediante ensayos físicos, químicos, microbiológicos básicos, así como por análisis organolépticos.
- Comercializar y promocionar los productos en la pequeña empresa vitivinícola.
- Supervisar durante el proceso productivo, la utilización eficiente de los recursos, la recogida selectiva,depuración y eliminación de los residuos para garantizar la protección ambiental de acuerdo con los planes de la empresa y la normativa vigente.
- Aplicar la normativa de Seguridad alimentaria, de Prevención de Riesgos Laborales y la legislación específica del sector vitivinícola.
- Aplicar las Tecnologías de la Información y de la Comunicación requeridas en los procesos productivos y en aquellas áreas de su ámbito profesional.


La formación prevista en alguno de los módulos profesionales que componen el título también permite a este tipo de Técnico asumir ciertas responsabilidades laborales:

- Este es el caso del módulo de Formación y orientación laboral, que capacita para llevar a cabo funciones equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.

- Lo mismo ocurre con el módulo de Legislación Vitivinícola y Seguridad Alimentaria, que garantiza el nivel de conocimiento necesario para posibilitar unas prácticas correctas de higiene y manipulación de alimentos de acuerdo con la exigencia del artículo 4.6 del Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos.

- Por otra parte, la formación prevista para el conjunto de los módulos profesionales del Título garantiza el nivel de conocimiento exigido para ser habilitado en el ejercicio profesional de técnico especialista en vitivinicultura. Y a efectos laborales se declara equivalente con el título de técnico superior en Industria Alimentaria, establecido por el Real Decreto 2050/1995, de 22 de diciembre, de conformidad con el artículo 4 del Real Decreto 595/2002, de 28 de junio.


EL NIVEL ACADÉMICO

A continuación te relacionamos las diferentes vías que te permiten acceder indistintamente a estos estudios:
- Bachillerato mod. de ciencias de la salud
- Bachillerato mod. científico-técnica
- Bachillerato (LOE) mod. ciencias y tecnología
- Ciclos formativos de grado medio + 18 años + Prueba de acceso a los ciclos formativos
- 19 años + Prueba de acceso a los ciclos formativos
- Ciclos formativos de grado superior

Estos estudios son de Formación Profesional, lo que antes se comenzaba con 14 años al acabar el colegio, pero ahora es necesario el Bachillerato para lograr el acceso en el nivel superior.

El título de Técnico Superior en Vitivinicultura forma parte del Sistema Educativo Español promulgado por la Ley Orgánica de Educación, dentro de las Enseñanzas Superiores, y de la Formación Profesional de Grado Superior. Se trata pues de unos estudios superiores, que son el máximo nivel educativo del sistema, solo detrás de los estudios universitarios.


El acceso a ciclos formativos de grado superior requerirá una de las siguientes condiciones:
- Estar en posesión del título de Bachiller.
- Poseer el título de Técnico de grado medio y haber superado un curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado superior en centros públicos o privados autorizados por la administración educativa.
- Haber superado una prueba de acceso. En este supuesto, se requerirá tener diecinueve años, cumplidos en el año de realización de la prueba o dieciocho si se acredita estar en posesión de un título de Técnico relacionado con aquél al que se desea acceder.

Las Universidades convalidan algunos módulos impartidos en los Ciclos Formativos de Grado Superior por algunas asignaturas de sus planes de estudios.

El programa Erasmus empezó a funcionar para la FP desde el curso 2008/2009 y se gestiona a través de un organismo autónomo. Además, algunas administraciones, como la Conselleria de Educación de la Comunidad Valenciana, completan la beca general del programa con una dotación especial.


EL NIVEL PROFESIONAL

Las cualificaciones profesionales son el referente de los títulos de la Formación Profesional, de manera que al realizar éstos se obtiene el título y la acreditación profesional correspondiente a las cualificaciones cursadas, así mismo, si se acredita la cualificación profesional por otros cauces formativos, o a través de la experiencia, esta acreditación tendrá validez y será convalidable al cursar los Ciclos Formativos.

De esta forma las cualificaciones incluyen todas las capacidades y conocimientos que un profesional tiene que tener para desempeñar un puesto de trabajo de los que tienen vigencia en el mercado de trabajo actual. 

Las cualificaciones profesionales vienen recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP), que determina el Instituto Nacional de Cualificaciones (INCUAL) a través de un proceso basado en el análisis del sistema productivo. Las cualificaciones profesionales que incluyen son:

- El Título de Técnico Superior en Vitivinicultura son Enotecnia, aprobada por RD 295/2004, de 20 de febrero.

- El Título de Industrias derivadas de la uva y del vino, aprobada por RD 729/2007, de 8 de junio.


Las Cualificaciones se clasifican en 5 niveles profesionales en función de la complejidad y destreza en los conocimientos y capacidades de las competencias que se alcanzan.

El nivel 3 corresponde a los Técnicos Superiores y se define de la siguiente forma: "Competencia en un conjunto de actividades profesionales que requieren el dominio de diversas técnicas y puede ser ejecutado de forma autónoma. Comporta responsabilidad de coordinación y supervisión de trabajo técnico y especializado. Exige la comprensión de los fundamentos técnicos y científicos de las actividades y la evaluación de los factores del proceso y de sus repercusiones económicas".

Toda la construcción teórica sobre niveles profesionales, tiene su implementación en el ámbito laboral, tanto en el sector público, como en el sector privado.

- En el sector público la LEY 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, fija la nueva clasificación de los grupos de funcionarios.

El grupo A de funcionarios se queda para los Graduados Universitarios, el grupo B es el de los Técnicos Superiores de la FP. El grupo C1 corresponde a los Técnicos de la FP y para los Bachilleres y por último el grupo C2 se corresponde con los Titulados en ESO.

Si el empleado público no es funcionario siendo contratado laboral, son los convenios colectivos de personal laboral de las diferentes administraciones autonómicas o locales la que concretan el grupo y nivel profesional en que se encuadran los Técnicos Superiores del sector.

- En el sector privado los convenios colectivos son los encargados de concretar el grupo y el nivel profesional de los Técnicos.


Por lo que respecta al tipo de ocupación de los empleados en este sector,  las más frecuentes desde el punto de visto estadístico son, la de los operadores de instalaciones y máquinas y la de los técnicos y profesorado de apoyo que, de forma conjunta, representan alrededor del 30% del total.

El perfil más frecuente de la persona empleada es el de un varón con una edad comprendida entre los 30 y los 39 años.

El empleo femenino ha evolucionado positivamente en los últimos años, aunque su aportación continúa siendo minoritaria respecto al masculino.

En lo que se refiere a la formación de los trabajadores, las más importantes que representan en el sector son: - Estudios primarios con más del 30%.
- Estudios secundarios, formación profesional, con un porcentaje algo menor al 20%.
- Estudios universitarios, con una presencia cercana al 15%.


EL AUTOEMPLEO

Una alternativa al trabajo por cuenta ajena, es el autoempleo, montar tu propia empresa, organizarte como emprendedor.

Cualquier proyecto empresarial necesita cumplir una serie de condiciones para favorecer su puesta en marcha y viabilidad:

- Por está razón y en principio, no son recomendables aquéllas que, por ejemplo, requieran de una inversión muy elevada o precisen de una serie de exigencias legales que no estemos en situación de poder cumplir.

Cierto capital suele ser necesario, para comenzar un negocio, sin embargo, existen algunas alternativas de negocio con un nivel de inversión relativamente bajo.

Se puede recurrir a la financiación ajena, que es pedir el dinero a un tercero, que puede ser una entidad bancaria, aunque está el riesgo de los avales. También existe la posiblidad de unirse a algún familiar o amigo que quiera participar en el proyecto empresarial. De igual modo se puede optar a subvenciones al autoempleo que pueden ser una buena ayuda, especialmente al principio. 

- También se pueden ofrecer servicios relacionados con la industria y asesoramiento para otras empresas.

Fuentes consultadas:

- Formación y orientación laboral. Ciclo formativo: Educación Infantil. Escrito por Pablo Castro Abad, María Remedios Cuevas Muñoz, Teresa Ginés González, José Carlos González Acedo, Carmen Martínez Ramírez, Rosario Pérez Aroca Títulos de formación profesional del sistema educativo.

- Títulos de formación profesional del sistema educativo.

¿Elaborar un Curriculum Vitae para la Industria o Sector del Vino? - Pedro Benito Sáez Urbina

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¿ELABORAR UN CURRÍCULUM VITAE PARA LA INDUSTRIA O SECTOR DEL VINO?

Se parte de una plantilla genérica de currículum, a la que añadimos algún apartado especifico sobre nuestros intereses.

Los aspectos que incluye son:
- Datos personales: Nombre y Apellidos, Dirección, Número de Teléfono y Dirección de Correo Electrónico y especificar si se dispone de carnet de conducir.
- Datos académicos: aquí debemos comenzar desde el colegio, hasta el último título o curso que hayamos realizada, especificando las fechas de inicio y comienzo, el centro de enseñanza, y las calificaciones medias.
- Formación complementaria: Se trata de reseñar todo tipo de cursos, de cualquier tipo que hayamos realizado, especificando fechas de realización, duración y centro de enseñanza.
- Idiomas: especificaremos el nivel de idiomas que tengamos tanto hablado como escrito.
- Experiencia profesional: detallaremos todos los trabajos remunerados que hayamos realizado especificando la empresa, fechas de comienzo y finalización, tipo de contrato, puesto de trabajo ocupado, jornada de trabajo y funciones.
- Experiencia con contenido profesional: detallaremos actividades que hayamos realizado que pueden contener experiencias con valor profesional, como la práctica de un deporte, la ayuda en un negocio familiar, la participación en actividades asociativas o de voluntariado, etc.
- Informática: se reseña nuestro nivel de manejo informático.
- Actitudes y aptitudes positivas en relación al trabajo: Aspectos como capacidad de sacrificio, ganas de trabajar, capacidad de aprendizaje, constancia, Aquí se pueden utilizar tests de orientación profesional.
- Aspectos a mejorar: debemos incluir aquellas actitudes y aptitudes que no las tenemos suficientemente desarrolladas. Igualmente que en el punto anterior nos podemos valer de tests.

Para analizar nuestros aspectos positivos y negativos, elabora una lista:

- Una vez elaborada tu lista, preguntate: ¿Los demás te ven también así?: Es posible que tengas una percepción equivocada, por ello pídele a 3 ó 4 compañeros con quien trabajes habitualmente que escriban tus aspectos positivos y negativos, pero que sean sinceros. Recuerda que se trata de conocernos mejor, así que escriban lo que escriban, no debes molestarte.

- Por último conviene recordar que al hacer el currículum extenso hay que tener en cuenta que fundamentalmente tiene un valor de autoconocimiento, por lo que es necesario, además de realizar una labor de recuerdo y recopilación minuciosa de nuestro historial profesional, ser especialmente sinceros.

CURRICULUM VITAE PEDRO BENITO SÁEZ URBINA

- Datos personales:
Dirección: Gran Via 54º Logroño 26005 (La Rioja – Spain) 

Correo electronico: pedro@urbinavinos.com

Fecha de nacimiento: 31 Jan 1979. 

 

- Declaración personal:
Soy una persona auto-motivada y trabajadora. Tengo iniciativa y puedo trabajar como parte de un equipo. Tengo excelentes habilidades de comunicación y liderazgo y soy bueno en la resolución de problemas.

- Estudios:
2004-2005 Técnico en Elaboración de Vinos: I.E.S. Duques de Najera, Logroño (La Rioja - España)
1999-2003 B.S Business Administration/Marketing - Ciencias Empresariales (San Jose State University, San Jose, USA)
1998-1999 Ukiah High School, USA

- Experiencia Laboral:
2014 Nombrado nuevo miembro de la "Cofradía del Vino de Rioja".
2012 Colaborador del "Diario La Rioja". Difundiendo la cultura del vino a página completa. Séptimo periódico de más antigüedad de toda España que se edita y distribuye desde 1889, con una tirada actual de unos 16000 ejemplares diarios.
2010 Nombrado miembro de la "Asociación de sumilleres de Rioja".
2009 Nombrado Nariz de Oro de La Rioja (Competición de Sumilleres y Vinos más prestigiosa de España): Más de 400 profesionales en activo concurren cada año para convertirse en la nueva Nariz de Oro.
2006 Nombrado miembro de los Comités de Cata del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja.
2005-2014 Bodegas Urbina (La Rioja - España): Jefe de ventas; Elaboración y producción de vino; Mantenimiento del viñedo.
2003-2004 Bodegas Frey (California - USA): Organización y presentación de catas; Representante en ferias comerciales; Elaboración de vino y producción de vino; Mantenimiento del viñedo

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SECTOR EN LA ACTUALIDAD

En los últimos años se ha reducido mucho la extensión de viñedo en el territorio de la Unión Europea, incrementándose, sin embargo, en otras partes del mundo como América del Sur y Oceanía. Todas estas circunstancias han contribuido a aumentar la competencia en los mercados internacionales.

El sector vitivinícola español es el mayor del mundo por superficie cultivada y el tercero en nivel de producción. Según datos del Instituto Nacional de Estadística, este está compuesto por alrededor de 5.000 empresas que emplean aproximadamente a unos 20.000 trabajadores.

Más del 50% de estás empresas tienen una plantilla inferior a 9 trabajadores. Los autónomos, por su parte, representan una proporción muy importante del total, siendo las pequeñas empresas (de más de 10 trabajadores) y las grandes (con una plantilla superior a 50) las menos frecuentes.
- Las grandes empresas: Apuestan por un modelo similar al existente en el nuevo mundo vitivinícola diversificando la producción y minimizando los riesgos.

- Las pequeñas y medianas empresas: Enfocan su actividad en productos de calidad y en redes de comercialización alternativas, lo que les exige utilizar técnicas de protección ambiental y emplear productos naturales ecológicos. Las ventas de sus productos se canalizan fundamentalmente a través de tiendas especializadas o circuitos más restringidos donde hay un mucho contacto con el cliente.

- Las cooperativas: Son motores del desarrollo rural que tienen que hacer un esfuerzo por modernizarse y buscar vías para mejorar su rentabilidad y calidad.

EL FUTURO DEL SECTOR VITIVINICOLA

La incorporación de las tecnologías de la información y de la comunicación va a facilitar una serie de cambios tecnológicos en las diferentes empresas:

- Mecanización creciente de la producción y de los controles de calidad.
- Implantación de las tecnologías de la información y de la comunicación en el área de ventas para una mejor atención al cliente.
- Mayor control y automatización de los almacenes.
- Implantación de los sistemas de intercambio electrónico de datos y diseño de páginas WEB como apoyo a la comercialización para acercar los productos y su elaboración al consumidor.

Todo ello implica que en este sector se esté demandando una mano de obra cada vez más cualificada con conocimientos de las tecnologías de la información, de la comunicación y con un espíritu abierto a la innovación. Además de compartir con éstas objetivos, tradiciones y valores.

La profesión evolucionará hacia:

- Una mayor sensibilización en todas las cuestiones relacionadas con el medio ambiente.
- La demanda de profesionales cada vez más cualificados.
- La introducción de formas de organización más modernas, abiertas a la innovación y con un uso intensivo de las tecnologías de la información y la comunicación.
- La exigencia de contar con profesionales más polivalentes, capaces de asumir distintas funciones relacionadas con su ámbito de trabajo.

La Importancia y Utilidad del Trabajo en Equipo

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LA IMPORTANCIA Y UTILIDAD DEL TRABAJO EN EQUIPO

La esencia del trabajo en equipo se encuentra en la naturaleza misma. Un ejemplo de ello son los gansos. Los gansos, al volar perfectamente coordinados en forma de V, ahorran hasta un 71% de la energía que consumirían si batieran sus alas de forma aislada y desorganizada. Cuando el pájaro de delante se cansa, pasa al fondo de la formación, y eso le posibilita ir recomponiendo fuerzas. Eso es sinergia. Eso es trabajo en equipo. Nuestra condición de seres humanos interdependientes, nos obliga a desarrollar esta capacidad, que es el cimiento sobre el cual se construyen proyectos colectivos, tan necesarios por estos días.

VENTAJAS E INCONVENIENTES DEL TRABAJO EN EQUIPO

Ventajas:
- Más productividad: El resultado es mejor al haber más variedad de competencias e información.
- Se aprende más rápidamente
- El equipo ofrece una visión más hetereogénea y amplia.
- Atmósfera más estimulante y creativa
- Se desarrollan habilidades como negociar, tomar decisiones conjuntamente, resolver conflictos...
- Mayor compromiso: Los individuos se sienten más implicados con los objetivos cuando ellos han participado en su establecimiento.
- El equipo actúa como fuente de motivación interpersonal y satisfacción
- Los miembros que han participado en el proceso aceptan y apoyan las soluciones.
- Comunicación más eficaz.

Inconvenientes:
- Puede reducir el esfuerzo individual
- El trabajo es más lento ya que supone ponerse de acuerdo varias personas
- Efecto presión a la conformidad: se evita decir lo que se piensa por miedo a ser rechazado por el grupo
- Aparecen conflictos como consecuencia de las distintas personalidades y la carga de trabajo (unos hacen más que otros)
- Si la comunicación no es buena pueden surgir rumores, malentendidos...
- No se cumplirán los objetivos si hay una mala coordinación y no se han establecido normas de funcionamiento.


ETAPAS POR LAS QUE ATRAVIESA UN EQUIPO DE TRABAJO

Hay que ser consciente de que los equipos van a necesitar tiempo para acoplarse y funcionar eficazmente.

- Inicio / Orientación: predomina el optimismo, los miembros se sienten ilusionados con el proyecto que se les ha encomendado; si es un equipo donde los miembros se conocen poco las relaciones serán cordiales, tanto si se conocen como si no, al principio, todos ponen de su parte para evitar conflictos.

- Primeras dificultades / Conflicto: el trabajo se complica y surgen las primeras dificultades lo que origina tensión y roces entre sus miembros; las diferencias de carácter y personalidad asoman.

- Acoplamiento / Estructura: los miembros son conscientes de que están obligados a entenderse si quieren sacar el proyecto adelante. Esto les obliga a tratar de superar los enfrentamientos personales. Por otra parte, los miembros ven que, aunque con dificultades, el proyecto va avanzando lo que permite recuperar cierto optimismo.

- Madurez / Trabajo: el equipo está acoplado, controla el trabajo y sus miembros han aprendido a trabajar juntos (conocen los puntos débiles de sus compañeros y evitan herir sensibilidades). El equipo entra en una fase muy productiva.

- Agotamiento: Los miembros del equipo comienzan a perder ilusión en el mismo. El rendimiento puede volver a caer y es posible que vuelvan a surgir rivalidades. Si es un trabajo puntual y el equipo es temporal, llega el momento de ir cerrando el proyecto e ir liquidando el equipo, quedando únicamente aquellas personas necesarias para rematar el trabajo. Si el equipo es permanente habrá que tratar de buscar nuevos proyectos que les motiven o realizar modificaciones en los miembros para empezar un nuevo ciclo.

TAMAÑO Y ESTRUCTURA

El tamaño ha de ser lo suficientemente amplio como para permitir la diversidad de propuestas pero, al mismo tiempo, lo suficientemente reducido como para evitar las desventajas de la limitación de la participación, la holgazanería social, la dominación del subgrupo y otras similares.

En cuanto a si debe haber un número par o impar de miembros. Se recomienda un número impar que permita una mayoría suficiente cuando se ha de votar y evite la posibilidad de empates en la toma de decisiones.


MÉTODOS PARA TOMAR DECISIONES

Cualquier método de decisión grupal tiene sus ventajas e inconvenientes y los mejores grupos y equipos de trabajo no se limitan a utilizar el mismo método siempre, sino que recurren a diversos métodos pero siempre asegurándose de que el que están utilizando es el que mejor se adecua al problema o tarea que tienen entre manos.

1. Decisión por ausencia de respuesta: Se escoge algún tipo de acción por defecto o ausencia de interés. Se va sugiriendo una propuesta tras otra sin que tenga lugar ningún tipo de discusión hasta que el equipo, finalmente, acepta una idea.

2. Decisión autárquica: Una persona domina y determina el curso de la acción, es decir, el presidente, directivo o cualquier otra figura investida de autoridad toma la decisión por el grupo. Esto puede hacerse con o sin discusión y ahorra mucho tiempo.

3. Decisión oligárquica: Un pequeño subgrupo domina y decide las acciones a poner en práctica. Dos o tres personas dominan y "encarrilan" al grupo en un sentido determinado. Esto, con frecuencia, se hace proponiendo una resolución para luego forzar un asentimiento rápido retando al grupo con frases como: "¿alguien tiene algo que objetar? ...pues continuemos".

4. Decisión mayoritaria: Se escoge la votación como forma de determinar las resoluciones. La decisión por mayoría es una de las formas más frecuentes de tomar decisiones, sobre todo cuando hay signos de disconformidad o disparidad de pareceres. Este método se utiliza muchas veces sin considerar sus potenciales problemas. El proceso de votación puede crear coaliciones; algunos serán "ganadores" y otros serán "perdedores" al final de la votación. Estos últimos se pueden sentir menos comprometidos con la solución adoptada por la mayoría y pueden acabar generando antagonismos que pueden llegar a impedir la eficacia del equipo en el futuro.


EL JEFE DE EQUIPO

Todo equipo necesita un jefe, una persona que lo dirija, que se ponga al frente del mismo. Al igual que todo equipo de fútbol necesita un entrenador o que toda orquesta necesita un director. El jefe puede ser simplemente eso, un jefe, o puede ser algo más, un auténtico líder. Hay jefes que no son líderes y también puede haber líderes que no son jefes. La diferencia básica entre ambos conceptos radica en el origen de la autoridad que ejercen.

El jefe recibe su autoridad de la posición jerárquica que ocupa: la empresa lo ha colocado al frente del equipo, mientras que el líder recibe su autoridad del propio equipo por diversos factores (carisma, personalidad, entrega, energía, etc.), que le permiten ganarse el apoyo de sus colaboradores. Lo ideal es que se combinen ambas cosas, es decir que la persona impuesta por la empresa, el que ostenta la autoridad formal, sea al mismo tiempo un líder para los compañeros, es decir una persona con carisma al que los trabajadores sigan voluntariamente.

Cualidades:
- Debe ser una persona justa.
- Muy trabajadora.
- Exigente pero humana.
- Respetuosa.
- Defensora de su equipo.
- Que se preocupe por el bienestar de su gente.
- Persona con capacidad de organización innata.
- Persona decidida, que sepa tomar decisiones.

Funciones:
- Planificación: definir objetivos, determinar recursos.
- Organización: preparar y desarrollar los planes de acción.
- Ejecución: Llevar a cabo los programas.
- Coordinación y liderazgo: crear un equipo cohesionado, establecer normas, motivar, tomar decisiones, resolver conflictos.
- Control y valoración: Vigilar el cumplimiento de los objetivos y el funcionamiento del equipo.

Estilos de liderazgo:
- Autocrático: El líder fija los objetivos del grupo, impone la forma de conseguirlos y supervisa la actividad de los miembros del grupo. Impone disciplina y una dirección firme. Se expresa "Ustedes harán esto o aquello, deberéis realizar; he conseguido; lograré...".
- Democrático: El líder fija los objetivos y método en diálogo con los miembros del grupo. Trabaja en equipo, por objetivos y busca desarrollar el potencial individual de los colaboradores. Suele decir : "Nosotros podemos ...
- Laissez Faire o Dejar hacer: El líder abandona la toma de decisiones, y se limita a colaborar, esencialmente con información. No responsabiliza a nadie de las acciones. Es pacificador que no eficaz. Su frase más típica es: " ... ya veremos qué hacemos ".


ROL, CONDUCTA O COMPORTAMIENTO DE LOS INTEGRANTES

Roles Positivos/Productivos:
- Líder: Fuerte personalidad, carisma, buena capacidad de expresión, convicción. Influye sobre el equipo y se implica en los conflictos que surgen.
- Defensor: Defenderá y peleará las batallas del equipo con las personas externas también brinda un fuerte apoyo a los miembros internos.
- Investigador: Tiende a favorecer la obtención de más información antes de tomar decisiones.
- Experto: Domina un área de conocimiento. Aporta ideas cuando se trata de dicho tema.
- Animador: Empuja hacia delante y se involucra en el proyecto; contagia su entusiasmo al resto de los compañeros. Ofrece satisfacciones personales al resto de miembros.
- Trabajador: Establece estándares altos de rendimiento. Frecuentemente, son personas que trabajan duro y no ocultan su esfuerzo.
- Observador: Tiene capacidad de escucha y no tiende a imponer su punto de vista sobre los demás.
- Jefe Formal: Tiene el poder oficial en el equipo. Influye sobre los demás por su "status" formal.
- Secretario/portavoz: Se encarga de distribuir el material, registrar los distintos aspectos que se van tratando... Suele ser disciplinado y eficiente.
- Cerebro: Es creativo, innovador, poco comunicativo y prefiere trabajar a su propio ritmo. Resuelve problemas difíciles. Busca nuevas alternativas.
- Evaluador: Serio, perspicaz, estratega con poca iniciativa. Percibe todas las opciones. Se preocupa por verificar que se cumplan las reglas.
- Promotor: Es bueno para adoptar ideas de los creadores, innovadores y encontrar los recursos para promoverlas y que se hagan realidad.

Roles Negativos/Improductivos:
- Dominador: Ataca al equipo, influye a través del miedo, el chantaje. Intransigente.
- Pícaro / Vago: Se aprovecha del trabajo del resto de los compañeros.
- Manipulador: Orienta al equipo hacia sus propios objetivos personales.
- Sumiso: Se somete al grupo por temor o vergüenza (defecto físico...).
- Opositor: Adopta la postura "de qué se habla que me opongo", siempre en desacuerdo, aunque no tenga razones objetivas para ello.
- El pelota: Gira siempre en torno al jefe, buscando su aprobación y conformidad, informando de todo lo que sucede.
- Sentimental: Expone sus problemas y sentimientos para conseguir el apoyo y el afecto del grupo.
- Gracioso: Interrumpe continuamente el trabajo del grupo con bromas o imitaciones, desviándolo de sus objetivos.
- Discutidor: No está de acuerdo con nada, siempre defiende otra tesis aunque sin ánimo destructivo, a diferencia del opositor.
- Incordio: Es inoportuno, siempre con un comentario desafortunado en el momento menos adecuado, molestando a los compañeros.
- Charlatán: Emplea la más mínima oportunidad para comenzar a hablar reteniendo la palabra.
- Listillo:Él lo sabe todo y de hecho suele tener un nivel de preparación por encima de la media. Resultan insufribles.
- Cuadriculado: Tiene unos esquemas mentales muy consolidados de los que resulta muy difícil moverle o que considere otras opciones.


CLASIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO

Permanentes. Son equipos estables, establecidos en la estructura de la organización, se ocupan de las actividades habituales de la empresa u organización:
- Directivos de mando: Se determinan por el Organigrama. Elaboran proyectos y planes, toman decisiones y ordenan al resto de equipos. Está compuesto por los subordinados que reportan directamente al Director de la empresa o negocio. Si la empresa es grande y tiene diferentes centros de trabajo, un equipo directivo sería el integrado por el director o dueño y los encargados de cada uno de los centros de trabajo.
- Ejecutivos o de tareas: Concretan los objetivos y directrices generales de los directivos. Serían un segundo nivel. Sería el integrado por cada encargado y sus jefes de equipo.
- De desarrollo profesional: Desarrollan proyectos o programas que no tienen un carácter temporal. Por ejemplo, en los laboratorios y controles de calidad de empresas serían los equipos de investigación y desarrollo.
- Laborales: Efectúan las tareas concretas.

Temporales. Responden a necesidades circunstanciales de cambio o desarrollo:
- Ad hoc: Abordan problemas y situaciones nuevos y concretos.
- De proyecto: Para el diseño de nuevos productos, servicios o procesos tecnológicos.
- De negociación: Para resolver conflictos o concertar intereses.

OBJETIVOS DE LA ORGANIZACIÓN

El equipo tiene que tener muy claro cuál va a ser su función y qué objetivos se le demandan. Los objetivos deben ser:

- Motivadores, que impliquen un desafío. Sus miembros tan sólo darán lo mejor de si mismo si el trabajo que se les encomienda les realiza profesionalmente. No tiene sentido montar un equipo de trabajo con gente preparada para luego no darle contenido o asignarle tareas rutinarias.

- Exigentes pero alcanzables. Tan negativo resultan los objetivos poco exigentes (el equipo no se esforzará, perderá motivación), como objetivos inalcanzables, absurdos (el equipo renunciará desde un principio a intentar lograrlos y si lo intenta cundirá la frustración).

- Medios necesarios (técnicos y humanos) para desarrollar eficazmente la tarea encomendada. Si el equipo detecta que necesita algún apoyo adicional debería ponerlo inmediatamente en conocimiento de la organización con vista a cubrir esta carencia lo antes posible y que su desempeño no se vea afectado.

- Los plazos asignados a los proyectos suelen ser muy exigentes pero no obstante en situaciones con plazos imposibles es conveniente explicar y hacer ver la imposibilidad de realizar el trabajo a tiempo, excepto que se realice una chapuza.

- Fijar metas intermedias, cuando se trate de un proyecto a largo plazo, es conveniente para que el equipo sienta la inmediatez y luche por alcanzar estos objetivos a corto plazo. Con ello se evita por una parte que el largo plazo pueda hacer que el equipo se confíe ("como tenemos tanto tiempo...."). Además el poder alcanzar unas metas, aunque sean menores, contribuye a aumentar la motivación al ver como avanza en la dirección correcta.

- Aspectos críticos del proyecto, es fundamental comunicar al equipo cuales son aquellos indicadores que se van a considerar para evaluar su desempeño. ¿Qué es lo principal? cumplir los plazos, no desviarse de los costes estimados, la calidad del trabajo, etc. Se trata de evitar que el equipo centre sus esfuerzos en un aspecto determinado (por ejemplo, cumplir los plazos) cuando lo realmente importante sea otro (por ejemplo, no desviarse del presupuesto o hacer un trabajo de calidad).


PRINCIPIOS BÁSICOS PARA UNA BUENA COMUNICACIÓN

- Algunos instructores de oratoria moderna afirman que "En la actualidad, la mayoría de las personas habla demasiado y dice muy poco. Una cosa es hablar bien o tener buena labia y otra muy diferente es saber comunicarse con claridad y asertividad para ser entendido". Cuando se habla en público es inevitable pensar en el miedo escénico, el nerviosismo, el complejo o temor de hablar en público, conocido también como glossofobia. El secreto será ser paciente y practicar todo lo posible.

- La regla más importante para hablar en público, es saber muy bien de qué se está hablando. Quizás suene obvio, pero lo cierto es que la mayoría de los oradores que tienen dificultades para hablar en público, no tiene tampoco una idea clara de lo que quieren transmitir a su audiencia.

- Muchas personas sienten que deberían adoptar otro "personaje" mientras hablan frente a una audiencia. Algunos oradores, llegan incluso a impostar una postura seria, solemne e inexpresiva y se olvidan de que el humor puede ser uno de los instrumentos más importantes en cualquier orador. Por eso, no se debe obviar el humor, los hechos, anécdotas y cuentos personales, pueden ser una maravillosa manera de llegar al corazón de una audiencia.

- Se ha comprobado que entre un 60% y un 80% de la comunicación entre seres humanos se realiza por canales no verbales y que las personas se fijan más en estos tipos de mensajes que en el oral. El lenguaje corporal, es todo lo que tú trasmites por medio de movimientos o gestos, delata completamente tus sentimientos o percepción acerca de la persona con la que está interactuando.

- Para una buena comunicación escrita: Utilización de un lenguaje claro, concreto y preciso; Las frases han de ser cortas para facilitar la comprensión del mensaje; Se han de utilizar adecuadamente los signos de puntuación, así como los signos de interrogación, admiración, etcl; Se han de evitar las abreviaturas.

- La escucha activa y el feedback: La escucha activa significa escuchar y entender la comunicación desde el punto de vista del que habla. El Feedback o retroalimentación es el elemento comunicativo por el que informamos a la otra persona de nuestro grado de comprensión o de la necesidad de mayor aclaración. Ej: "Si no te he entendido mal..."; "O sea, que lo que me estás diciendo es..."; "A ver si te he entendido bien...."

- La Asertividad se define como: "la habilidad de expresar nuestros deseos de una manera amable, franca, abierta, directa y adecuada, logrando decir lo que queremos sin atentar contra los demás. Negociando con ellos su cumplimiento". Emplear la conducta asertiva es saber pedir, saber negarse, negociar y ser flexible para poder conseguir lo que se quiere, respetando los derechos del otro y expresando nuestros sentimientos de forma clara. La asertividad consiste también en hacer y recibir cumplidos y en hacer y aceptar quejas. El elemento básico de la asertividad consiste en atreverse a mostrar nuestros deseos de forma amable, franca, etc., pero el punto fundamental consiste en lanzarse y atreverse.



CARACTERÍSTICAS DE UN EQUIPO EFICAZ

- Integrado por personas con actitudes y aptitudes para trabajar en equipo.
- Tamaño adecuado
- Formado por personas heterogéneas y polivalentes.
- Establecimiento de normas y toma de decisiones consensuadas.
- Fijación de estrategia para lograr los objetivos.
- Distribución del trabajo: Los miembros comprenden y aceptan la tarea encomendada. Objetivos discutidos y definidos.
- No hay tensiones, se escucha, no se juzga.
- Libre participación.
- Los conflictos no se evitan, se solucionan.
- Autocontrol. La dirección y la distribución de tareas cambian según circunstancias.
- La crítica es frecuente y franca, tiene carácter constructivo y no son ataques personales.
- Utilización de métodos de trabajo grupales (dinámicas de grupos).

HABILIDADES NECESARIAS PARA TRABAJAR EN EQUIPO

Ser:
- Autoconocimiento y capacidad de autocrítica. Es decir, la aptitud para poner en duda las opiniones que poseemos y examinar si hay otras que merecen más crédito.
- Autoestima e identidad personal. aceptarse, sentirse persona digna y capaz de tomar decisiones y enfrentarse con las dificultades.
- Adaptación a las circunstancias cambiantes, a nuevos entornos. Disposición a aprender y desaprender. Aceptar los hechos como una forma de autorrealización.
- Control emotivo y del estrés. Inteligencia emocional. Capacidad para expresar los sentimientos.
- Curiosidad, imaginación, iniciativa. Actitud curiosa, observadora y crítica ante lo que nos rodea... Formularse preguntas, investigar. Gusto por aprender.
- Actitud optimista.
- Autenticidad, sinceridad.
- Responsabilidad y flexibilidad en las actuaciones.

Saber:
- La Cultura: conocimientos, visiones del mundo y de los fundamentos de la ciencia, ideas, instrumentos, formas de comunicación, normas, valores... Estar inmerso en la realidad del momento, y estar informado.
- Informarse: observar, leer, buscar información relevante para hacer juicios multidisciplinares, analizar, combinar el conocimiento de varias disciplinas para adquirir una mayor capacidad de comprensión.
- Construir conocimiento.
- Autoaprendizaje (aprender a aprender). Técnicas de estudio. Reflexión, autoevaluación. Aprendizaje a partir de los errores. Formación permanente.

Hacer:   
- Iniciativa en la toma de decisiones, anticipación a los hechos.
- Perseverancia y atención continuada, persistir en las actividades pese a las dificultades.
- Razonamiento crítico y pensamiento sistémico superando la imagen de una realidad compartimentada.
- Actitud creativa, imaginación, que es una manera de percibir el medio y una manera original de realizar las tareas cotidianas, aportar nuevas ideas, elaborar sus propias percepciones y visiones del mundo.
- Motivación y estar dispuesto a asumir riesgos y afrontar fracasos o frustraciones.
- Análisis de situaciones complejas, resolver problemas. Identificar problemas, analizarlos y actuar para solucionarlos: planificar, organizar, aplicar, evaluar. Discriminar entre lo importante y lo secundario. Experimentar, explorar soluciones diferentes, distinguir causas y consecuencias.
- Uso eficiente de recursos: información, matemáticas, TIC, tiempo.... Utilizar con confianza las técnicas y los conocimientos. Tener buenos hábitos de trabajo.
- Adaptación al mundo laboral en cambio.

CONVIVIR    
- Expresarse: hablar, escribir y redactar correctamente, dibujar, presentar trabajos y conclusiones con eficacia...
- Comunicarse con sensibilidad hacia los otros (buenas relaciones personales): hablar en público, escuchar, dialogar, comprender, afirmarse, negociar, intercambiar, tener empatía... Tener un buen nivel de comunicación interpersonal e intercultural, con capacidad de gestionar conflictos, discutir, persuadir y negociar.
- Cooperación. Saber trabajar en colaboración, en proyectos conjuntos, solicitar ayuda...
- Solidaridad y participación en la vida democrática de la comunidad. Sentido de servicio a la comunidad.

Bodegas Protos: Sorprenderá a 10 Reputados Bloggers con una Visita a la Bodega

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BODEGAS PROTOS: SORPRENDERÁ A 10 REPUTADOS BLOGGERS CON UNA VISITA A LA BODEGA

Bodegas Protos sorprenderá a 10 reputados bloggers del panorama nacional con una visita muy especial, denominada #AlmadeProtos

El próximo sábado, día 13 de diciembre, varios de los bloggers más influyentes del vino y la gastronomía de España visitarán Bodegas Protos, y descubrirán el “alma” de la bodega, aquello que hace de los vinos de Protos “ser primeros”, únicos e irrepetibles.

La bodega, que recientemente ha obtenido el Premio Alimentos de España a la Mejor Industria Alimentaria, hará un recorrido especial a los bloggers seleccionados, que se adentrarán en el alma de la bodega: los antiguos pasadizos y naves de crianza que recorren el interior de la montaña donde se yergue el Castillo de Peñafiel, algunos de ellos de tiempos inmemoriales. Allí catarán de diferentes barricas su vino más emblemático: Protos Reserva.

Posteriormente, tras conocer la nueva bodega diseñada por el prestigioso arquitecto Richard Rogers, realizarán una cata exclusiva y por primera vez de las añadas 2006, 2009, 2010, 2011 de Finca el Grajo Viejo, y se presentará en primicia a los bloggers la nueva añada 2012. Comprobarán el origen y la selección de este singular vino del que sólo se elaboran 9.000 botellas, únicamente los años en los que la calidad de la uva es excelente.

El evento #AlmadeProtos tendrá un broche de oro donde la esencia del vino de Protos se fusionará y armonizará con la mejor gastronomía de la zona: Javier Peña, el chef vallisoletano concursante en el programa Top Chef, propondrá un menú maridado con cinco de los vinos más emblemáticos de Protos.

Con este evento Bodegas Protos combina tres universos que tienen mucha relación: el vino, la gastronomía, y las redes sociales; y se posiciona, de nuevo, como una de las bodegas más dinámicas del sector.


PROTOS SELECCIÓN "FINCA EL GRAJO VIEJO"

Bodegas Protos rinde homenaje a sus consumidores con su vino más exclusivo Protos Selección “Finca El Grajo Viejo”. Un vino que refleja la personalidad irrepetible del Terroir, Elaborado desde la actitud de Ser Primero.

Un largo trabajo de más de diez años con Protos Selección: experimentando y elaborando las uvas de 18 pagos seleccionadas por separado, ha sido clave en escoger El Grajo Viejo como el mejor entre los mejores. Cepas viejas de más de 70 años, de producción muy escasa pero con una gran concentración así lo demuestran. La grandeza de un vino nace en la tierra y en las cepas.

El cultivo de estas parcelas se controló diariamente desde la bodega, haciendo especial hincapié en la limitación de los rendimientos y en una 1ª selección en campo, una 2ª en mesa antes de despalillado y una 3ª en mesa grano a grano para asegurar la exclusividad de la Calidad.

Al ser viñas muy viejas sus raíces han atravesado las capas superiores de arcilla y han llegado al estrato calizo mas profundo, capaz de aportar mineralidad al vino, obteniendo así un vino con carácter y personalidad inimitables.

Fermentación en grandes barricas nuevas de madera francesa de 500 litros, con maceraciones largas de 3-4 semanas, del descube pasa a barrica nueva de roble francés, de tres tonelerías diferentes, dónde se realiza en un primer momento la fermentación maloláctica y a continuación la crianza durante 18 meses.

Fruta, potencia, estructura, concentración, complejidad y elegancia. Color rojo cereza, con un buen abanico aromático y complejidad, nariz de fruta madura, notas especiadas, balsámicos, tabaco y notas minerales. En boca es sabroso, amplio, potente, expresivo, con el nervio que le da la acidez de estas viñas cultivadas en terrenos muy pobres y a unos 800 m. de altitud. Final largo, persistente y donde sobresale el toque mineral.

Va a tener una larga vida, por su estructura y por el buen equilibrio tanino noble-acidez.

- Grado en etiqueta: 14º0
- Ac. Total: 5,4 gr/ l en tartárico.
- Ac. Volátil: 0,66 gr/l en acético.
- pH: 3,53
- Temperatura de servicio: 16-17 °C


PROTOS BODEGA RIBERA DUERO DE PEÑAFIEL

De la unión de diversos viticultores de la zona en forma de cooperativa, surge en 1927 Protos, una de las bodegas históricas de la región y que fue la propietaria de la propia marca Ribera del Duero, luego cedida al Consejo Regulador.

Guardián de la tradición ribereña, gracias a las importantes inversiones realizadas en los últimos años y a su nueva política comercial, su línea de vinos tradicionalmente clásica y de largas crianzas ha dado un cierto giro hacia la modernidad. Una tendencia de éxito que le está reportando un buen número de premios internacionales.

Sus etiquetas han sido siempre sinónimo de honestidad, sin florituras ni adornos innecesarios. En las últimas añadas, la casa ha comenzado a elaborar especialidades impensables hasta hace unos años, como por ejemplo el Protos Selección y Finca El Grajo Viejo.

También cabe destacar la ubicación de la antigua bodega a los pies del Castillo de Peñafiel, su moderno proyecto de ampliación a cargo del arquitecto Sir Richard Rogers, sus largos calados, dignos de visitar, y la nueva bodega con la que cuenta en Anguix.

Una de las firmas de mayor volumen de la zona, que tiene el mérito añadido de mantener una línea coherente con su esencia en el tiempo. Cuenta también con un proyecto de blancos en Rueda asentado en una bodega propia.

- Nombre: Bodegas Protos
- Dirección: 24-28. 47300 Peñafiel (Valladolid - España)
- Tel.: 983 878 011 Fax: 983 878 012
- Email: bodega@bodegasprotos.com
- Web: www.bodegasprotos.com
- Año de fundación: 1927
- Enólogo: José Carlos Guzmán Serrano
- Viñedo propio: 700 ha.
- Producción total en botellas: 4.500.000
- Parque de barricas: 13.000 barricas (50% roble americano y 50% roble francés)

Cata de Vinos Blancos de Alemania

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CATA DE VINOS BLANCOS DE ALEMANIA - VARIEDAD DE UVA RIELSING

En esta cata, realizada por ex-estudiantes, sumilleres y enólogos, en el instituto de I.E.S La Laboral en Logroño (La Rioja), los vinos mejores valorados fueron:
1. Riesling Trocken 2013. Weingut Josef Leitz Eins Zwei. Rheingau
2. Dr. Teufel 2010. Rheingau Riesling Rudesheim. Kirechenpfad deutscher
3. Riesling Trocken 2012. Hessische Staatskellerei Eberbach. Rheingau 


Destacar que estos vinos son peculiares, poco estandarizados y que proceden de productores con estilos y terruños muy marcados con lo cual el gusto personal de cada uno puede ser muy discorde.

Alemania marca el límite norte del cultivo de la vid en Europa. El clima frío del norte de Europa hace difícil la maduración de la uva, defecto que se compensa buscando los emplazamientos con mayor insolación. Por lo tanto, la mayoría de los viñedos alemanes se encuentran ubicados al oeste y al sur del país, siguiendo los meandros de valles fluviales, en particular del Rin y sus afluentes.

Las mejores laderas, elegidas por la insolación y la proximidad a los ríos, gozan de un microclima que favorece un calor constante, lo cual permite una mejor maduración de la uva. Actualmente, debido al cambio climático y el aumento de temperaturas a nivel global, la situación de estas tierras vitícolas ha cambiado y se presentan con un excelente potencial para la elaboración no sólo de vinos blancos, sino también de tintos.

Alemania produce esencialmente vinos blancos, que conservan su frescura y elegancia durante varios años. Los mejores vinos alemanes se han ganado su lugar en el palmarés de los mejores vinos del mundo. Las primeras vides fueron plantadas en las regiones del Rin y del Mosela por los romanos, que dejaron además una rica herencia de hermosos monumentos. Después de CarLomagno, los monjes y los nobles de la Edad Media dejaron su huella en las múltiples propiedades, muchas de las cuales todavía existen. Desde esta época y hasta la década de los 60, el Rin y sus afluentes permitían transportar el vino hasta el norte de Europa. Actualmente, esta ruta constituye el vínculo de conexión entre las 11 regiones vitícolas de la antigua Alemania Occidental.


LOS VINOS Y VIÑEDOS DE ALEMANIA

Alemania busca el sol y está acompañada en todo su camino por el río Rin. Los viñedos alemanes están orientados al sol por la falta de insolación del país, se encuentran ubicados al oeste y al sur del país, siguiendo los meandros de valles regados por el río. Alemania es país de blancos las uvas blancas representan más del 80% de los viñedos, la Reina es uva Riesling.

Las zonas vitivinícolas más conocidas se extienden a lo largo del Rin y de sus afluentes Mosela, Nahe, Neckar y Main, con los viñedos ubicados en laderas. Destacan las siguientes Rheingau, cerca de Frankfurt. Es la región donde se elaboran los vinos de marcada calidad, sobre todo los producidos con uvas atacadas por podredumbre noble. Rheinhessen, regada por dos ríos el Rin y el Nahe, es donde mejor se han adaptado las nuevas variedades blancas. En esta región se encuentran los pueblos de más renombre vinícola, como Nierstem y Oppenheim. De la región de Mosela-Sarre-Ruwer cerca de la frontera con Luxemburgo, nace la merecida fama de los vinos alemanes, todos ellos elaborados con la variedad Riesling. Los vinos tintos encuentran su protagonismo en Renania - Palatinado donde se encuentra el microclima más cálido del viñedo alemán Badén una de las regiones más septentrionales de Alemania, destaca por la variedad de vinos blancos elaborados con uvas autóctonas como la müller-thurgau, la spátburgunder, la rulánder. la gutedel, la riesling, la weissburgunder y la sylvaner.


LAS VARIEDADES

Las uvas blancas representan más del 80% de los viñedos alemanes. La más célebre es, sin duda alguna, la riesling. Otra de las variedades más abundantes es la muller-thurgau, híbrido de la riesling, de calidad algo inferior. Otras cepas blancas son la ruldnder, la pinot blanc, la gewurztraminer y la syivaner. Entre las cepas tintas, mucho menos importantes, podemos mencionar la spatburgunder (pinot noir), la lembergar y la domfelder.

Blancas:
- Müller-Thurgau (riesling-sylvaner): Maduran rápido. Bajo nivel de acidez.
- Riesling: Envejecen muy bien.
- Sylvaner: Típica de Franconia.
- Kerner (trollinger tinta y riesling): madura pronto
- Scheurebe (sylvaner-riesling): Muy afrutada
- Ruländer/Grauburgunder: Complicada uva. Si lleva en etiqueta "ruländer" se trata de vino dulce generalmentes, si lleva "grauburgunder" es mas bien seco. Vinos para guardar.
- Bacchus: Muy floral
- Elbling: Manzanas.
- Faberrebe: Muy similares sabores a la muscat.
- Roter traminer (gewürztraminer): Frutas y rosas.
- Gutedel (chasselas): Frutos secos.
- Huxelrebe: Buena acidez, tipo moscatel.
- Morio-Muscat: Muy aromática.
- Weissburgunder: Fresco y manzanas verdes.

Tintas:
- Spätburgunder: Se guardan muy bien, frutas del bosque.
- Portugieser (blauer portugieser): Aromáticos.
- Trollinger: Tarda en madurar, afrutados.
- Dornfelder: De mucho color, impresiona su aroma
- Lemberger: Afrutada. Hay en Andalucia al parecer.
- Müllerebe (riesling tinto): Muy afrutado, conocida como pinot meunier.


CLASIFICACIÓN (SALVO ERROR U OMISIÓN)

- Vinos de mesa (deben llevar la marca Deutscher)
- Vins de Pays: Alemanes se asemejan a los vins de pays franceses o los VT de España. (Trocken o halbtrocken)
- Qualitätswein Bestimmter Anbaugebiete (QbA): Producción delimitada. Debe indicar localización geográfica.
- Qualitätswein mit Prädokat (QmP): Lo forman 6 categorias basadas en su total de azúcar en mosto y su tipo de vendimia.
1. Kabinett: No se le incorpora azúcar. Se recogen cuando estan maduras las uvas.
2. Spätlese: Uva sobremadura, mayor contenido en azúcar (1 semana de diferencia con la kabinett)
3. Auslese: Son los mejores racimos de uvas en avanzada madurez
4. Beerenauslese: Selección mejores uvas con botritis (podredumbre noble = Edelfaule)
5. Trockenbeerenauslese: Pasificadas las uvas por el sol, botritizadas, en años excepcionales.
6. Eiswein: Excepcional cosecha bajo temperatura de 8 grados bajo cero, no necesariamente botritizadas pero si sobre maduras y ya pasificadas.
- Vorlese: Es cosecha temprana, muy previa, en caso de mala temporada
- Hauptlese: Es una cosecha especial. Se endulza (süsreserve).
- Actualmente encontramos una asociación de bodegueros en Rheingau que utiliza la marca "Charta" para su riesling de calidad.


LAS REGIONES VITICOLAS

Las regiones más famosas se extienden a lo largo del Rin y de sus afluentes Mosela, Nahe, Neckar y Main, con los viñedos ubicados en laderas. Destacan las siguientes regiones:

- RHEINGAU: Ubicada junto al río Rin, cerca de Frankfurt. Es la región donde se elaboran los vinos alemanes más reputados y caros. Esta zona corresponde al único lugar donde el Rin deja de correr en dirección norte-sur, para dar un giro de 90° y seguir en dirección este-oeste. Este factor, con las laderas de viñedos orientadas al sur, unido a la protección que ofrecen los montes Taunus al norte, da lugar a un microclima que favorece especialmente la maduración de la uva. De la cepa riesling se elaboran vinos de marcada calidad, sobre todo los producidos con uvas atacadas por podredumbre noble. El mejor tinto se encuentra en Assmannshausen. En general, los vinos de esta región son elegantes y finos en aroma.

- RHEINHESSEN (HESSE RENANO): Ubicada en ambas riberas del río Rin y cercano a la desembocadura del río Nahe. La temperatura que gozan estos viñedos es algo más elevada que la media del resto del país, lo cual favorece la maduración de la uva. Principalmente se cultiva la uva blanca y es donde mejor se han adaptado las nuevas creaciones de híbridos con algunos resultados positivos. En esta región se encuentran los pueblos de más renombre vinícola, como Nierstein y Oppenheim. Los vinos baratos y dulces, principalmente blancos, han dado a conocer a esta región. Sin embargo, algunas fincas, sobre todo en la Rheinterrasse, realizan un deslumbrante trabajo con las variedades blancas (especialmente con la riesling) que empieza a ser reconocido internacionalmente.


- MOSELA - SARRE - RUWER: Ubicada en la frontera con Luxemburgo, al norte de Coblenza. Los viñedos están situados sobre las riberas de los ríos Mosela, Sarre y Ruwer donde el suelo es muy rico en minerales. Es una de las regiones vitícolas más espectaculares de Alemania: más de una cuarta parte de las vides están asentadas en escarpadas laderas que caen a plomo sobre el río. Los mejores vinos se obtienen con la variedad riesling y es en esta región donde se ha gestado la fama de delicadeza y finura de los vinos alemanes.

- RENANIA - PALATINADO: Se extiende en la ribera derecha del río Rin, con la frontera francesa al sur. Es una de las zonas más importantes, la cual disfruta de uno de los microclimas más cálidos del viñedo alemán y de suelos muy variados. Es una zona en la que el vino tinto va ganando en importancia.

- BADEN: Ubicada en la ribera derecha del río Rin y el lago Constanza, es una región famosa por su excelente gastronomía. Se trata de un viñedo con buena exposición al sol, factor envidiable en este país. Cuando los rendimientos no son elevados, el clima de Badén permite obtener vinos más redondos y ricos en alcohol que en las regiones más septentrionales de Alemania. A principios del siglo XIX, Badén contaba con cerca de 200 variedades de uva. En la actualidad quedan siete, seis de ellas blancas, que se reparten el 92% de los viñedos: la muller-thurgau, la spatburgunder, la ruldnder, la gutedel, la riesling, la weissburgunder y la sylvaner.


- AHR: Situada al Sur de Bonn. Los viñedos están situados sobre ambas laderas del río Ahr donde el suelo es de origen volcánico. Los vinos blancos son secos y ácidos y los tintos son afrutados y de cuerpo discreto. Una de las especialidades de la zona es un vino rosado, el "Weissherbst", vino frutal, vivo y refrescante.

- RENANIA MEDIA: Ubicado a ambas riberas del Rin, al sur de Bonn. La viña ocupa las pendientes y picos de las terrazas. Allí el suelo está compuesto de arcilla y pizarra. Los vinos blancos tienen una acidez muy marcada.

- NAHE: Se extiende en las riberas del río Nahe, entre el norte del Palatinado, el Hesse Renano y el valle del río Mosela. Más vigorosos que los del Mosela, los vinos del Nahe reflejan un clima más caluroso y seco, así como la diversidad de suelos. La riesling aporta su delicadeza, apoyada por una acidez punzante que permite al vino envejecer bien. El Nahe ha contribuido a la promoción de los vinos secos, que representan actualmente el 22% de la producción nacional de vinos de calidad.

- FRANCONIA: Es la región más al este del país. Ocupa el valle del río Main y sus afluentes. Su variedad de suelos marca los matices diferenciadores de sus vinos que se presentan en una botella de forma abombada y plana, llamada "Bocksbeutel". Esta región es mejor conocida por sus variedades blancas, la riesling, la sylvaner, la rieslaner y las pinot noir, blanc y gris dan buenos resultados. La mayoría de los buenos vinos de Franconia presentan un ligero sabor terroso, especialmente marcado en los de sylvaner; que tienen carácter, pero también frescura, y son verdaderamente muy agradables.


- BERGSTRASSE DE HESSE: Ubicada en la ribera derecha del río Rin, al norte de Heidelberg. Es la región vitícola más pequeña de Alemania. Las variedades más cultivadas son la riesling, la müller-thurgau y la sylvaner.

- WÜRTTEMBERG: Ubicada en las riberas del río Neckar y de sus afluentes, en la región de Stuttgart. La especialidad de la región son los vinos rosados elaborados con la mezcla de uvas tintas y blancas.

- SAALE-UNSTRUT y SAJONIA: Al norte de la región de Ahr. En Saale-Unstrut el suelo es bastante calizo, mientras que en Sajonia está compuesto de roca volcánica. Los vinos de estas regiones, secos en su mayoría, son similares a los de la región de Nahe.


1. Riesling Trocken 2012. Hessische Staatskellerei Eberbach. Rheingau

- Productor: Hessische Staatsweinkellerei Eberbach
- D.O./Zona: Rheingau
- Varietales: Riesling
- Añada: 2012
- Alcohol: 12,0% vol.
- Precio aproximado: 10,50 €

- Información: La bodega "Hessische Staatsweinkellerei Eberbach" fue fundada en 1136 por San Bernardo de Claraval (Borgoña) Monasterio Eberbach escribió sobre la búsqueda incansable de la historia del vino de calidad. Esto fue hace muchos siglos convirtiéndose así en una gran bodega.

Esta historia fue después de la secularización en 1803 por el Duque de Nassau, a partir de 1866 como raíces Real por el Estado prusiano, y desde 1945 el estado de Hesse, en calidad de accionista de la bodega.

- Notas de cata: En nariz encontramos limpios y refrescantes aromas de flores blancas, limón confitado y reminiscencias minerales. En boca es fresco, con una agradable punzada de acidez cítrica.


2. Riesling Trocken 2013. Weingut Josef Leitz Eins Zwei. Rheingau

- Productor: Weingut Josef Leitz Eins Zwe
- D.O./Zona: Rheingau
- Varietales: Riesling
- Añada: 2013
- Alcohol: 11,5% vol.
- Precio aproximado: 12,00 €

- Información: La historia del vino de la familia Leitz de Rüdesheim se remonta a 1744. El actual propietario Johannes Leitz nació en 1964 en Rüdesheim am Rhein. Se hizo cargo en 1985 de las 3 ha  de viñedo de la casa. Hoy en día se trata de una bodega nacional e internacional exitosa con el tamaño considerable de casi 40 hectáreas. El crecimiento constante en los últimos años nunca ha perjudicado la calidad de la bodega. Sus vinos tienen un carácter personal y único, reflejando el terroir de las montañas de Rüdesheim. Rüdesheim Berg, es un Valle del Rin Medio Patrimonio Mundial de la UNESCO, Johannes Leitz se siente obligado a cuidar de este paisaje cultural de siglos de antigüedad.

- Notas de cata: En nariz encontramos aromas finos, elegantes, sencillos que nos recuerdan a finas hierbas. En boca es un vino elegante, refrescante, fino, con ligera y agradable untuosidad. Recuerdos de frutas blancas.


3. Dr. Teufel 2010. Rheingau Riesling Rudesheim. Kirechenpfad deutscher

- Productor: Weingut Josef Leitz Eins Zwe
- D.O./Zona: Rheingau
- Varietales: Riesling
- Añada: 2010
- Alcohol: 11,5% vol.
- Precio aproximado: 26,00 €

- Información: La historia del vino de la familia Leitz de Rüdesheim se remonta a 1744. El actual propietario Johannes Leitz nació en 1964 en Rüdesheim am Rhein. Se hizo cargo en 1985 de blas 3 ha  de viñedo de la casa. Hoy en día se trata de una bodega nacional e internacional exitosa con el tamaño considerable de casi 40 hectáreas. El crecimiento constante en los últimos años nunca ha perjudicado la calidad de la bodega. Sus vinos tienen un carácter personal y único, reflejando el terroir de las montañas de Rüdesheim. Rüdesheim Berg, es un Valle del Rin Medio Patrimonio Mundial de la UNESCO, Johannes Leitz se siente obligado a cuidar de este paisaje cultural de siglos de antigüedad.

- Notas de cata: En nariz encontramos extraordinarios aromas de flores y frutas amarillas. En boca es intenso pero equilibrado, sutil recuerdo de madera y agradables amargos.


4. Weingut Carl Loewen 2013. Riesling Trocken. Mosel

- Elaborador: Weingut Carl Loewen
- D.O./Zona: Mosel
- Varietales: Riesling
- Añada: 2013
- Alcohol: 12% vol.
- Precio aproximado: 9,00 €

- Notas de cata: En nariz encontramos reminiscencias de aromas lácteos, como si de queso fresco se tratase y fruta blanca, cómo las peras y manzanas. En boca es sabroso, con agradables y delicados sabores afrutados de la variedad de uva Riesling.

- Origen: Los orígenes de la bodega se encuentran en el período histórico cuando Napoleón hizo que la región de Mosel un departamento de Francia y comenzó a cambiar radicalmente las estructuras de propiedad medievales. El Código de Napoleón en el Mosela introdujo la secularización de las grandes propiedades hasta entonces dominadas por las iglesias y monasterios. Esta bodega en el Mosela fue la abadía benedictina de San Maximino en Trier. En la secularización en 1803 se hizo cargo de los viñedos Detzemer Maximiner Klosterlay de la Abadía en Trier. En estos viñedos fundó la bodega Carl Loewen. Un paso importante en el desarrollo de la finca fue la adquisición de viñedos en el Laurentiuslay de Trier en 1982. El Laurentiuslay es probablemente una de las joyas. Hoy se mira con orgullo ha estas 8,5ha de viñedos plantados con un 93% de Riesling. Pinot Blanc y Rivaner complementan el Riesling.


5. Grauer Burgunder 2012 Jahrgangs Edition. Baden

- Elaborador: Badischer Winzerkeller eG Breisach (Cooperativa)
- D.O./Zona: Mosel
- Varietales: Grauer Burgunder (Pinot Gris)
- Añada: 2012
- Alcohol: 12,5% vol.
- Precio aproximado: 10,00 €

- Información: El Badischer Winzerkeller eG es el mayor productor de vino en Alemania bodega con sede en Breisach y Kaiserstuhl (Baden), cerca de Friburgo. Esta asociación cuenta con 35 bodegas y 33 cooperativas conectadas. Así gestionan alrededor de 6.000 viticultores y una superficie cultivada de unas 2.500 hectáreas de las 9 áreas de cultivo de Baden. 80% de las uvas se cosechan a mano. Más de 500 referencias de vinos se elaboran por separado de acuerdo a la ubicación, tipos y grados cada año. Los promedios de producción anual de unos 30 millones de litros de vino al año, el equivalente de alrededor de una cuarta parte de toda la producción de vino de Baden. El Badische Winzerkeller fue certificado en 1998 como el primer productor que funciona de acuerdo con la ISO y se encuentra con el International Food Standard.

- Notas de cata: En nariz encontramos aromas a quesos curados y frutas blancas maduras. En boca es muy ligero y facil de beber.


6. Weingut Emrich-Schönleber 2011. Riesling Trocken. Nahe

- Elaborador: Emrich Schönleber
- D.O./Zona: Nahe
- Varietales: Riesling
- Añada: 2011
- Alcohol: 12,5% vol.
- Precio aproximado: 14,00 €

- Información: Los viñedos Monzinger, son muy apreciados, por sus laderas empinadas, suelos de pizarra, basalto y cuarzo (sustrato ideal para la variedad de uva Riesling), además de un duro trabajo de cultivo de la vid. Aquí el hombre es una parte importante del terroir. Suelo y vid quieren ser atendidos. Es importante el control del rendimiento y asegurar que la viña este siempre bien ventilada. Las uvas se mantienen saludables por más tiempo y permiten una cosecha tardía y la madurez ideal. El suelo se ve privado de nutrientes por lo que es necesario alimentarlo cada año al 100%, utilizando un buen compost que producen ellos mismos.

Las uvas se vendimian a amano a finales de septiembre o principios de octubre, para luego someterse a una fermentación en frío. Para mantener las sustancias aromatizantes en el vino. Los vinos son envejecidos tinas de madera usada de 1.000 litros y 2.800 litros y depósitos de acero. El azufre y el filtrado se aplica a mínimamente.


7. Eiswein Pfalz 2009. Hechtsheimer Winzer.

- Elaborador: Hechtsheimer Winzer
- D.O./Zona:
- Varietales:
- Añada: 2009
- Alcohol: 8,5% vol.
- Precio aproximado: 

- Información: El Winzerverein Hechtsheim consta de 15 miembros. El objetivo de esta asociación o cooperativa es la de promover los vinos de Hechtsheimer y apoyar su comercialización.

Relación Laboral: Definición, Conceptos, Derechos y Leyes

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¿QUÉ ES LA RELACIÓN LABORAL?

La relación laboral es aquella por la que los trabajadores prestan voluntariamente sus servicios de forma retribuida por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona que recibe la denominación de empleador o empresario y a la que es aplicable la regulación establecida en el Estatuto de los Trabajadores.

Tienen la consideración de empresarios todas las personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes, que reciban la prestación de servicios de los trabajadores dentro de su ámbito de organización y dirección, así como de las personas contratadas para ser cedidas a empresas usuarias por empresas de trabajo temporal legalmente constituidas.

¿QUÉ ACTIVIDADES QUEDAN FUERA DE LA RELACIÓN LABORAL?

Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la relación laboral las siguientes actividades:

- La relación de servicio de los funcionarios públicos, regulada por el Estatuto de la Función Pública, así como la del personal al servicio del Estado, las Corporaciones locales y las Entidades Públicas Autónomas, cuando, al amparo de una Ley, dicha relación se regule por normas administrativas o estatutarias.

- Las prestaciones personales obligatorias.

- La actividad que se limite, pura y simplemente, al mero desempeño del cargo de consejero o miembro de los órganos de administración en las sociedades.

- Los trabajos realizados por amistad, benevolencia o buena vecindad.

- Los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los llevan a cabo. A estos efectos se considerarán familiares el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, siempre que convivan con el empresario.

- La actividad de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, siempre que queden personalmente obligados a responder de la operación asumiendo el riesgo de la misma.

¿Quiénes pueden trabajar?

Podrán contratar la prestación de su trabaja aquellos que cumplan los siguientes requsitos:

- Capacidad de obrar: Podrán contratar únicamente aquellos que tengan plena capacidad de obrar.

- Edad: Podrán trabajar: Los mayores de 18 años. Los mayores de 16 años que no hayan alcanzado aún los 18 cuando vivan de forma independiente, con consentimiento de sus padres o tutores o con autorización de la persona o institución que los tenga a su cargo y, en todo caso, teniendo en cuenta que no podrán realizar horas extraordinarias ni trabajos nocturnos ni realizar las actividades y puestos de trabajo que el Gobierno haya declarado insalubres, penosos, nocivos o peligrosos. En casos excepcionales, la autoridad laboral podrá autorizar, por escrito y sólo para determinados actos, la intervención de los menores de 16 años en espectáculos públicos, siempre que esto no suponga peligro para su salud física ni para su formación.

- Nacionalidad: Podrán trabajar los extranjeros de acuerdo con la legislación específica que regule la materia.

¿Qué es el centro de trabajo?

Se considera centro de trabajo la unidad productiva dotada de una organización específica que es dada de alta como tal ante la autoridad laboral. En caso de tratarse de una actividad de trabajo en el mar tendrá la consideración de centro de trabajo el buque, que se entenderá situado en la provincia donde radique su puerto de base.

NORMAS LABORALES ESTATALES

Leyes estatales: la ley es una norma escrita aprobada por las Cortes Generales. En nuestro Ordenamiento jurídico la Ley suprema o norma fundamental es la Constitución Española de 1978 (CE) que establece todos los principios básicos del Estado democrático y social de Derecho, al tiempo que consagra los derechos y libertades de los ciudadanos.

Los derechos laborales que reconoce la Constitución como fundamentales son:
- Derecho a la huelga.
- Derecho a la libertad sindical (art. 28).

Existen dos tipos de leyes:

- Leyes orgánicas: regulan materias reservadas por la CE y para su aprobación, modificación y derogación, es necesaria la mayoría absoluta. En materia laboral tenemos la L.O. de libertad sindical 11/1985, 2 Agosto.

- Leyes ordinarias: regulan el resto de materias no reservadas a ley orgánica y para su aprobación basta con la mayoría simple.

En materia laboral tenemos:
. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
. La Ley 14/1995 de Empresas de Trabajo Temporal.
. La Ley 8/1988, Infracciones y sanciones de orden social.
.Otras normas de desarrollo.

Junto a estas normas procedentes de las Cortes la CE contempla la posibilidad de que el Gobierno pueda dictar normas con rango de ley en dos casos:

1.- Real Decreto legislativo: Mediante el cual el Gobierno, en unos casos crea un texto articulado desarrollando una ley de Cortes Generales; y en otros lleva a cabo simplemente la refundición de varios textos legales en uno, un claro ejemplo es el R.D. Legislativo 1/1995 que aprueba el Texto refundido del Estatuto de los Trabajadores (E.T.), el cual constituye la norma básica del Derecho laboral donde se regulan los derechos y deberes de todos los trabajadores con independencia del sector en el que trabajen y el puesto o la categoría que ocupen.

En el Estatuto de los Trabajadores (E.T.) se regulan los derechos y deberes de todos los trabajadores con independencia del sector en el que trabajen y el puesto o la categoría que ocupen.

2.- Real Decreto-Ley: Aprobado por el Gobierno en casos de extraordinaria y urgente necesidad. Posteriormente debe ser remitida al Congreso para su convalidación o derogación en el plazo de 30 días (Ejemplo: R.D 10/2010, 16 junio que introduce la reforma laboral, el cual ha sido convalidado por la Ley 35/ 2010, 17 septiembre).

Reglamentos: son normas de rango inferior a la ley aprobadas por el Gobierno de carácter subsidiario ya que desarrolla el contenido de una ley (reglamentos ejecutivos) en la mayoría de los casos, y en otros regula una materia concreta ante la ausencia de una ley (reglamento autónomo). Las normas reglamentarias más importantes son los Reales Decretos del Consejo de Ministros y las Órdenes Ministeriales aprobadas por cada Ministerio.

CONVENIOS COLECTIVOS

Los convenios colectivos son básicamente acuerdos libremente negociados entre organizaciones sindicales o representantes legales de los trabajadores y las asociaciones de empresarios o éstos mismos, con eficacia normativa, en los que se fijan las condiciones de trabajo y los derechos y obligaciones de las partes en un ámbito laboral (empresa, sector, provincia/s, Comunidad Autónoma o nación) para un periodo de tiempo.

El Convenio aplicable a un trabajador es el que corresponda al sector profesional al que pertenezca la empresa en la que presta sus servicios, pero nunca el del puesto de trabajo que desempeñe.

Algunos convenios colectivos aplicables en el sector profesional vitivinicola:
- Estatal: Laudo arbitral de fecha de 29 de marzo de 1996 dictado por Don Fernando Valdés Dal-Re en el conflicto derivado del proceso de sustitución negociada de la derogada Ordenanza Laboral para las Industrias Vinícolas, Alcoholeras, Licoreras y Sidreras de 11 de junio de 1971. "Convenio colectivo de Trabajo para la actividad de Industrias Vinícolas y Alcoholeras de la Comunidad Autónoma de la Rioja".
- Autonómico: Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad de Industrias Vinícolas y Alcoholeras de la Comunidad Autónoma de la Rioja para los años 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012.

CONTRATO DE TRABAJO Y LA CONSTUMBRE LABORAL

Otras normas exclusivas del Derecho laboral son los contratos de trabajo y la costumbre laboral

- El contrato de trabajo individual: También cumple una función normativa en cuanto que regula las condiciones de la relación laboral de un trabajador y empresario en particular. Ahora bien, aunque se les reconoce a ambas partes la facultad de poder fijar de mutuo acuerdo condiciones de trabajo, no debemos olvidar que en el Derecho del Trabajo muchas de las condiciones están reguladas por normas imperativas laborales que no permiten establecer en perjuicio del trabajador condiciones menos favorables, pero si mejorar lo previsto tanto en el convenio colectivo como en el Estatuto de los Trabajadores.

Ejemplo: si en el contrato aparece una cláusula en la que se dispone que tendrás derecho sólo a 15 días de vacaciones por año trabajado y tu convenio establece 30 días, aunque hayas firmado el contrato, no es válida dicha cláusula, por lo que tus vacaciones serán siempre de 30 días.

En virtud del principio de irrenunciabilidad de los derechos (art. 3.5 ET) los trabajadores no podrán renunciar válidamente a los derechos indisponibles reconocidos por normas legales o convenios colectivos (Ejemplos: vacaciones, huelga, salario mínimo, jornada máxima, descansos, etc.).

- La costumbre laboral: es una norma de origen extraestatal creada e impuesta por la sociedad de forma espontánea cuya aplicación sólo será posible cuando no exista otra norma jurídica aplicable y se trate de un uso o practica local y profesional, ello supone que debe estar vigente en la localidad y en el sector profesional en el que se desenvuelve la relación laboral a la que se va a aplicar. Aunque tiene valor jurídico necesita ser probada por quien la alega pues los jueces no la aplicarán de oficio.

PRINCIPIOS DE APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS LABORALES

De acuerdo con el principio de jerarquía normativa la norma de rango inferior nunca puede contradecir a la norma de rango superior. Por ejemplo, si el Estatuto de los Trabajadores establece que el descanso mínimo semanal es de un día y medio, ningún Convenio colectivo podrá rebajar esta duración, pues contradice una ley de rango superior, ante esta situación se aplicaría lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, siendo nula la cláusula del Convenio colectivo.

Si la aplicación del Derecho del Trabajo estuviese presidida exclusivamente por este principio de jerarquía normativa resultaría inviable la negociación colectiva e individual, ya que leyes y reglamentos se aplicarían con preferencia a los convenios colectivos y a lo pactado en el contrato de trabajo, por lo que no tendría sentido pactar mejoras laborales (ejemplo un salario superior o más tiempos de descanso) pues, en la mayoría de los casos, el empresario tendería a aplicar la norma de mayor rango jerárquico donde se establecen las condiciones mínimas de trabajo.

Para evitar esta negativa consecuencia, el legislador laboral consagra unos principios de ordenación normativa específicos del Derecho Laboral, que exponemos a continuación:

- Principio de norma más favorable: implica que en caso de conflicto entre dos o más normas laborales, tanto estatales como pactadas, este se resolverá mediante la aplicación de la más favorable para el trabajador apreciada en su conjunto y en cómputo anual, independientemente de su rango jerárquico.

- Principio de condición más beneficiosa: supone una mejora de las condiciones laborales individuales concedida por el empresario, bien por escrito o verbalmente, y una vez establecida se convierte en un derecho adquirido para el trabajador o trabajadora (Ejemplo: una empresa con motivo de las Fiestas Navideñas lleva más de 10 años regalando cestas de Navidad a sus empleados, y decide suprimir esta entrega unilateralmente sin que existan causas económicas que lo justifiquen. Esta mejora voluntaria concedida por la empresa con el transcurso del tiempo se ha convertido en un derecho adquirido para el trabajador y una obligación para la empresa, por lo que en virtud de este principio laboral esta supresión sería ilegal salvo que existan causas que lo justifiquen).

Por otra parte, existe en el ámbito jurídico laboral una medida claramente protectora del trabajador llamado "principio in dubio pro operario" según el cual cuando una norma admita dos o más posibles interpretaciones, se interpretará en el sentido que resulte más beneficiosa para el trabajador o trabajadora.

Finalmente, también posee un gran valor en el proceso de aplicación e interpretación de las normas jurídicas, la jurisprudencia constituida por la doctrina que de forma reiterada establece el Tribunal Supremo en sus sentencias al aplicar e interpretar las normas jurídicas y los principios generales del Derecho.

Las normas principales que regularán nuestra relación laboral, y en las que podremos comprobar cuáles son nuestras condiciones de trabajo durante la vigencia del contrato son las siguientes:

- Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.
- Convenio Colectivo aplicable a la empresa.
- Cláusulas del contrato de trabajo.

DERECHOS DEL TRABAJADOR EN LA CONSTITUCIÓN Y EN EL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

Derecho laboral constitucional: CE 1978
- Derecho al trabajo y libre elección de profesión u oficio.
- Libre sindicación individual: derecho a fundar Sindicatos y a afiliarse o no a uno de ellos.
- Libertad sindical colectiva: derecho de los sindicatos a ejercer libremente su actividad en defensa y promoción de los intereses económicos que le son propios.
- Derecho a la negociación colectiva de trabajadores y empresarios para regular las condiciones de trabajo en un ámbito laboral determinado.
- Derecho a la adopción de medidas de conflicto colectivo.
- Derecho a la huelga: es una medida de presión adoptada por los trabajadores para reivindicar mejoras laborales.
- Derecho de reunión en asambleas dentro de la empresa pero fuera del horario laboral.
- Derecho de participación en la empresa: a través de los representantes de personal (Comités de empresa o Delegados de personal), y/o representantes sindicales.

Derecho laboral contractual: art. 4.2 ET
- Derecho a la ocupación efectiva y a no ser discriminado para el empleo directa o indirectamente por razones de sexo, estado civil, edad, origen racial, religión, o cualquier otra condición personal o social.
- Derecho a la promoción profesional: derecho al ascenso a un trabajo más cualificado y mejor remunerado.
- Derecho a la formación profesional: derecho a disfrutar de permisos para asistir a cursos de formación, exámenes y a la elección de turno si cursa estudios.
- A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene: se concreta en el derecho a la vigilancia periódica de su salud y a la formación, información y participación de los trabajadores sobre los riesgos existentes en la empresa y sobre las medidas de prevención y protección aplicables, incluidas las de emergencia.
- Al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, implica la protección frente al acoso por razones de sexo, origen racial, religión, discapacidad, edad, orientación sexual, y frente al acoso sexual.
- A la percepción puntual de la remuneración que deberá realizarse documentalmente en el lugar y fecha convenidos.
- Al ejercicio individual de las acciones ante los juzgados y tribunales del orden Jurisdiccional social.
- A cuantos otros se deriven del contrato de trabajo. Ejemplo: la propiedad intelectual, invenciones y los derechos de conciliación de la vida personal y laboral.

DEBERES BÁSICOS DE LOS TRABAJADORES

Los trabajador tienen una serie de deberes al hallarte sometidos al poder disciplinario y de dirección del empresario, siendo sus deberes laborales básicos los siguientes (art. 5 ET):

- Cumplir con las obligaciones de su puesto de trabajo con diligencia y buena fe.
- Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario, pudiendo el empresario sancionar los incumplimientos laborales de los trabajadores, salvo que se trate de una desobediencia legítima al ser ilícita la orden facilitada.
- No hacer competencia desleal a la empresa, lo que no elimina la posibilidad del pluriempleo para diversos empresarios y el trabajo por cuenta propia, siempre y cuando no se trate de actividades de la misma naturaleza y esto no le cause un perjuicio real o potencial al empresario.
- Contribuir a la mejora de la productividad, siendo sancionable la disminución continuada y voluntaria en el rendimiento, incluso con el despido.
- Demás obligaciones derivadas del contrato de trabajo.

MODALIDADES DE CONTRATOS DE TRABAJO

Contratos indefinidos:   
- Contrato indefinido ordinario.
- Contrato de fomento de la contratación indefinida.
- Contrato fijo-discontinuo.

Contratos temporales:
- Contrato de obra o servicio determinado.
- Contrato eventual por circunstancias de la producción.
- Contrato de interinidad.

Contratos formativos:  
- Contrato de trabajo en prácticas.
- Contrato para la formación.

Contratos a tiempo parcial:
- Contrato a tiempo parcial ordinario
- Contrato fijo-periódico
- Contrato de jubilación parcial

Modalidades de Contratos de Trabajo

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MODALIDADES DE CONTRATOS DE TRABAJO

Contrato de trabajo puede referirse a:
- El contrato individual de trabajo, aquel celebrado individualmente entre un trabajador y un empleador.
- El contrato colectivo de trabajo, también llamado convenio colectivo de trabajo (o CCT); tipo peculiar de contrato celebrado entre un sindicato o grupo de sindicatos y uno o varios empleadores u organizaciones de estos.

El Derecho Laboral de España o Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social es la rama del Derecho español que regula las relaciones entre el empleador y los trabajadores así como la actividad de los sindicatos y la actuación del Estado especialmente en materia de la Seguridad Social en España.

Se entiende por trabajo toda actividad llevada a cabo por el hombre, sea a través de un esfuerzo físico o intelectual, dirigida a la producción, modificación o transformación de bienes y servicios, que reúna las cuatro características siguientes: voluntariedad (debe ser libremente prestado), ajeneidad (los frutos del trabajo son para otro), dependencia (por cuenta ajena) y retribución (a cambio de un salario).


CONTRATOS INDEFINIDOS

- Contrato de duración indefinida ordinario: es aquel contrato, escrito o verbal, en el que las partes no han prefijado la duración de su relación contractual, por lo que su duración es indefinida.

Puede pactarse la jornada completa o parcial, se considerará celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador comparable a tiempo completo de la misma empresa y centro de trabajo, con el mismo tipo de contrato que realice un trabajo idéntico o similar.

La conversión de un trabajo a tiempo completo en un trabajo a tiempo parcial, y viceversa, tendrá siempre carácter voluntario para el trabajador o la trabajadora.

Se presume, salvo prueba en contrario, que el trabajador es indefinido (fijo) en los casos siguientes:
. Trabajadores y trabajadoras que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social, una vez transcurrido un plazo igual al del periodo de prueba, y los contratos temporales celebrados en fraude de ley.
. Los contratos de duración determinada no formalizados por escrito cuando lo exija una disposición legal.
. Los trabajadores y trabajadoras que continúen desarrollando sus actividades una vez agotado el plazo determinado en el contrato si no existe un nuevo contrato o prórroga del anterior.
. Los trabajadores y trabajadoras que en un periodo de 30 meses hubieran estado contratados más de 24 meses, sea o no de forma continuada, en el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, incluso si fue a través de una empresa de trabajo temporal, a excepción de los contratos de formación, de práctica, de relevo e interinidad. Por Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, este precepto contenido en el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores queda suspendido, durante los dos años siguientes a la entrada en vigor de esta norma (hasta agosto 2013).

El empresario o la empresaria deberá facilitar por escrito al trabajador o a la trabajadora, en los diez días siguientes al cumplimiento de los plazos indicados, un documento justificativo sobre su nueva condición de trabajador fijo de la empresa.

- Contrato para el fomento de la contratación indefinida: este tipo debe formalizarse por escrito y en modelo oficial, y va dirigido a colectivos específicos afectados especialmente por el desempleo y la inestabilidad laboral.

Únicamente podrán ser contratados con este tipo contractual los siguientes trabajadores y trabajadoras:

Trabajadores y trabajadoras en situación de desempleo inscritos en la oficina de empleo en quienes concurra alguna de las siguientes condiciones:
. Mujeres desempleadas cuando se contraten para prestar servicios en profesiones u ocupaciones con menor índice de empleo femenino; mujeres en los dos años inmediatamente posteriores a la fecha del parto o de la adopción o acogimiento de menores; mujeres desempleadas que se reincorporen al mercado de trabajo tras un período de inactividad laboral de cinco años; mujeres desempleadas víctimas de violencia de género y de trata de seres humanos.
. Mayores de 45 años de edad.
. Personas con discapacidad.
. Personas en paro que lleven, al menos, un mes inscritas ininterrumpidamente como demandantes de empleo.
. Personas desempleadas que, durante los dos años anteriores a la celebración del contrato, hubieran estado contratadas exclusivamente mediante contratos de carácter temporal, incluidos los contratos formativos.
. Personas desempleadas a quienes, durante los dos años anteriores a la celebración del contrato, se les hubiera extinguido un contrato de carácter indefinido en una empresa diferente.
. Trabajadores y trabajadoras que estuvieran empleados en la misma empresa mediante un contrato temporal, incluidos los formativos, celebrados con anterioridad al 28 de agosto de 2011, a quienes se les transforme dicho contrato en un contrato de fomento de la contratación indefinida con anterioridad al 31 de diciembre de 2011.

Trabajadores que estuvieran empleados en la misma empresa mediante un contrato temporal, incluidos los contratos formativos, celebrados a partir del 28 de agosto de 2011. Estos contratos podrán ser transformados en un contrato de fomento de la contratación indefinida con anterioridad al 31 de diciembre de 2012 siempre que la duración de los mismos no haya excedido de 6 meses. Esta duración máxima no será de aplicación a los contratos formativos.

Su régimen jurídico es el mismo de los contratos indefinidos ordinarios, con tan sólo una nota diferenciadora referida a la indemnización que deberá abonarse en los casos de extinción por causas objetivas (art. 52 ET) declarada improcedente, que será de 33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades.


CONTRATOS DE DURACIÓN DETERMINADA

En nuestro Derecho la contratación temporal se rige por el principio de causalidad, ello implica que tan sólo se admite la contratación temporal cuando concurre alguna de las causas previstas legalmente (art. 15 ET) y de no quedar justificada la causa establecida en el contrato nos hallamos ante un "contrato temporal en fraude de ley". La consecuencia del fraude de ley es que la relación laboral se convierte en indefinida.

- Contrato de obra o servicio determinado: tiene por objeto la realización de obras o servicios con autonomía propia dentro de la actividad de la empresa, cuya ejecución es en principio de duración incierta, es decir, este contrato sólo puede realizarse para contratar un servicio que tenga claramente una naturaleza temporal porque se prevea la finalización del servicio aunque sea a largo plazo. La fecha de finalización no tiene porque aparecer, en el caso de que aparezca sería solo una previsión pues su valor es puramente orientativo.

No obstante, todos los contratos de este tipo celebrados a partir del 19 de septiembre de 2010 no podrán tener una duración superior a 3 años, ampliable hasta 12 meses más por convenio colectivo. Transcurridos estos plazos, los trabajadores y trabajadoras adquirirán la condición de fijos de la empresa, que deberá facilitarles por escrito en los diez días siguientes al cumplimiento de los plazos indicados, un documento justificativo sobre su nueva condición de trabajador fijo de la empresa. En todo caso, el trabajador o la trabajadora podrá solicitar al Servicio Público de Empleo correspondiente un certificado de los contratos de duración determinada o temporales celebrados, a los efectos de poder acreditar su condición de trabajador fijo en la empresa.

Debe celebrarse por escrito, a jornada completa o parcial, en el modelo oficial especificando la obra o servicio para el que se contrata.

Se extingue previa denuncia de las partes, con preaviso de 15 días si su duración fue superior al año, de no respetarse el preaviso deberá abonarse una indemnización de tantos días de salario como días de preaviso omitidos.

A su término la empresa debe abonar la indemnización prevista en el convenio colectivo que no podrá ser inferior a las siguientes cantidades:
. 8 días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren hasta el 31 de diciembre de 2011.
. 9 días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2012.
. 10 días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2013.
. 11 días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2014.
. 12 días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2015.

- Contrato eventual por circunstancias de la producción: tiene por finalidad cubrir necesidades extraordinarias de la empresa debidas a circunstancias de mercado, acumulación de tareas o exceso de actividad. Se celebrará, a jornada completa o parcial, y necesariamente por escrito si su duración es superior a 4 semanas.

Con carácter general su duración máxima será de 6 meses en un periodo de 12 meses, aunque por convenio colectivo sectorial de ámbito estatal o de ámbito inferior, podrá ampliarse hasta un máximo de 12 meses dentro de un periodo de 18 meses como máximo. En caso de que el contrato se hubiera concertado por una duración inferior a la máxima establecida, podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes, por una única vez, sin que su duración total pueda exceder de su duración máxima. Se extinguen previa denuncia de cualquiera de las partes, debiendo abonar la empresa a su término una indemnización cuya cuantía será la misma que hemos indicado para el caso de contrato de obra o servicio determinado.

- Contrato de interinidad: deberá ser utilizado para sustituir a un trabajador que ha cesado temporalmente en su puesto pero lo tiene reservado, o bien cuando se pretenda cubrir una vacante durante el proceso de selección externa o promoción interna para su cobertura definitiva.

Se concertara por escrito, especificando el nombre del trabajador sustituido y la causa de la sustitución. La jornada será completa o parcial si el trabajador sustituido también lo era.

El contrato estará vigente hasta la reincorporación del trabajador sustituido o hasta la cobertura definitiva del puesto, sin que en este último caso pueda ser superior a tres meses, no obstante si se trata de una Administración Pública se prolongará hasta la finalización del proceso.

En todos los casos el contrato se extingue previa denuncia de cualquiera de las partes, sin necesidad de preaviso, y no existe derecho a indemnización a su término.





CONTRATOS FORMATIVOS. CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN

Los contratos formativos pretenden la formación del trabajador bien en el aspecto teórico, en el práctico o en ambos con la finalidad de lograr la inserción en el mercado de trabajo de los colectivos a los que va destinado.

Existen dos tipos de contratos para lograr dicho objetivo: el contrato para la formación y el aprendizaje (modificado recientamente por el Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto) y el contrato en prácticas.

- Concepto: El contrato para la formación y el aprendizaje tendrá por objeto la cualificación profesional de los trabajadores, mediante el desarrollo en alternancia de una actividad laboral retribuida en una empresa y una actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

- Forma: Debe formalizarse por escrito y en modelo oficial.

- Requisitos:Únicamente podrá celebrarse con trabajadores mayores de 16 años y menores de 25 años que carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas.

El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. No podrán ser contratados con esta modalidad quienes previamente hayan estado contratados bajo esta modalidad o hubieran desempeñado anteriormente el mismo puesto de trabajo en la misma empresa, por un periodo superior a doce meses.

- Duración:
La duración mínima del contrato será de un año y la máxima de dos, pudiendo prorrogarse por 12 meses más, en atención a las necesidades del proceso formativo del trabajador, o en función de las necesidades organizativas o productivas de las empresas, o cuando se celebre con trabajadores que no hayan obtenido el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

- Jornada
: La actividad laboral desempeñada por el trabajador en la empresa deberá estar relacionada con las actividades formativas, que deberán comenzar en el plazo máximo de cuatro meses a contar desde la fecha de celebración del contrato.

El tiempo de trabajo efectivo, que habrá de ser compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no podrá ser superior al 75 por ciento de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, a la jornada máxima legal. Los trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias, salvo las de fuerza mayor y tampoco podrán realizar trabajos nocturnos ni trabajo a turnos.

El trabajador deberá recibir la formación inherente al contrato para la formación y el aprendizaje directamente en uno de los centros formativos de la red prevista por la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. La cualificación o competencia profesional adquirida a través de este contrato será objeto de acreditación en los términos previstos en la citada Ley Orgánica.

- Retribución: La retribución del trabajador contratado para la formación y el aprendizaje se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en convenio colectivo. En ningún caso, la retribución podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

- Protección social:
La acción protectora de la Seguridad Social comprenderá todas las contingencias, situaciones protegibles y prestaciones, incluido el desempleo y la cobertura del Fondo de Garantía Salarial.

CONTRATOS FOMATIVOS. CONTRATOS EN PRÁCTICAS.

- Concepto: Tiene por finalidad facilitar la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursado por los trabajadores con título universitario, de formación profesional, o cualquier otro oficial equivalente a los anteriores.

- Requisitos:
Podrá celebrarse con trabajadores titulados dentro de los 5 años siguientes a la terminación de los estudios o 7 si se trata de un discapacitado.

No se permite más de un contrato en prácticas por tiempo superior a dos años en virtud de la misma titulación en la misma o diferente empresa.

La jornada puede ser a tiempo completo o parcial.

El puesto para el que va a ser contratado tiene que estar vinculado a la titulación cursada.

- Forma:
Debe formalizarse por escrito en modelo oficial.

- Duración: Mínima de seis meses y máxima de dos años, teniendo la posibilidad de dos prórrogas, de seis meses de duración mínima cada una de ellas, hasta alcanzar la duración máxima establecida.

Retribución: Como mínimo de un 60% el primer año y el 75% el segundo año del salario previsto para su categoría profesional, salvo que lo mejore el convenio colectivo aplicable.

Si al término del contrato el trabajador o la trabajadora se incorporase a la empresa se computará la duración de las prácticas a efectos de antigüedad en la empresa.

EL PERIODO DE PRUEBA

El periodo de prueba puede definirse como el acuerdo pactado por escrito en el contrato de trabajo por el que se fija un lapso de tiempo al inicio de la relación laboral durante el cual el empresario podrá constatar las aptitudes personales y profesionales del trabajador, y éste conocer las condiciones en que va a desarro­llar su trabajo, siendo su establecimiento normalmente optativo, por lo que sí en el contrato no consta específicamente significa que no hay periodo de prueba y por lo tanto la empresa no podrá extinguir el contrato sin justa causaque lo justifique.

Mucha gente piensa que el periodo de prueba es un tiempo en el que el empresario está probándote y durante el cual no hay que hacer contrato ni darte de alta en la Seguridad Social, esta idea es totalmente falsa, pues el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 14 establece lo siguiente sobre el periodo de prueba:

Durante el periodo de prueba trabajador y empresa­rio tienen todos los derechos y deberes legalmente establecidos, con una salvedad, ambas partes tienen la facultad resolutoria de dar por terminada la relación laboral sin necesidad de justificar la causa. Una vez transcurrido el periodo de prueba sí el trabajador continua prestando servicios, pasará a formar parte de la plantilla del centro, computándose a todos los efectos dicho período.

Que siendo la principal finalidad del periodo de prueba la de permitir al empresario conocer las aptitudes del trabajador, resulta lógico que la ley prohíba que se pacte el periodo de prueba cuando el trabajador ya haya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa con contratos anteriores.

¿Qué duración puede alcanzar el periodo de prueba?

Su duración será la pactada en el contrato, que no podrá superar la marcada en el convenio colectivo aplicable.

El Convenio Colectivo para la actividad de las Industrias Vinícolas y Alcoholeras para la Comunidad de La Rioja 2008-2012 no regula la duración del período de prueba. Lo mismo ocurre con el Laudo Arbitral del año 1996 que, según dispone el propio Convenio, se aplicará en todo lo no previsto en el mismo.

Así las cosas, deberá de acudirse al artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores, donde se establece que "en defecto de pacto en Convenio, la duración del período de prueba no podrá exceder de:

- Seis meses para los técnicos titulados.
- Dos meses para los demás trabajadores, salvo en las empresas de menos de veinticinco trabajadores en los que el período de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores no titulados".

Tiempos de Trabajo: Jornada, Descansos, Permisos y Suspensiones

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TIEMPOS DE TRABAJO: JORNADA, DESCANSOS, PERMISOS Y SUSPENSIONES

En Derecho laboral uno de los elementos que más interés despierta entre los trabajadores es todo lo relativo a jornadas, vacaciones, descansos, permisos retribuidos, etc.

La jornada de trabajo en España hace referencia a la jornada de trabajo o jornada laboral que aparece regulada en el Estatuto de los trabajadores y que establece que la jornada legal máxima no podrá ser superior a las 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual así como que el límite diario no podrá ser superior a 9 horas de trabajo efectivo. Por convenio colectivo se puede modificar este límite diario, siempre que se respete el tiempo de descanso entre jornadas.

Podemos decir que la jornada de trabajo “está formada por el número de horas que el trabajador está obligado a trabajar efectivamente”. No se debe confundir con el concepto de horario de trabajo. La jornada representa el número de horas que el trabajador debe prestar su servicio, mientras que el horario fija la hora de entrada y la salida. Entre horario y jornada prevalece la jornada, puesto que el salario que fija el contrato viene determinado por el número de horas que se trabaja.

Si el horario establecido impidiera que se pudiera realizar la jornada completa, el empresario podrá imponer el cumplimiento íntegro de la jornada.

JORNADA Y HORARIO

La jornada de trabajo puede ser definida como la cantidad de tiempo de trabajo efectivo que el trabajador invertirá en prestar sus servicios. Su duración será la pactada en el contrato que respetará lo dispuesto por el Convenio colectivo aplicable, aplicándose supletoriamente las normas recogidas en los artículos 34, 35 y 36 del ET. Las normas reguladoras de la jornada de trabajo son imperativas, lo que significa que son derechos irrenunciables y por lo tanto no es lícito pactar en el contrato una jornada superior.

Tipos de jornada según su duración:
- Jornada completa: El Convenio Colectivo de trabajo para la actividad de Industrias Vinícolas y Alcoholeras de la Comunidad Autónoma de La Rioja establece que, para el año 2011, la jornada máxima anual será de 1742 horas.
- Jornada parcial: Es la realizada por los trabajadores que prestan sus servicios durante un número de horas, al día a la semana, al mes o al año inferior a la jornada completa de un trabajador del mismo centro de trabajo e idéntica categoría profesional.

La mayoria de la ciudadania piensa que el número de horas máximas que se pueden realizar diariamente son 8, pues bien, esto no es cierto, el ET en su artículo 34.3 dispone que el número de horas máximas de trabajo efectivo que se pueden realizar diariamente son 9.

Cualquier reducción o ampliación de la jornada pactada, así como el cambio de jornada continuada a partida o viceversa, o del horario fijado inicialmente supone una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que sólo puede llevarse a efecto cuando existan causas organizativas justificadas y siguiendo el procedimiento legal establecido (art. 41 ET).

La jornada no debe confundirse con el horario que está referido a las horas de entrada y salida y a cómo se distribuyen en el día los momentos exactos de trabajo y descanso.

Por ejemplo: Si tu contrato de trabajo dispone que la jornada máxima es de 35 horas semanales distribuidas de lunes a viernes de 9 a 16.00 horas, significa que la jornada semanal será de 35 horas y el horario diario de lunes a viernes de 9 a 16 horas.

En función de cómo se distribuyen en el día los momentos exactos de trabajo y descanso, cabe distinguir entre:

Tipos de jornada según su distribución diaria:
- Jornada continuada: Aquella en que las horas diarias de trabajo se cumplen de forma ininterrumpida -ej. 9 a 16h
- Jornada partida: Es la que se divide en dos fracciones separadas por un periodo de descanso intermedio no retribuido, que suele coincidir con la hora de la comida. Su duración será la que se pacte al no existir un mínimo legal (normalmente una hora o más). Ejemplo: 9 a 14 h y de 15 a 17 h.
- Jornada diurna: Es la que transcurre entre las 6 y las 22 horas.
- Jornada nocturna: Tiene lugar entre las 22 horas y las 6 horas. Estos trabajadores tendrán derecho a un salario base mayor o bien a un complemento retributivo específico denominado "plus de nocturnidad".


REDUCCIONES Y AMPLIACIONES DE JORNADA

¿En qué casos es posible reducir la jornada de trabajo pactada en el contrato?: Se reconoce a los trabajadores el derecho a solicitar una reducción de jornada en las siguientes circunstancias (art. 37 ET):

Circunstancias en las que los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar una reducción de jornada:

- Causa: Cuidado directo de un menor de ocho años ( 37.5 ET). / Cuidado de personas discapacitadas o familiares hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad ( 37.5 ET).
- Derecho: Reducción de la jornada de trabajo y del salario de entre un octavo y la mitad de la duración de aquella.

- Causa: Nacimiento de hijos prematuros o qué por alguna causa sean hospitalizados tras el parto.
- Derecho: La madre o el padre tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo y salario hasta un máximo de dos horas. Si dos o más trabajadores de la misma empresa generan este derecho por la misma causa la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones organizativas.

- Causa: Trabajadora víctima de violencia de género (art. 37.7 ET).
- Derecho: Reducción de la jornada y del salario o a la reordenación del tiempo de trabajo, a través de la adaptación del horario.

- Causa: Clases de preparación al parto.
- Derecho: Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto del cónyuge o pareja de hecho, siempre que se justifique la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo.

- Causa:Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Derecho: La jornada de trabajo podrá reducirse por estas causas entre un 10 % y un 70 % de la jornada de trabajo pactada con arreglo al procedimiento previsto en el art. 51 (ERE: expedientes de regulación de empleo). Durante el período de reducción de jornada no podrán realizarse horas extraordinarias salvo fuerza mayor. Durante las reducciones de jornada se promoverá el desarrollo de acciones formativas vinculadas a la actividad profesional de los trabajadores y trabajadoras afectados cuyo objeto sea aumentar su polivalencia o incrementar su empleabilidad.

En todos los casos señalados, el empresario no puede denegar la petición correspondiendo la concreción horaria y la determinación del período de disfrute de la reducción de jornada al trabajador, quien deberá preavisar al empresario de la fecha de reincorporación a su jornada anterior.

Se consideran horas extraordinarias las que exceden de la jornada completa establecida en el Convenio colectivo. No son obligatorias para el trabajador salvo que se hayan pactado en el Convenio o en el contrato su realización, en tal caso, no podrá superar el límite anual previsto (el ET lo fija en 80 horas al año). Su retribución no podrá ser en ningún caso inferior al valor de la hora ordinaria y podrá ser compensada por tiempos equivalentes de descanso retribuido.

El Convenio Colectivo de trabajo para la actividad de Industrias Vinícolas y Alcoholeras de la Comunidad Autónoma de La Rioja establece que las horas extraordinarias se reducirán al mínimo con el objeto de crear empleo. Sin embargo, establece también las circunstancias y condiciones en que será obligatoria su realización. Por lo que respecta a su retribución, dispone que:

"De común acuerdo entre empresa y trabajador, se podrá compensar con tiempo efectivo y equivalente de descanso retribuido, incrementado en un 75 por ciento" (artículo 19.4).

Los trabajadores a tiempo parcial no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en casos de fuerza mayor, no obstante en los contratos indefinidos a tiempo parcial podrá pactarse por escrito la realización de horas complementarias, que no podrán exceder del 15% de las horas ordinarias de trabajo, ampliable por convenio colectivo de ámbito sectorial o inferior, hasta un 60%. En cualquier caso la suma de las horas ordinarias y complementarias no podrá alcanzar la jornada completa. La empresa comunicará el día y hora de realización de las mismas con un preaviso de 7 días y el trabajador está facultado para dejar el pacto de horas complementarias sin efecto, una vez cumplido un año desde su celebración, entendiéndose prorrogado, en caso contrario, por un nuevo período anual.


DESCANSOS

Esta materia se rige por lo dispuesto en el Convenio colectivo aplicable que en todo caso respetará los descansos mínimos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores (arts. 34, 37 y 38) que pasamos a examinar:

- Descanso durante la jornada: este lapso de tiempo llamado popularmente "pausa por bocadillo" tiene lugar durante el desarrollo de la jornada diaria y no se considerará tiempo de trabajo efectivo, excepto que así lo establezca el convenio colectivo o el contrato. El Convenio colectivo para la actividad de la Industria Vinícola y Alcoholera de la Comunidad Autónoma de La Rioja 2008-2012 no estipula la naturaleza que debe de tener este descanso durante la jornada. Lo mismo ocurre con el Laudo Arbitral del año 1996 que, aunque se aplica en todo lo no previsto por éste, nada establece a este respecto. De este modo, este descanso no tendrá la consideración de trabajo efectivo salvo que en un acuerdo de rango inferior o en el contrato se acuerde lo contrario.

- Descanso entre jornadas diarias: entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente han de transcurrir como mínimo 12 horas, incluso cuando se realicen horas extraordinarias.

- Descanso semanal: este será como mínimo de un día y medio continuo, acumulable por periodos de hasta catorce días. Cuando las necesidades de trabajo o las características del Centro no permitan disfrutar en sábado o domingo del descanso semanal de día y medio continuo, éste se disfrutará en otros días de la semana. Todos los trabajadores disfrutarán de un fin de semana de descanso continuado al mes.

- Vacaciones: todo trabajador tendrá derecho por cada año completo de servicios a 30 días naturales, preferentemente en verano, con el fin de planificarlas el empresario, atendiendo a las necesidades del centro, podrá establecer turnos. El personal que cese durante el transcurso del año, sin haberlas disfrutado, tendrá derecho a la parte proporcional según el tiempo trabajado. Las vacaciones deberán disfrutarse dentro del año natural, transcurrido el cual caducarán y se perderá el derecho al disfrute.

Cuando las vacaciones coincidan con la baja por maternidad, incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural éstas se disfrutarán a continuación del alta médica, salvo que las partes acuerden otra fecha de disfrute, en este caso se podrán disfrutar aunque haya terminado el año natural a que correspondan.

Se prohíbe cualquier compensación económica a cambio de que se renuncie a estos periodos de descanso, salvo que el contrato se extinga sin haberlos disfrutado pues en tal caso se admite el pago de estos días en la liquidación o finiquito.

- Descansos adicionales: son establecidos por los Convenios colectivos y suponen una mejora de lo regulado en el Estatuto de los Trabajadores.

CAUSAS POR LAS QUE SE PUEDE SOLICITAR UN PERMISO Y SUS CONDICIONES

- Matrimonio: 15 días naturales por matrimonio o inicio de la vida en común cuando se trate de parejas de hecho debidamente inscritas en el Registro Oficial de la Comunidad Autónoma donde estén empadronados. Deberá preavisarlo con una antelación mínima de quince días.

- Nacimiento de un hijo o fallecimiento, accidente/enfermedades grave u hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad: El E.T prevé 2 días, no obstante cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, fuera de la provincia, el plazo será de cuatro días, mejorable por Convenio colectivo.

- Traslado del domicilio habitual: 1 día. Deberá preavisarlo con 15 días de antelación.

- Deber inexcusable, de carácter público y personal: El tiempo indispensable para el cumplimiento .Si se percibe una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho el trabajador o trabajadora. Cuando el cumplimiento del deber suponga la imposibilidad de asistir a trabajar en más del 20 por 100 de las horas laborales, en un período de tres meses, el Centro podrá pasar al trabajador a la situación de excedencia forzosa.

- Funciones sindicales o de representación del personal: El tiempo necesario.

- Exámenes prenatales y preparación al parto: Tiempo indispensable, previo aviso y justificación.

- Lactancia de un hijo menor de nueve meses: Una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. A voluntad del trabajador/a, éste podrá sustituir este derecho por reducción de la jornada normal en media hora, con la misma finalidad. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso por lactancia corresponderán al trabajador/a, dentro de su jornada habitual. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquélla, es decir solo es posible la acumulación si lo establece el convenio colectivo o si la pacta con el empresario.

- Nacimiento de hijos prematuros o que por otra causa deban permanecer hospitalizados a continuación del parto: La madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora.

- Otras circunstancias previstas en el Convenio Colectivo de trabajo para la actividad de Industrias Vinícolas y Alcoholeras de la Comunidad Autónoma de La Rioja 2008-2012:

Visitas médicas:
. Matrimonio de padres: 1 día natural.
. Matrimonio de hijos o hermanos: 1 día natural.
. Primera Comunión de hijos o hermanos: 1 día natural.
. Consulta médica para prestaciones sanitarias cubiertas por el sistema público de salud, por el tiempo indispensable.

SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO

La suspensión de la relación laboral es un cese temporal de las obligaciones de trabajar y remunerar el trabajo por alguna de las causas previstas en la ley o en el convenio colectivo, quedando vigente el contrato, de forma que cesada la causa de la suspensión, la relación laboral vuelve a reanudar todos sus efectos.

Las causas legales se hallan recogidas en el ET, pudiendo los Convenios colectivos ampliar los supuestos y mejorar las condiciones. Examinaremos las que recoge el art. 45 y siguientes del ET por separado:

Suspensiones con reserva de puesto de trabajo:
- Excedencia forzosa para el ejercicio de un cargo público o cargo electivo sindical.
- La asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento profesional.
- Maternidad, adopción o acogimiento de menores de 6 o 18 años si son discapacitados o cuando por sus circunstancias personales tengan dificultades de inserción social y familiar: 16 semanas ampliable en caso de parto o adopción múltiple en 2 semanas por hijo adicional.
- Paternidad de hijos biológicos o adoptados: 13 días ininterrumpidos ampliable a 20 días si se produce en una familia numerosa o en la familia hay una persona con discapacidad. Estos periodos se ampliarán en dos días más por cada hijo a partir del segundo o cuando se trate de un hijo discapacitado.
- La excedencia para el cuidado de hijos: 3 años a contar desde el nacimiento o adopción.
- Excedencia para atender al cuidado de un familiar hasta el 2º de consanguinidad o afinidad, que no pueda valerse por si mismo y no desempeñe actividad retribuida. Su duración no será superior a 2 años y podrá disfrutarse de forma fraccionada.
- Fuerza mayor y causas económicas, técnicas, organizativas o de producción: el tiempo necesario.
- La privación de libertad del trabajador, mientras no exista sentencia condenatoria.
- La incapacidad temporal del trabajador por enfermedad o accidente suspenden también la relación laboral.
- La existencia de riesgo durante el embarazo de la mujer trabajadora o durante la lactancia natural, en este último caso se suspende el contrato hasta que el menor lactante cumpla 9 meses.
- Las mujeres víctimas de violencia de género podrán suspender su relación laboral por un periodo no superior a 6 meses, que podrá ser prorrogado por periodos de 3 meses hasta un máximo de 18 meses.
- La huelga lícita y el cierre patronal (art.45.1.l ET), es una causa de suspensión de naturaleza colectiva.
- Suspensión disciplinaria de empleo y sueldo por la comisión de faltas laborales.

Suspensiones sin reserva de puesto de trabajo:
- La excedencia voluntaria podrá ser solicitada por los trabajado­res con una antigüedad en la empresa superior a un año, y su duración no podrá ser inferior a cuatro meses ni superior a cinco años. El trabajador que disfrute dicha excedencia voluntaria sólo conservará el derecho preferente al reingreso en una vacante en su categoría laboral y el tiempo no se le computa a efectos de antigüedad.
- Por mutuo acuerdo de ambas partes, en estos casos se estará a lo pactado en lo que se refiere al derecho del trabajador a su reincorporación y reserva del puesto.

Cata de Champagne Perrier Jouët

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CATA DE CHAMPAGNE PERRIER JOUET

Histórica firma elaboradora de champagne (Francia). La familia Perrier Jouét, antes de fundar su bodega en 1811, ganó una fortuna en la industria azucarera, al aprovechar la moda del champagne dulce para vender sacarosa a las casas elaboradoras. Finalmente, también ellos entraron en el negocio del champagne. Sus viñedos, situados en las excelentes zonas de Avize y en Cramant, alcanzan una superficie de 100 ha. Los amantes de la cultura del vino y del arte deben conocer la Cuvée Belle Époque 79 con su extraordinaria botella modernista.

Perrier-Joüet es una marca de champán fundada en Epernay, Francia en 1811 por Pierre Nicolas Marie Perrier y su esposa Adèle Joüet, poco después de su matrimonio. La casa Perrier-Joüet es conocida por su champán brut Belle Epoque, también llamada “Fleur de Champagne” al otro lado del Atlántico.

- Año de fundación: 1811
- Viñedo propio: 65,0 Ha.
- Dirección: 26, avenue de Champagne. 51200 Épernay
- Productos: Champán
- Propietario: Pernod Ricard
- Teléfono: +33 326 533 810
- Página web: www.perrier-jouet.com


- Historia: En 1811, Perrier, un fabricante de tapones, junto a su esposa Adèle Joüet, crea la empresa de champán Perrier-Joüet en Epernay. En 1815, Perrier-Joüet realiza su primer embarque de champán a Inglaterra y posteriormente en 1837 a Estados Unidos.

A partir de 1840, la casa refuerza la esencia de sus viñedos, situando entre los mejores caldos las marcas Aÿ, Mailly-Champagne y especialmente Avize y Cramant.

Bajo los auspicios de Charles Perrier, la marca se convierte a partir de 1861 en el proveedor oficial de la Corte de Inglaterra y la reina Victoria. Unos más años más tarde, también se convirtió en el proveedor del Segundo Imperio francés.

En 1959, GH Mumm, sociedad champanera de Reims, adquirió la casa Perrier Jouët.

Su champán Belle Epoque se creó en 1964 y fue lanzado en 1969, convirtiéndose en uno de los grandes éxitos de la marca en el siglo XX. Este lanzamiento marcó un punto de inflexión de la marca, con el redescubrimiento de la botella diseñada por Emile Gallè, que durmió durante más de 60 años en los sótanos de la cava. Belle Epoque, elaborado con uva Chardonnay, se denominó Fleur de Champagne en Estados Unidos, convirtiéndose en uno de los champanes más populares del mundo.

En 1990, esta bodega inauguró una mansión maravillosamente decorada por los artistas más prestigiosos del Art Nouveau (Majorelle, Gallé, Daum, Guimard, Lalique o Rodin), donde acoge a sus huéspedes con gran hospitalidad. La mansión cobija la primera colección privada de mobiliario y de objetos de arte de la Belle Époque.

En la actualidad, Perrier-Joüet pertenece al grupo Pernod Ricard. Esta empresa renació a partir de la pequeña compañía Pernod Fils, como productora de licores anisados luego de la prohibición de la absenta, se ha convertido actualmente en un conglomerado de alcance mundial. Es dueña de la empresa Austin, Nichols (productora de los whiskys Wild Turkey) y de la división de bebidas alcohólicas de la antigua corporación Seagram, entre muchas otras empresas que controla. En el 2005, la empresa compró a su competidor británico Allied Domecq plc. En el año 2008, Pernod Ricard anunció la compra del grupo sueco V&S incluida la marca Absolut Vodka.


- Viñedos: En la actualidad, esta maison cuenta con 65 hectáreas de viñedo, el 99,2% del cual está calificado dentro de la escala de los crus, los pagos más notables de Champagne. Las mejores parcelas están integradas dentro de lo que se denomina "el triángulo mágico de Champagne":

. En los pueblos de Cramant y Avize -en la Côte des Blancs, el reino de la chardonnay.
. Mailly (en la Montagne de Reims, donde se cultiva la variedad pinot noir).
. Aÿ y Dizy (en el valle del Marne, donde conviven las dos pinots, noir y meunier).

Además, desde hace varias generaciones, Perrier-Jouët trabaja con un conjunto de viticultores que proveen a la casa de uvas de gran calidad, en volúmenes acordes a las necesidades de cada cosecha. Sin duda, el carácter distintivo está determinado por la finura de las cepas de chardonnay, bien complementado por la frescura frutal, la potencia y el perfil vinoso que aportan los distintos porcentajes de pinot noir y pinot meunier.

- Elaboración: La vendimia comienza a finales de septiembre, aproximadamente cien días después de la floración de las vides y dura entre diez y doce días. Las uvas cosechadas son enviadas inmediatamente a las prensas tradicionales, ubicadas en el corazón del viñedo, donde se extrae el mosto presionando tradicionalmente.

De la primera prensada del grano se extrae un jugo rico en azúcar y acidez. Este jugo libre de impurezas se almacena en cubas. Con el fin de conservar sus características específicas y sus aromas naturales, los caldos se clasifican según su viñedo, su calidad. El siguiente paso es la mezcla de caldos para obtener el champán deseado, antes de aplicar los siguientes métodos de elaboración, como la fermentación, envejecimiento, dosificación, etc.


. La segunda fermentación en botella: El azúcar y la levadura se añaden al vino durante el embotellado, produciendo gradualmente alcohol y dióxido de carbono y otorgando al vino su brillo/chispa. Esto lleva de 6 a 8 semanas.

Los champagnes non-vintage son envejecidos en las bodegas durante 3 años, mientras que los vintages y la gama 'Belle Epoque' lo son durante al menos 5 años.

. El Deguelle: A las bótelas se les da una serie de vueltas hacia abajo, para mover el depósito restante de la segunda fermentación hacia el cuello de la botella.

Los cuellos de botella se sumergen entonces en una solución de congelación a -27°C.

Las botellas se abren y la presión del C02 en el interior, expulsa el depósito congelado.

. El acabado: Una pequeña cantidad de vinos de reserva mezclados con azúcar (licor de expedición o dosoge) se añaden, conforme al estilo de champagne requerido.

Brut Nature o Brut Zéro (menos de 3 g de azúcar por litro)
Extra-Brut (menos de 6 g de azúcar por litro)
Brut (menos de 15 gramos de azúcar por litro)
Extra Sec (12 a 20 gramos de azúcar por litro)
Sec (17 a 35 gramos de azúcar por litro)
Demi-Sec (33 a 50 g de azúcar por litro)
Doux o Dulce (más de 50 g de azúcar por litro)

- Consumo: La temperatura ideal para el consumo es de 7 a 9 grados. Esta temperatura se obtiene conservando la botella en una cubitera con hielo 30 minutos antes de servirla, o enfriarlo en un refrigerador . El uso de un congelador no es recomendable, reduce demasiado la temperatura, alterando el sabor del champán.


Champagne Perrier Jouët Grand Brut

- Bodega: Champagne Perrier-Jouët
- D.O./Zona: Champagne AOC (Francia)
- Tipo de vino: Espumoso
- Graduación (vol): 12%
- Varietales: Chardonnay, Pinot Meunier y Pinot Noir
- Precio aproximado: Precio: 36,00 €

- Notas de cata: En nariz encontramos aromas de frutas blancas y piña, recuerdos de flores blancas y frutas cítricas cómo la lima. En boca es ligero, fácil de beber, agradable acidez cítrica que recuerda a la lima, vivo, fresco, con una burbuja integrada.


Champagne Perrier Jouët Blason Rosé

- Bodega: Champagne Perrier-Jouët (Épernay)
- D.O./Zona: Champagne AOC (Francia)
- Tipo de vino: Espumoso
- Graduación (vol): 12,5%
- Varietales: 50% Pinot Noir, 25% Pinot Meunier y 25% Chardonnay
- Precio aproximado: 47,50 €

- Notas de cata: En nariz es intenso, con aromas que nos recuerdan a golosinas de frutos rojos, fresas, frambuesas, etc. En boca es untuoso, vinoso y ligeramente goloso.


Champagne Perrier Jouët Belle Époque 2006

- Bodega: Champagne Perrier-Jouët
- D.O./Zona: Champagne AOC (Francia)
- Tipo de vino: Espumoso
- Graduación (vol): 12%
- Precio aproximado: 112,00 €

- Elaboración: La crianza se realizó en rima en las cavas durante 84 meses.

- Notas de cata: En nariz encontramos intensos aromas de fruta blanca bien madura, reminiscencias de albaricoque y notas lácteas. En boca es untuoso, fresco, algo goloso, con un carbónico muy bien integrado y buena acidez.


Champagne Perrier Jouët Belle Époque Rosé 2006

- Bodega: Champagne Perrier-Jouët
- D.O./Zona: Champagne AOC (Francia)
- Tipo de vino: Espumoso
- Graduación (vol): 12%
- Precio aproximado: 164,00 €

- Elaboración: Método tradicional con segunda fermentación en botella y añejamiento de 4 años sobre lías. La adición de vino tinto seleccionado de la zona de Champagne le otorga su color rosado

- Notas de cata: Color rosa asalmonado o piel de cebolla, burbuja muy fina. En nariz es muy fino con sutiles aromas de frutos rojos silvestres y bollería. En boca es sabroso, equilibrado, fresco, ligeramente cremoso y perfectamente integrado el carbónico.

Bar Tívoli, Noche y Día - (Logroño - La Rioja)

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GASTRO BAR TÍVOLI, NOCHE Y DÍA - (LOGROÑO - LA RIOJA)

En el mismo centro de Logroño, en la entrada a la calle Laurel, encontramos esta atractiva barra de bar con buenos, novedos, pinchos y raciones, además de una buena selección de vinos de bodegas centenarias y modernas de Rioja.

Se trata de otro exitoso bar de la cadena de hostelería conocida como Noche y Día, que tomando como ejemplo el primitivo local de la calle San Juan, ha ido abriendo locales con ese nombre por la ciudad de Logroño. En la calle Gallarza y haciendo frontera con Portales encontramos uno, dos se alojan en la Gran Vía y otro más en la calle Once de Junio.


La decoración es muy actual con una estructura, diseño e influencia nórdicos, muy de moda en la actualidad. Una de las zonas que más llaman la atención es la gran barra en forma de ele, predominio de maderamen y sus ventanas que dan a la calle con una luz de neón con el nombre Noche y Día. Esta barra es ideal para picar algo de una manera más informal, pudiendo saludar a la gente sin necesidad de levantarse de la mesa. El interior del local también cuenta con mesas bajas par disfrutar de un ambiente mas formal e intimo.

Pero lo mejor de todo son sus tapas de autor, ya que la oferta gastronómica es variada y divertida, de buena calidad y materias primas, buena selección de productos, presentados con un estilo creativo e innovador.

Los horarios son muy flexibles, podemos encontrar pinchos, tapas, raciones, en la barra y en la carta prácticamente durante todo el día (ideal para acudir a cualquier hora del día).

- Nombre: Tivoli, Noche y Día
- Dirección: Calle Bretón de los Herreros, 10. Logroño
- Teléfono: 662 65 38 40
- Plato estrella: Secreto Iberico


- Localización: Perfectamente ubicado y situado a la entrada de la calle Laurel de Logroño. Esta calle es un lugar emblemático y visita obligada para los amantes de la gastronomía.

La Calle del Laurel (conocida como Calle Laurel) es una de las calles del casco antiguo de Logroño (La Rioja, España), famosa por ser un lugar típico de tapeo de la ciudad. La calle se encuentra a escasos 50 metros del centro histórico de la ciudad, el Paseo del Espolón. El acceso a la misma se realiza desde las calles Capitán Gallarza, Albornoz y Travesía del Laurel.

En los poco más de 200 metros que forman esta calle y sus alrededores están establecidos más de 65 bares y restaurantes, ofreciendo todos ellos distintas tapas, más conocidas en el norte de España como pinchos. A diferencia de otras zonas gastronómicas de los alrededores, la costumbre es que en cada bar se ofrezcan una o dos especialidades.


 - ¿Qué es un Gastropub o Gastrobar?: Un gastropub es un concepto británico referido a un public house (“pub”) que se especializa en la comercialización de comida de calidad, llegando a un paso por encima de la más básica versión del “pub grub” (comida típica de pub). El nombre asignado a estos nuevos locales es una especie de portmanteau (contracción) de la palabra Gastronomía y pub acuñada en el año 1991 cuando David Eyre y Mike Belben abrieron un pub denominado The Eagle en Clerkenwell, Londres. Pusieron especial énfasis en la calidad de la comida servida a los comensales, entendiendo que existen buenos pubs que sirven comidas bajo este criterio.

Los Gastropubs se centran en generar una atmósfera relajada (denominada: Gemütlichkeit) y se focalizan en la vigilancia de la calidad y preparación de los alimentos ofrecidos, comparándose a los grandes restaurantes. Los platos suelen ser sofisticados y se pueden pedir buenos vinos (existe carta de vinos) y cervezas al igual que en un restaurante.
Se puede describir ciertas similitudes con la brasserie francesa o de la japonesa izakaya. Algunas cadenas de alimentación y restaurantes como Marks & Spencer ofrecen comidas preparadas (TV dinner) en sus mercados bajo la denominación “Gastropub”.


De esta forma en España "El Gastrobar" se denomina así a un bar-restaurante que procura acercar la alta cocina a las clases más populares sirviendo tapas de autor a precios asequibles (por lo menos esa es la intención en muchos casos).

Por regla general se trata de cocineros con estrella Michelin. La denominación del gastrobar reúne por un lado la elaboración estudiada de la Gastronomía con la rapidez popular de un establecimiento como puede ser un simple bar. A diferencia de un bar común en el que se toman las tapas de pie, en el gastrobar existe un servicio de mesa. El gastrobar nace como inspiración de los gastropubs ingleses.

El gastrobar se puede considerar una "internacionalización" del concepto tapa española a diversos países, haciendo que pase de un aspecto popular y clásico a una visión avanzada y más moderna. Se dice que el concepto nace de la crisis financiera del 2008 con la intención de rebajar los precios de los platos de la alta cocina y acercarlos al gran público. Los primeros grastropubs fueron el "Estado Puro" de Paco Roncero en Madrid y en Barcelona el "Tapas24" de Carles Abellán.


 - ¿Qué es la cocina en miniatura?: Cocina en miniatura es la que hace referencia, principalmente, a los tradicionales pinchos, banderillas, tapas, antojitos, montaditos, etcétera, pero desde una perspectiva de la alta cocina.

El origen de la cocina en miniatura se halla en la costumbre del chiquiteo, hasta hace pocos años una tradición casi exclusivamente masculina. Los bocados se tomaban más para preparar el estómago para recibir el vino que por el propio placer de la tapa. En los últimos años, las mujeres han entrado en las cuadrillas o han formado las suyas propias, exigiendo menos alcohol y una mejor gastronomía.

En este camino hacia la cocina en miniatura, una parte vino del recetario tradicional de banderillas y pinchos. Ahora, en muchas barras de bares, la oferta ha mejorado en calidad y estética, uniéndose a las nuevas tendencias gastronómicas cada vez más exigentes y variadas. En muchos casos, estas pequeñas versiones de la alta cocina son comparables a las de los grandes restaurantes y están presentes en eventos culturales de primer orden. Incluso ya se imparte formación específica sobre cocina en miniatura.
ina en miniatura.


- Historia: El Bar Tivoli sustituyó en los años 50 al restaurante Puerto Rico. Colindante con la plaza de Abastos, atendía a los comerciantes que, casi de madrugada, acudían diariamente al mercado para ocupar sus puestos. Cafés, almuerzos, partidas de cartas, tertulias y negocios convirtieron al Tivoli en un epicentro de la capital. El bar cerró sus puertas el 5 de noviembre de 1999 y en 2013 volvió a reabrirlas aunque bajo la marca Noche y Día.

Al principio la familia Bóbeda Fernández (propietarios de la cadena Noche y Día) adquirió a la inmobiliaria Río Ara, promotora del edificio residencial levantado en la manzana, el local que albergaba la histórica cafetería Tivoli en el año 2012 con la pretensión de abrir un local de hostelería, pero chocó con la legislación, ya que todavía está vigente la normativa que impedía abrir nuevos establecimientos a una distancia inferior a 25 metros.

El Ayuntamiento denegó aquella primera solicitud de licencia, pero consciente de que se trataba de una cuestión temporal, ya que debía adaptar su normativa a la denominada directiva europea Bolkestein para la liberalización de los servicios -concretada en la conocida como Ley Ómnibus en España del año 2009, que preveía el libre acceso a las actividades del sector servicios-. La derogación de las distancias para apertura de nuevos establecimientos fue aprobada definitivamente, ya que el acuerdo del pleno municipal contaba ya con el visto bueno de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.

Concurso Mejor Sumiller de España 2014 - UAES WIP 2014

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CONCURSO MEJOR SUMILLER DE ESPAÑA 2014 - UAES WIP 2014

Guillermo Cruz se proclama Mejor Sumiller de España 2014. El sumiller del restaurante Mugaritz se impuso a los finalistas Josep Pelegrín, de Barcelona, y Roberto Durán, de Mallorca

La Unión de Asociaciones Españolas de Sumilleres (UAES) ha celebrado los días 9 y 10 de diciembre el Concurso oficial Mejor sumiller de España 2014.

La cita de este año ha sido en Santiago de Compostela, y las sedes del Hotel Puerta del Camino y del Palacio de Congresos y exposiciones de Galicia.

A la semifinal llegaron 41 profesionales. Los 3 finalistas fueron D. Roberto Durán del Restaurante Caballito de mar de Palma de Mallorca (representando a Baleares), D. Josep Pelegrín, gerente del Petit Celler de Manresa (representando a Barcelona) y finalmente el ganador D. Guillermo Cruz, del restaurante Mugaritz (representando a Aragón).

LAS PRUEBAS TEÓRICAS Y PRÁCTICAS DE LA FINAL

- Preelimínales: Antes de llegar a Santiago, los concursantes tienen que ganarse su participación en sus respectivas asociaciones ya sean provinciales, regionales o autonómicas para acreditar su preparación y optar al concurso de mejor sumiller de España.

- El primer día: Tiene lugar la semifinal, que es la que determina quienes son los tres aspirantes a la final del día siguiente. Es una prueba en la que se enfrentan a una cata escrita de un vino blanco, un tinto y un destilado para la que disponen de 30 minutos de duración.

Posteriormente se accede a un temario escrito en forma de 50 preguntas de todo tipo donde se deben contestar a preguntas sobre viticultura, enología, legislación nacional e internacional, vinos españoles y vinos del mundo, tecnología, geografía nacional e internacional, conocimiento de productos, elaboración de platos y un largo etc.. La duración de la prueba es de 90 minutos.

- Una vez en la final hay que pasar seis diferentes pruebas:

1. La primera de ellas es el Rapitest: Consiste en responder ante el público a una serie de cuestiones, deben contestar inmediatamente después de que se les haga la pregunta.

2. A continuación hay que describir e identificar una serie de 5 productos en un tiempo de 11 minutos.

3. Después tienen que hacer frente a una carta de vinos errónea, en la que hay que averiguar donde está el error (si es que lo tiene) para lo que se disponen de 5 minutos.

4. En la siguiente prueba deben recomendar todo tipo de bebidas, que puedan encajar o maridar ante un determinado menú. Se dispone de 10 minutos.

5. Le sigue la prueba de decantación de un vino en la que tienen que aprovisionarse de todo lo que consideren necesario para su realización (el material se encuentra en una mesa cercana). Esta prueba tiene su punto más álgido y vistoso para el público en el encendido de la vela con el fin de iluminar el gollete de la botella para poder observar la materia colorante depositada en el fondo de la botella e impedir que pasen al decantador, todo esto en un plazo de 5 minutos.

6. También existe una prueba de idiomas en la que tienen que responder en francés o inglés a preguntas sobre un tema en concreto.


EL JURADO

Un jurado integrado en el público (el jurado de estilo) valora en todo momento la actuación del concursante. El jurado en si está compuesto por el comité técnico de UAES y siete miembros no profesionales:

- D. Aldo Marcelo de Luca (Nestlé Waters / San Pellegrino)
- D. Iñigo Silva (Real conservera española)
- D. Jesús Prieto (Schott Zwiesel)
- D. Luis Díez (Sánchez Romate)
- Dª Silvia Grimaldo (Consejo regulador del cava)
- Dña. Paula Fandiño (Mar de Frades/ Ramón Bilbao)
- D. Victor Parra (Affligem / Heineken)

LOS TROFEOS

En esta edición los trofeos han sido tres decantadores fabricados en la Real Fábrica de Cristales de San Ildefonso – La Granja. Las piezas del segundo y tercer puesto son decantadores clásicos mientras que el del ganador es un decantador de una serie limitada con nombre propio. La Real Fábrica de Cristales de La Granja convocó un concurso de diseño bajo las indicaciones del histórico sumiller madrileño Custodio López Zamarra… En palabras del propio Sr López Zamarra “Yo sólo les dije que un decantador debe ser práctico y bonito”. Un diseñador colombiano presentó al concurso su propuesta de lo que finalmente se ha dado en llamar Decantador Custodio.

Este año, el ganador ha recibido además un regalo muy especial de uno de los patrocinadores del evento. Luis Diez, director nacional de ventas de Bodegas Sánchez Romate le hizo entrega de un estuche conmemorativo con una botella de Brandy Cardenal Mendoza Non Plus Ultra. Hasta la fecha, Bodegas Romate sólo había hecho entrega de semejante regalo al Papa Francisco.

EL CONGRESO TÉCNICO. SUMILLERES WORK IN PROGRESS – UAES WIP 2014

Desde hace algunos años y asta la edición de 2012 el Concurso oficial Mejor sumiller de España se celebraba como programación complementaria dentro de los principales eventos gastronómicos del país. Desde que en el año 2013 se celebra la primera edición del concurso como evento autónomo.

En esta nueva concepción de concurso arraiga la idea de transmitir la importancia que tiene en la profesión el estudio, la preparación y el trabajo. Así nace congreso técnico para profesionales que acompaña al concurso: UAES WIP

Clases magistrales, catas, maridajes y ponencias:

- Affligem: Una clase magistral sobre el perfect serve de esta cerveza de abadía belga, a cargo de Yolanda Bravo, experta en vino y cerveza. Maridaje de cerveza Affligem Double con productos y carnes de la tierra.

- Mar de Frades: Dª Paula Fandiño, enóloga y gerente de Mar de Frades llevó a cabo una cata de 9 vinos entre entre los que se presentaron además de las líneas clásicas de la bodega otros de nuevo concepto como la línea de espumosos. Estos caldos se pudieron catar a lo largo de ambas jornadas.

- Sánchez Romate: Clase magistral del brandy de Jeréz Cardenal Mendoza. A cargo de Luis Díez (director nacional de ventas) y el sumiller José Joaquín Cortés (Nariz de oro 2012).

- Consejo Regulador del Cava: La cena que clausuró el concurso fue maridada por el recién nombrado Mejor sumiller de España 2014. El producto aportado por el CR del Cava fue maridado por Guillermo Cruz vigente campeón así como por Pilar Cavero, campeona saliente. Silvia Grimaldo, CR cava manager realizó una disertación sobre la actualidad del Consejo regulador y las líneas de trabajo presentes y futuras de los cavas a nivel nacional e internacional.

- Schott Zwiesel: D. Jesús Prieto, delegado comercial de la zona norte de Schott Zwiesel, hizo una presentación de Zwiesel Kristallglas AG vende sus productos en 120 países. Las principales cadenas hoteleras, 50 compañías aéreas y 10 de las más grandes líneas navieras del mundo usan sus artículos. La altísima calidad de estos productos hace que sean los elegidos por una gran cantidad de establecimientos HORECA en nuestro país, algunos de los cuales regentados por profesionales de UAES.

COLABORACIONES

Importantes grupos empresariales del sector (HGA / Grupo Horacio Gómez) y bodegas con producciones de gran calidad como Bodegas Zarate, Gargalo, Santiago Roma, Torres de Oña, Valtea Vilarvin y Quinta do Buble, participaron en el evento desarrollando salas de cata y otras actividades del programa.

Destacar la gran profesionalidad demostrada por el equipo del Hotel Puerta del Camino al desarrollar a la perfección todas las acciones del porgrama de un evento que requiere de grandes dosis de efectividad por la tipología de las actividades.

Por último desde UAES se hace una especial mención al impecable trato dispensado por los responsables del Santiago Convention Bureau, del Palacio de Exposiciones y Congresos de Galcia así como por el propio Concello de Santiago de Compostela.

Tapas y Pinchos Victoria - Cafetería, Bar y Restaurante en Logorño

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TAPAS Y PINCHOS VICTORIA - BAR Y RESTAURANTE EN LOGROÑO

Nació en los años 40 y se ha ido modernizando, pasando a formar parte de los míticos bares de Logroño. Junto a la Laurel, es parada obligatoria.

- Desayuno: Croissant, bollería, tartas y bizcochos caseros para primera hora de la mañana. Repostería casera. Para los que les gusta lo salado también se ofrece tostadas de pan con aceite, tomate o jamón.

- Almuerzo: Avanzada la mañana la oferta se amplia, gran variedad de pinchos, sándwiches y bocadillos con distintos panes aparecen en la barra. Sin olvidar la mas que conocida tortilla de patata con o sin cebolla.

- Comida: Platos de temporada, dos primeros y dos segundos con postre y bebida. También se puede comer o cenar eligiendo de las tapas de la carta o también puedes dejarte llevar con su selección de 5 pinchos de cada día.

- Merienda: Repostería casera, cafés, chocolate, tostadas en invierno, algo de picoteo en verano.

- Cenas: Basadas en la carta de picoteo o de tapas. Variedad para elegir.

- Copas o digestivos:
Después de comer o cenar, acabar con una buena copa o un digestivo.

- Dirección: Calle Víctor Pradera 3, Logroño, España
- Teléfono: +34 941 20 06 25
- Web: www.tapasypinchosvictoria.com


HISTORIA

- Desde 1942. Establecimiento de referencia para los logroñeses: Cafetería Victoria abre sus puertas a mediados de los años cuarenta en la calle Carnicerías, en pleno Casco Antiguo de Logroño, y desde entonces forma parte del cariño y la vida social logroñesa.

- Los 80. Siempre buscando innovar: En los ochenta llena su barra de de una gran variedad de pinchos, algo que se antojaba atrevidamente novedoso en aquella época.

- Los 90. Se traslada el centro del ocio logroñés y ellos también: En septiembre de 1991 abre su nuevo establecimiento en calle Víctor Pradera nº 3 para seguir dando servicio cerca de sus clientes.

- En 2014. Reabren sus puertas: En abril de 2014, de la mano de la nueva generación, se renueva el local y se llena de nuevos proyectos para adaptarse a los nuevos gustos. Tratando de sorprender cada día con nuevas propuestas. La experiencia familiar ayuda a afrontan el reto y seguir siendo un punto de referencia en la ciudad ahora como hace setenta años.

CARTA DE PINCHOS

Cada día se proponen llenar la barra de propuestas creativas. Pequeños manjares en miniatura fríos y calientes, llenos de color y sabor, en diferentes formatos adaptados a cada momento del día.

El vermut de los sábados se llena de clientes fieles que esperan ver con curiosidad la novedad del día. Se puede decir que en este momento la carta de pinchos ya supera los 150.


Fríos:
- Manzana caramelizada, foie fresco, y mermelada de higos.
- Ravioli de Idiazabal con anchoa ahumada y cebolla pochada al Izaguirre.
- Sandía marinada con aceite y eneldo. Croqueta de lubina y gamba.
- Pan tostado, bonito encebollado, cebolla frita y guindilla.
- Bizcocho de naranja, pastel de cabracho y gelatina de naranja.
- Pan tostado, queso cremoso, tomate natural, calabacín, langostino, huevas negras, y manzana asada.
- Pan tostado untado con queso azul, queso cremoso y mantequilla. Salmón ahumado y nuez.
- Pan tostado, rodaja de manzana asada, pâté, pimientos rojos asados, bacalao ahumado, papada ibérica y mermelada de melocotón.
- Loncha de melón rellena de crema de queso,foie y salsa de espinacas.
- Salmón fresco, langostino cocido, tomate natural, guacamole, cebolla roja, algas Crunch y zanahoria encurtida.
- Tostada de pan de molde bajo un pisto con pimientos, cebolla, calabacín y berenjena. Acabado con un boquerón en vinagre.
- Bacalao fresco, tomate natural, aguacate, cebolla roja, lima y cilantro.
- Crema de puerros a base de nata, cebolla, puerros, foie fresco, yema de huevo y queso Gouda.
- Pan tostado, salmón ahumado, langostino, txaka, mahonesa, picada de pimientos y gulas.
- Pan tostado, bonito encebollado, mahonesa, boquerón en vinagre, picada de pimientos y tapenade.
- Pan tostado, manzana asada, paté, patata frita y cebolla pochada.
- Rebanada de pan frito con txaka y mahonesa.
- Pan frito, mahonesa, anchoa en salazón, huevo cocido y langostino.
- Pan tostado y picado de salmón ahumado, jamón de York y mahonesa.


Calientes:
- Langostino empanado, frito y acompañado con algas Wakame y salsa de ostras.
- Vieira a la manzanilla con wakame.
- Lomo de ciervo con cacao y vino.
- Escalfado y aderezado con salsa de chorizo y dátiles, migas con panceta y vinagreta de uvas.
- Viera con salsa de gambas y vermut
- Tosta de queso de ajo con salsa holandesa y ajetes frescos
- Bacalao à Brás sobre patata paja
- Croquetas de cabrales con salsa de sidra
- Jugoso rollito de lomo, jamón y setas sobre nido de patata
- Sorprendente mezcla de sabores dulces y salados envueltos en fina masa Brick.
- Carpaccio de Manitas con hongos, verduras y frutos secos
- Ravioli de Idiazabal con anchoa ahumada y cebolla pochada al Izaguirre
- San Jacobo con crema fundente a los 4 quesos
- Vichyssoise con langostino, hongos y vainas
- Sandwich de Boletus con jamón y yema de huevo
- Tosta de revuelto de alcachofas sobre queso Brie y manta de jamón
- Cazuelita de callos con huevo frito de codorniz
- Tigre especial del chef con jalapeños
- Buñuelos de bacalao con surtido de salsas
- Cocochas de bacalao cubiertas de salsa al Pil Pil y mango
- Pollo al estilo thai sobre una cama de arroz y aderezado con frutos


- Torrija frita al Pedro Ximénez con boletus y foie acompañado y crispy de ternera
- Crema suave de alcachofas acompañando al huevo poché, con salteado de boletus de temporada.
- Ortiguillas de mar empanizado con crujiente de cebolla con un toque de Ali-Olí
- Empanadilla de langostinos con champis en una suave salsa de vermú.
- Escalope de tomate de huerta con queso fresco y albahaca
- Verduras en escabeche y jamón de bellota.
- Ravioli asado de rabo de buey con salsa de vino tinto y lonchas de calabacín.
- Sandía marinada con aceite y eneldo. Croqueta de lubina y gamba.
- Rebanada de pan con lechugas variadas, jamón y champiñones salteados.
- Daditos de solomillo de buey salteados con ajo y base de patata frita.
- Huevos fritos con papada ibérica y trufa rallada.
- Huevos rotos con patatas y jamón puro de bellota.
- Hamburguesa con foie fresco a la plancha, alcachofa en tempura y mostaza.
- Croquetas negras de chipirón. Tierra o mar, tú decides!
- Fantástica fusión: Patitas de cordero deshuesadas en salsa verde con cocochas de bacalao al pil pil.
- Jamón de bellota-trufa-emmental.
- Viera a la plancha con quinoa, ali-oli ligero y aceite de rúcula
- Brazo de pulpo teñido con salsa GochuJang, con crema de patata.
- Paquete frito a base de alga Nori, langostinos crudos, bacon ahumado y dátiles.
- De jamón de bellota. Tierra o mar, tú decides!
- Pan tostado, solomillo de cerdo, lechugas variadas y jalea de vino tinto.


- Ravioli asado de bacon relleno con champiñones al Pedro Ximénez y queso.
- Hamburguesa casera poco hecha acompañada de rúcula, cebolla pochada, gelatina de Rioja y salsa de wasabi y rábano.
- Pan tostado, lechugas variadas, medallón de foie fresco a la plancha y fresas maceradas.
- Surtido de verduras en tempura con patitas de bogavante y soja.
- Pan tostado, bacalao al pil-pil con puré de mango y germinados de cebolla.
- Taco de bacalao encamisado con panceta, asado y acompañado con guacamole y tomate Concasse.
- Queso Gouda con comino envuelto en pasta filo, frito y mermelada de higo o vino.
- Sándwich de bacon, queso azul frito y envuelto con tocino.
- Pan tostado, calabacín y berenjena asadas, queso de cabra caramelizado con azúcar moreno.
- Pan de cristal tostado, papada ibérica, parmesano, germinados de cebolla y esferificaciones de aceite de oliva y albahaca.
- Crema de puerros a base de nata, cebolla, puerros, foie fresco, yema de huevo y queso Gouda.

Repostería casera:
- Tarta de queso con moras silvestres
- Goshua con licor valvanera
- Coulant de chocolate y helado de mango
- Flan de manzana al calvados
- Cuajada artesana
- Postre especial pastelería Viena. (Fines de semana)


FILOSOFÍA DEL "SLOW FOOD" (COMIDA LENTA)

Comer tapeando, con una visión de "Slow Food" a base de deliciosos pinchos. Slow food (comida lenta) es un movimiento internacional nacido en Italia que se contrapone a la estandarización del gusto en la gastronomía, y promueve la difusión de una nueva filosofía que combina placer y conocimiento. Opera en todos los continentes por la salvaguarda de las tradiciones gastronómicas regionales, con sus productos y métodos de cultivación. El símbolo de slow food es el caracol, emblema de la lentitud.

- Historia: La asociación fue fundada en 1986 en Bra (provincia de Cuneo, Italia) por Carlo Petrini bajo el nombre originario de ArciGola. Hoy en día el movimiento internacional slow food está presente en más de 50 países y cuenta con más de 83.000 socios. En Italia, slow food tiene 35.000 personas inscritas organizadas en 330 sedes locales llamadas condotte ("conductas"). En el resto del mundo las sedes locales se llaman convivía. En 2002 nace la Fundación Slow Food por la biodiversidad.

- Según el estatuto de slow food Italia y Francia, los objetivos de la asociación son:
a) Otorgar dignidad cultural a las temáticas relacionadas con la comida y la alimentación.
b) Individualizar los productos alimenticios y las modalidades de producción ligados a un territorio, en una óptica de salvaguardia de la biodiversidad, promoviendo su categorización y protección en tanto que bienes culturales.
c) Elevar la cultura alimentaria de la ciudadanía y, en particular, de las generaciones más jóvenes, con el objetivo de lograr la plena conciencia del derecho al placer y al gusto.
d) Promover la práctica de una calidad de vida distinta, basada en el respeto al ritmo y tiempo naturales, al ambiente y la salud de los consumidores, favoreciendo la fruición de aquellos que representen la máxima expresión cualitativa.


- Slow Food promueve:
a) La educación del gusto como el mejor argumento contra la calidad mediocre de la comida y los fraudes alimentarios.
b) Las acciones por la salvaguardia de la cocina local, de las producciones tradicionales, de las especies vegetales y animales en peligro de extinción.
c) Un nuevo modelo de agricultura menos intensivo y más limpio, fundamentado en los conocimientos y el saber hacer de las comunidades locales, por ser un modelo capaz de ofrecer perspectivas de desarrollo incluso en las regiones más pobres del planeta.
d) La protección de los alimentos, materias primas, técnicas de cultivo y de transformación, heredadas de los usos locales consolidados en el tiempo.
e) La defensa de la biodiversidad de las especies cultivadas y salvajes.
f) La protección de locales gastronómicos y de convivencia que por su valor histórico, artístico o social, forman parte del patrimonio de la cultura material.

- Actividades: Slow food organiza algunas de las más importantes ferias dedicadas a la alimentación, entre las que destacan el "Salón del Gusto", en el Lingotto de Turín (en años pares), y "Slowfish", en Génova, y "Cheese", en Bra (en años impares). La universidad de ciencias gastronómicas en Pollenzo (provincia de Cuneo) y Colorno (provincia de Parma) ha sido fundada por slow food, en colaboración con las regiones del Piamonte y Emilia-Romaña.

El proyecto más importante llevado a cabo por Slow Food es el "Arca del Gusto": un censo de productos alimenticios locales amenazados de extinción. En conexión con el Arca funcionan los "baluartes" (en italiano "presidii"), proyectos sobre el territorio que tienen como objetivo sostener concretamente estos productos (a partir de 2000).

Vinos Periféricos de La Rioja Alta - Alfredo Selas Mejor Sumiller de La Rioja 2004

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VINOS PERIFÉRICOS DE LA RIOJA ALTA

Texto consultado: www.blogs.larioja.com "A ojo de buen cubero" (Escrito por Alfredo Selas Escribano)

Alfredo Selas Escribano, ganador del Concurso Mejor Sumiller de La Rioja 2004 y primer presidente de la Asociación Cultural de Sumilleres de La Rioja explica en su blog, cómo son los vinos que provienen de viñedos que sobreviven en los verdaderos límites de la zona, en esta parte de los Montes Obarenes, es decir, las Conchas de Haro, Villalba, El Ternero, Sajazarra, Cellorigo, Cuzcurrita y, en fin, también la zona sur de la N-120 vecina de la Sierra de la Demanda.

Y es que si estas zonas riojalteñas ya de por sí abundan en características diferenciales, lo que de verdad marca es la climatología que, sobre todo desde hace unos treinta años, se caracteriza por unas diferencias significativa entre vendimias. Llámese cambio climático u otra cosa.

Las cosas han cambiado en tantos aspectos por lo que respecta a los vinos riojalteños que resulta arduo encontrarse con ese perfil aludido al principio de vinos finos, delicados, con vocación de largas crianzas. Aún así, deberíamos convenir en que el presente es muy sustancioso, con grandes elaboraciones; y el porvenir ha de ser muy halagüeño pues si es cierto que se adelantan las vendimias, donde una de las particularidades de estas cepas periféricas es su ciclo, el más largo de Europa.

URBINA UVA PASA RESERVA ESPECIAL 2005

Resulta notorio cómo la unión del azar y la necesidad puede dar resultados como este vino, que presenta un color cereza con ribetes de evolución; de capa media y brillante. En nariz destacan aromas muy peculiares que al principio cuesta asociar a los de un vino tinto, pero que son limpios y luminosos con amplios registros de frutillos rojos golosos (chicle bazooka); además se perciben notas fragantes de plantas aromáticas de manantial y otros (caja de puros); retamas olorosas y hojas de té blanco; y todo sobre un fondo sutilmente especiado propio de los vinos maduros clásicos de La Rioja.

En boca es de una suavidad envolvente; fino, sabroso; paso fácil, acariciante (pura seda en el tacto bucal) con un posgusto levemente amargoso en el final que se alarga en la retronasal, evocadora de pasas y paloduz. Buenas prestaciones para maridar. Una delicia de vino por tanto como sugiere su ingesta.

CUZCURRITA DE RÍO TIRÓN

Cuzcurrita, una preciosidad de pueblo con mucha historia vitícola, engalanado cada día para abrir paso al Río Tirón, que siempre pasa bravo. Ahí dos bodegas de referencia, Urbina y Señorío de Cuzcurrita, más la recién llegada Tobía, están imprimiendo carácter con trabajos serios en viñedos y bodegas. En Bodegas Urbina, Pedro Benito hijo está desarrollando una labor seria: dar visibilidad, comunicar en clave de modernidad, la realidad suculenta de unos vinos que emanan clasicismo y autenticidad. Oscar Tobía apunta que los vinos de la zona, que él denomina “rioja altísima” -probablemente el eslabón perdido entre la Ribera  del Duero y la Rioja por su ambiente mesetario- nacen para envejecer muy lentamente.

ALFREDO SELAS ESCRIBANO

Con toda su experiencia acumulada a trabes del tiempo; Su pasión por el mundo del vino, su vocación de servicio hacia el cliente; Capacidad de adaptación a nuevas situaciones y retos; Además de habilidades comunicadoras. Hacen que ha día de hoy Alfredo Selas Escribano destaque en el mundo laboral como uno de los mejores sumilleres de la rioja y del ámbito nacional.

Premios y distinciones:
- Tercer Clasificado del V Concurso Oficial Nacional de Sumilleres. Oviedo, octubre 2004
- Ganador del III Concurso Nacional de Sumilleres Ciudad de Avila. Marzo 2004
- Ganador del II Concurso Mejor Sumiller de La Rioja. Logroño. Septiembre 2004
- Segundo Premio del Concurso de Sumilleres UAES “Expresiones” de Marqués de Riscal. Sevilla, Mayo 2005
- Finalista de “La Nariz de Oro-Sumiller” 2001 y 2003. Madrid

Experiencia laboral:
- Maitre D´Hotel y Sumiller, La Rioja, Burgos, y Valdepeñas.
- 2013 – 2014 Máster Integral del Vino, Enoturismo, Wine Internationalitation, Wine Educator
- En 2011 Restaurante Adolfo. Recomendación, maridajes y servicio de vinos. Presentación y servicio en la mesa desde el carro de quesos. Visitas guiadas y catas (en español o inglés) en bodega histórica del siglo XVI con 16.000 botellas. Control y reposición de Carta de Vinos con 1.550 referencias.
- En 2010 Segundo maitre y sumiller, Hotel La Caminera***** Torrenueva.
- 2008 y 2009 Profesor de Cursos de Cata de vinos. Haro, La Rioja.
- De 2005 a 2007 Propietario/Director del Bar-Restaurante en Ollauri, La Rioja.
- De 2003 a Agosto 2004 Jefe de Sala/Sumiller en Restaurante Las Duelas, Haro; ejerciendo las funciones de ambos puestos.
- De Septiembre 2004 a Mayo 2005 Maitre D´Hotel/Sumiller en Hotel Palacio de los Blasones **** Burgos; nuevo hotel en edificio histórico del siglo XVI. Preparación de todos los servicios de restauración y bebidas, bodega y carta de vinos; formación del personal previo a la inauguración.
- Estudios para el Diploma de Sumiller en 2000

Estudios:
- Primer año Filología Hispánica.
- Certificate of Proficiency in English, University of Cambridge.
- TOEFL Diploma, SILC, Edinburgh.
- Diploma Jefe de Sala Especializado en Servicio Europeo, Euroqualification, Bruselas (9 meses).
- Diploma Sumiller, Hotel-Escuela Bellamar, Marbella (450 horas).
- Cursos diversos de especialización.

Publicaciones:
- Autor del blog "A ojo de buen cubero" en www.lomejordelvinoderioja.com
- Secretos y Claves de la Cata, Edit. Atrio, Granada, 2014

La Modificación del Contrato de Trabajo

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LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO

La relación laboral se caracteriza por ser una relación jurídica duradera que, a lo largo de su vida, puede sufrir diversas modificaciones, que pueden ser debidas a:

- Un cambio de las normas que la regulan, ya sean legales o pactadas (Convenios Colectivos).
- Un acuerdo entre las partes, ya sea colectivo (con los representantes del personal) o individual (con el trabajador).
- La voluntad del empresario, quien puede modificar unilate­ralmente determinadas condiciones de trabajo.
- La subrogación empresarial, que tiene lugar cuando cambia el titular de la empresa ya sea por muerte del empresario o por venta de la empresa.

El empresario en virtud de su poder de dirección puede alterar algunas de las condiciones de trabajo, pero siempre causando el mínimo perjuicio, de ahí que existan limitaciones legales destinadas a garantizar el máximo respeto a los derechos del trabajador.

Estas modificaciones pueden afectar a las funciones que realizamos, al lugar donde desempeñamos nuestro trabajo o aspectos relacionados con nuestra jornada, retribución, etc. Para poder analizar con claridad los diferentes casos de modificación, se pueden clasificar en tres categorías:

- Movilidad funcional.
- Movilidad geográfica.
- Otras modificaciones sustanciales.


LA MOVILIDAD FUNCIONAL

La movilidad funcional regulada en el art. 39 ET, consiste en un cambio de funciones profesionales, ordena­do unilateralmente por el empresario por necesidades de la empresa, que únicamente se admite cuando no afecte a la dignidad, formación y promoción de los trabajadores afectados.

Cabe distinguir tres supuestos:

1. Movilidad dentro del grupo profesional o entre categorías equivalentes: podrá ser ordenada libremente por el empresario sin límite de tiempo, siempre que respete la titulación profesional exigida para el desempeño del puesto de trabajo. El trabajador tendrá derecho al salario correspondiente al nuevo puesto salvo que sea de inferior cuantía, en cuyo caso mantendrá la retribución del puesto anterior.

2. Movilidad fuera del grupo profesional o entre categorías no equivalentes: en tal caso las funciones encomendadas pueden ser superiores o inferiores a la categoría del trabajador pactada en su contrato.

- Movilidad ascendente: tiene lugar cuando se ordena la realización de funciones de categoría superior. Este cambio puede ser exigido por el empresario, pero sólo por el tiempo imprescindible y siempre que existan razones técnicas u organizativas que lo justifiquen. Cuando ésta situación se prolonguen durante los periodos que fija el ET (más de 6 meses durante un año, o más de 8 meses durante dos años) o los convenios colectivos, el trabajador tendrá derecho a solicitar que la vacante sea cubierta definitivamente por quien pueda tener derecho a ella según las reglas de ascenso aplicables en la empresa (incluido el propio trabajador solicitante).

- Movilidad descendente: también cabe la posibilidad de que el empresario ordene la realización de funciones inferiores en casos excepcio­nales por necesidades urgentes e imprevisibles de la actividad, pero sólo por el tiempo imprescindible y sin que este cambio pueda entrañar disminución alguna del salario que percibe el trabajador correspondiente a su puesto originario.


LA MOVILIDAD GEOGRÁFICA

Según el artículo 40 ET, existe movilidad geográfica cuando por razones económi­cas, técnicas, organizativas o de producción la empresa ordena un cambio del lugar de trabajo y esto implica un cambio de residencia del trabajador, de no darse esta última circunstancia no cabe hablar de movilidad geográfica.

Modalidades de movilidad geográfica y trabajadores afectados:

- Individual, si afecta a un solo trabajador, o Colectivo, si afecta a un determinado número de trabajadores que la propia ley establece (artículo 40 ET).
- Traslados: Superior a 12 meses en un periodo de tres años.   
- Desplazamientos: No excede 12 meses en un periodo de tres años.

El procedimiento a seguir es diferente según el caso:

1. En los casos de traslado, la empresa deberá seguir los trámites siguientes:
- Deberá comunicar la decisión al trabajador/es afectado/s y representantes legales como mínimo treinta días antes de la fecha prevista para el traslado.
- Si el traslado fuese colectivo, se inicia una "fase de consultas" con los representantes del personal a fin de llegar a un acuerdo, y se solicita el informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En los supuestos de ausencia de representación legal de los trabajadores, éstos podrán atribuir su representación a una comisión de un máximo de tres miembros integrada por trabajadores de la propia empresa y elegida por éstos democráticamente. Se alcance o no un acuerdo con estos representantes, el empresario adoptará la medida que crea conveniente.

2. Cuando se trate de un desplazamiento, si éste es superior a tres meses, la empresa deberá comunicarlo con 5 días de preaviso, y el trabajador gozará de un permiso remunerado de 4 días laborables en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, siendo a cargo de la empresa los gastos del mismo.

El trabajador está obligado a obedecer la orden empresarial, porque la medida es ejecutiva, es decir es obligatoria, en consecuencia, en los casos de traslado, una vez agotado el plazo de 30 días deberá cumplirla y percibirá una cantidad para compensa­r los gastos del traslado, no obstante si no está de acuerdo con ella puede optar entre:

- Cumplir la orden, pero impugnarla ante la Jurisdicción social en el plazo de veinte días a contar desde que le fue notificada, que podrá declararla justificada o injustificada.

- Rechazar el traslado y extinguir su contrato con derecho a una indemnización de veinte días de salario por año de servicio con un límite de doce mensualidades.

Cuando se trate de una orden de desplazamiento, no es preciso realizar el procedimiento anterior el trabajador deberá cumplirla de inmediato, percibiendo el importe de los gastos de viaje, y de no estar de acuerdo con la misma, podrá tan solo impugnarla ante la jurisdicción social en el plazo de veinte días.


OTRAS MODIFICACIONES SUSTANCIALES

De acuerdo con el art. 41 ET se consideran modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a: jornada de trabajo, horarios y distribución del tiempo de trabajo, turnos de trabajo, remuneración y funciones profesionales en los casos no contemplados en el art. 39 ET antes examinados, y sean motivadas por causas de índole económica, técnica, organizativa o de producción.

Se entenderá que concurren estas causas cuando la adopción de las medidas propuestas contribuya a prevenir una evolución negativa de la empresa o a mejorar la situación  de la misma a través de una más adecuada organización de sus recursos.

Las modificaciones sustanciales, ya sean individuales o colectivas, han de hacerse efectivas siguiendo el procedimiento antes descrito al estudiar los traslados, con las siguientes particularidades:

- Cuando se trate de modificaciones colectivas de condiciones de trabajo reconocidas a los trabajadores y trabajadoras por acuerdo colectivo o concedidas unilateralmente por el empresario o la empresaria, una vez finalizado el período de consultas sin acuerdo, el empresario o empresaria notificará a los trabajadores y trabajadoras su decisión sobre la modificación, que surtirá efectos transcurrido el plazo de 30 días.

- Cuando se trate de modificaciones colectivas de condiciones establecidas en los convenios colectivos, a excepción de la jornada,  será necesario alcanzar un acuerdo con los representantes de los trabajadores y trabajadoras, pues la empresa no puede decidir unilateralmente el cambio. Este acuerdo estará vigente durante un periodo no superior a la vigencia del convenio colectivo cuya modificación se pretenda.

El empresario y la representación de los trabajadores y trabajadoras  podrán acordar en cualquier momento la sustitución del periodo de consultas por el procedimiento de mediación o arbitraje que sea de aplicación en el ámbito de la empresa, que deberá desarrollarse dentro del plazo máximo señalado para dicho periodo.

El trabajador  o la  trabajadora únicamente podrá optar por extinguir su contrato de trabajo en los casos siguientes:

- Cuando la modificación afecte a la jornada, horario y turnos, y le cause un perjuicio podrá rescindir  su contrato con derecho a una indemnización, que será como mínimo de 20 días de salario por año de servicio, hasta un máximo de nueve mensualidades.

- En el caso de que la modificación suponga un perjuicio a su formación profesional o dignidad, el trabajador o la trabajadora podrá solicitar ante la Jurisdicción social la resolución de su contrato con derecho a una indemnización de 45 días de salario por año de servicio hasta un máximo de 42 mensualidades.

El Salario: Conceptos; Estructura; Composición, Nómina

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EL SALARIO: CONCEPTOS, ESTRUCTURA, COMPOSICIÓN, NÓMINA

El salario es uno de los aspectos que más nos importan a la hora de desempeñar un trabajo. No obstante, a pesar de ello, suele ser habitual que cuando mires tu nómina no entiendas nada y des por hecho que está correcta, pero no siempre es así, en su confección pueden existir errores. Por lo que es importante interpretar una nómina con el fin de entender todo lo que aparece en ella.

El artículo 26.1 del ET define al salario como el conjunto de percepciones económicas recibidas por el trabajador, en dinero o en especie, por la prestación profesional de sus servicios laborales por cuenta ajena.

Con el fin de garantizar la efectiva percepción del salario, la ley articula las siguientes medidas:

- Lugar de pago: El pago se hará en el lugar convenido o el que marquen las costumbres locales del sector profesional de que se trate. La práctica habitual es que éste sea abonado en el centro de trabajo dentro de la jornada laboral o mediante trasferencia bancaria.

- Tiempo de pago: Se abonara en la fecha convenida y a falta de pacto en la que marquen las costumbres, sin que en ningún caso el periodo de pago pueda exceder de un mes. Se reconoce al trabaja­dor el derecho a percibir anticipos a cuenta del trabajo ya realizado.

El retraso en el pago es sancionable con el pago de un interés del 10% de lo adeudado de carácter anual, y de ser continua­do se faculta al trabajador para solicitar judicialmente la extinción del contrato con derecho a indemnización.

La acción para reclamar ante la Jurisdicción social el abono de los salarios adeudados prescribe al año a contar desde el día en que debió abonarse.

- Forma de pago: Con el fin de asegurar un medio de prueba del cumplimiento de la obligación retributiva y facilitar al trabajador una información completa sobre las diferentes partidas que integran su remunera­ción la ley exige que el empresario entregue un recibo individual denominado nómina que se ajustará al modelo oficial aprobado por O.M. 27.12.1994, u otro modelo autorizado (art.29.1 ET).

El trabajador firmara un duplicado y dicha firma da fe de la percepción de la cantidad reflejada, pero no presupone conformidad con la misma. En los casos de transferencia bancaria, se entiende sustituida la firma por el comprobante expedido por la entidad.

- Cuantía mínima: Anualmente el Estado fija el salario mínimo interprofesional (SMI) para todos los trabajadores independientemente de la edad, sector y categorías profesional, el cual constituye la retribución mínima por debajo de la cual resulta nulo cualquier pacto que establezca un salario inferior. Está referido al salario base correspondiente a la jornada completa de trabajo, de modo que si fuera inferior se percibirá a prorrata.

- Inembargabilidad: La parte del salario neto equivalente al SMI es inembargable en su totalidad, salvo cuando el embargo se efectúe para el pago de pensiones alimenticias al cónyuge, e hijos en los casos de divorcio, separación, nulidad o alimentos.

La parte del salario que exceda del SMI será embargable según la escala que recoge la Ley de Enjuiciamiento Civil que oscila entre un 30% y un 90% según el importe total.


ESTRUCTURA Y COMPOSICIÓN DEL SALARIO

La estructura y cuantía del salario se regulan exclusivamente por lo pactado en los convenios colectivos y contratos de trabajo. En concreto, las tablas salariales de los convenios establecen:

Salario base: es la parte de la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra, sin atender a ninguna otra circunstancia. Puede ser en metálico (moneda de curso legal) o en especie (utilización o consumo de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al de mercado, ejemplos: vivienda, coches, etc). Esta modalidad salarial no podrá superar el 30 % del total de percepcio­nes salariales del trabajador y su valoración deberá efectuarse aplicando las reglas recogidas en la normativa tributaria que regula el IRPF.

Que el salario base pactado en el contrato de trabajo debe ser superior o igual al establecido en el Convenio colectivo para la categoría profesional que ha sido contratado (salario mínimo profesional SMP). En ningún caso el salario establecido en el convenio colectivo (SMP) puede ser inferior al SMI vigente.

Sb > = SMP > = SMI

- Complementos o pluses salariales: son aquellas cantidades que se suman al salario base por la concurrencia de una causa específica. Los complementos salariales que como mínimo te deberán ser abonados aparecen establecidos en el convenio colectivo que te sea de aplicación. No obstante el empresario puede pactar en tu contrato más complementos de los que recoja tu convenio, se trataría en esta caso de una mejora realizada voluntariamente Existen muchos tipos de complementos, si bien se pueden clasificar en tres categorías:

1. Complementos personales: se fijan en función de condiciones personales o profesionales del trabajador, se conside­ran tales: la antigüedad, el plus de títulos, idiomas, conocimientos especiales y similares.

2. Complementos relacionados con el puesto de trabajo, son pluses funcionales no consolidables que percibe el trabajador por razón de las características del puesto asignado. Se incluyen aquí, entre otros: plus de penosidad, toxicidad y peligrosidad, el plus de turno o turnicidad (cuando se acepta la rotación en los diferentes turnos de trabajo), el plus de nocturnidad (jornada nocturna).

3. Complementos relativos a la cantidad y calidad de trabajo realizado, se incluyen aquí, entre otros: primas e incentivos (calculados sobre el rendimiento del trabajador), las horas extraordinarias, el plus de asistencia y puntualidad, las comisiones (participación en los beneficios derivados de una operación en la que ha mediado con el cliente). No son consolidables.

4. Complementos referidos a los resultados de la empresa, dentro de esta modalidad cabe incluir la participación en beneficios.

- Las pagas extraordinarias serán como mínimo dos al año, una se abonara en Navidad y la otra en el mes que se pacte por convenio colectivo, siendo posible pactar su prorrateo a lo largo del año. Su cuantía la fija el convenio colectivo sin que pueda ser inferior al salario base.


LA NÓMINA

La nómina es el documento que justifica la liquidación y pago del salario. Su función es de gran importancia ya que informa al trabajador de todos los datos referidos a su relación laboral con la empresa, a saber:

- Permite acreditar que el empresario ha cumplido con su obligación de pagar el salario.
- Ayuda al trabajador a entender los diferentes conceptos que se pagan con el salario, y para corregir errores, por eso es importante que el trabajador conserve todas sus nóminas.
- Es un documento fundamental para futuras reclamaciones de cantidades ante los Juzgados de lo Social y para comprobación de indemnizaciones en caso de despido.
- Puede utilizarse como prueba de que existe una relación laboral, aunque no se tenga contrato por escrito.
- Permite comprobar que el trabajador ha cotizado, y la cantidad por la que cotiza, y por tanto una prueba para futuras reclamaciones en materia de pensiones de jubilación, etc., y en materia de IRPF.
- Permite acreditar que el empresario ha procedido al abono de la retribución correspondiente.
- Permite comprobar que el salario mínimo establecido por el convenio para cada categoría profesional, es el que realmente se paga a los trabajadores.

El modelo oficial de nómina se regula en la Orden Ministerial de 27 de diciembre de 1994, que permite sustituir este modelo oficial por otro acordado entre los representantes de los trabajadores y la empresa, o fijado en convenio colectivo, siempre que refleje de forma clara y separada las diferentes percepciones del trabajador, y las deducciones legales.

CÁLCULO DE LA NÓMINA

El salario ha de hacerse constar en un recibo conocido con el nombre de nómina en el que aparecen debidamente separados las diferentes percepciones económicas y las deducciones que procedan.

Los apartados que lo componen son los siguientes:

-  Encabezamiento: donde aparecen los datos de la empresa (nombre o razón social, domicilio y código de cuenta de cotización), del trabajador (nombre y apellidos, NIF, categoría profesional, grupo de cotización) y periodo de liquidación.

- Devengos: cantidades que recibe el trabajador por diferentes conceptos que pueden ser salariales (salario base y complementos salariales) y extrasalariales. Las percepciones extrasalariales más frecuentes en este sector son las siguientes:

. El plus para la adquisición de prendas de trabajo.
. El plus de transporte que cubre el gasto que supone el desplazamiento habitual hasta el centro de trabajo.
. El plus distancia que se abona cuando el centro de trabajo se halla a cierta distancia del casco urbano de su localidad, sí la empresa no facilita medio de transporte.
. Las prestaciones e indemniza­ciones de la Seguridad Social por incapacidad laboral.
. Las indemnizaciones correspondien­tes a traslados, suspensiones o despidos.
. Las asignaciones asistenciales: comedores, vales de comida, cursos de formación, servicio gratuito o rebajado de educación infantil, primaria, E.S.O, bachillerato y formación profesional por centros educativos autorizados, a los hijos de sus empleados y los servicios sociales y culturales, entre otros.

Las percepciones extrasalariales son cantidades abonadas para compensar los gastos ocasionados por la ejecución del trabajo o para cubrir situaciones de necesidad o inactividad (art.26.2 ET).

- Deducciones, se incluyen aquí los descuentos que debe soportar el trabajador por diferentes causas:

. Deducciones legales: cotizaciones a la Seguridad Social y la retención para el Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) cuya finalidad es evitar un pago de gran cuantía en la declaración anual del IRPF. El empresario tiene prohibido asumir las deducciones legales que corresponden al trabajador.
. Otras deducciones: anticipos si los hubiere, el valor de los productos recibidos en especie, embargos, préstamos concedidos por la empresa, descuentos por días de huelga y cuotas sindicales, entre otras.

La diferencia entre los devengos y las deducciones da como resultado el salario neto, entendiendo por tal la cantidad efectivamente percibida por el trabajador.

Infracciones y Sanciones en el Sector del Trabajo

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INFRACCIONES Y SANCIONES EN EL SECTOR DEL TRABAJO

Junto al poder de dirección, la legislación laboral dota al empresario de faculta­des sanciona­doras que le permitan reaccionar frente a los incumpli­mien­tos del trabajador.

Son los convenios colectivos los que tipifican estas conductas sancionables de los trabajadores graduándolas en leves, graves y muy graves, y fijan el tipo de sanción correspondiente.

Para que pueda ser ejercida esta facultad disciplinaria es necesario que las faltas cometidas no hayan prescrito. Los plazos prescriptivos son los que marca cada Convenio, pero de no estipular nada se aplican los que recoge el art. 60 ET donde se establece que los plazos prescriptivos son:

- 10 días para las faltas leves.
- 20 días para las faltas graves.
- 60 días para las faltas muy graves.

Estos plazos se computan a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, prescriben a los seis meses de haberse cometido.

Tipos de Sanción que Puede Imponer la Empresa:

Las sanciones que pueden imponerse varían en función de la calificación de la falta cometida, correspondiendo a la empresa determinarla según un principio de proporcionalidad y respetando siempre lo que marque el Convenio colectivo aplicable que suelen establecer un abanico que va desde la simple amonestación al despido pasando por las suspensiones de empleo y sueldo, y las inhabilitaciones para el ascenso durante un periodo de tiempo, entre otras. En ningún caso podrán imponerse sanciones consistentes en multas o en la privación de los derechos de descanso (ejemplo: vacaciones).

Con el fin de garantizar los derechos del trabajador y evitar su indefensión, los Convenios colectivos regulan el procedimiento a seguir siendo un trámite común en todos ellos que la sanción se comunique por escrito al interesado haciendo constar los hechos para su conocimiento, y en el caso de faltas graves y muy graves se exige la notificación de la sanción al comité de empresa o delegados/as de personal y el trabajador afectado tendrá derecho a formular alegaciones por escrito en el plazo prefijado, pudiendo impugnarla posteriormente ante la Jurisdicción social si no está de acuerdo con la sanción impuesta.

Son infracciones laborales de los empresarios las acciones u omisiones contrarias a las normas laborales. Tales infracciones serán sancionadas por la Autoridad laboral (Ley de infracciones y sanciones del orden social RDL 5/ 2000, 4 de agosto).


FALTAS DISCIPLINARIAS

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LA ACTIVIDAD DE INDUSTRIAS VINÍCOLAS Y ALCOHOLERAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA 2008-2012.

Código convenio: 2600415.

El Régimen disciplinario aplicable no consta en el texto del Convenio, por lo que, según lo dispuesto en el artículo 41 del mismo, "será de aplicación el Laudo Arbitral de 1996, dictado en sustitución de la derogada Ordenanza Laboral de Trabajo para las Industrias Vinícolas, Alcoholeras, Licoreras y Sidreras aprobada por Orden del Ministerio de Trabajo de 11 de junio de 1971".

CAPÍTULO IV (cuarto).

RÉGIMEN DISCIPLINARIO.

Artículo 25. Principios de ordenación.

1. Las presentes normas de régimen disciplinario persiguen el mantenimiento de la disciplina laboral, que es un aspecto fundamental para la normal convivencia, ordenación técnica y organización de la empresa, así como la garantía y defensa de los derechos e intereses legítimos de trabajadores y empresarios.
2. Las faltas, siempre que sean constitutivas de incumplimientos contractuales y culpables del trabajador, podrán ser sancionadas por la Dirección de la empresa de acuerdo con la graduación que se establece en el presente capítulo.
3. Toda falta cometida por los trabajadores se clasificará en leve, grave o muy grave.
4. La falta, sea cual fuere su calificación, requerirá comunicación escrita y motivada de la empresa al trabajador.
5. La imposición de sanciones por faltas graves y muy graves será notificada a los representantes legales de los trabajadores, si los hubiere.

Artículo 26. Graduación de las faltas.

1. Se considerarán como faltas leves:
a. La impuntualidad no justificada en la entrada al o en la salida del trabajo hasta tres ocasiones en un mes por un tiempo total inferior a veinte minutos.
b. La inasistencia injustificada al trabajo de un día durante el período de un mes.
c. La no comunicación con la antelación previa debida de la inasistencia al trabajo por causa justificada, salvo que se acreditase la imposibilidad de la notificación.
d. El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada por breves períodos de tiempo y siempre que ello no hubiere causado riesgo a la integridad de las personas o de las cosas, en cuyo caso podrá ser calificado, según la gravedad, como falta grave o muy grave.
e. La desatención y falta de corrección en el trato con el público cuando no perjudiquen gravemente la imagen de la empresa.
f. Los descuidos en la conservación del material que se tuviere a cargo o fuere responsable y que produzcan deterioros leves del mismo.

2. Se considerarán como faltas graves:
a. La impuntualidad no justificada en la entrada al o en la salida del trabajo hasta en tres ocasiones en un mes por un tiempo total de hasta cuarenta minutos.
b. La inasistencia injustificada al trabajo de dos a cuatro días durante el período de un mes.
c. El entorpecimiento, la omisión maliciosa y el falseamiento de los datos que tuvieren incidencia en la Seguridad Social.
d. La simulación de enfermedad o accidente, sin perjuicio de lo prevenido en el párrafo e del siguiente apartado.
e. La suplantación de otro trabajador, alterando los registros y controles de entrada y salida al trabajo.
f. La desobediencia a las órdenes e instrucciones de trabajo, incluidas las relativas a las normas de seguridad e higiene, así como la imprudencia o negligencia en el trabajo, salvo que de ellas derivasen perjuicios graves a la empresa, causaren averías a las instalaciones, maquinarias y, en general, bienes de la empresa o comportasen riesgo de accidente para las personas, en cuyo caso serán consideradas como faltas muy graves.
g. La falta de comunicación a la empresa de los desperfectos o anormalidades observados en los útiles, herramientas, vehículos y obras a su cargo, cuando de ello se hubiere derivado un perjuicio grave a la empresa.
h. La realización sin el oportuno permiso de trabajos particulares durante la jornada, así como el empleo de útiles, herramientas, maquinaria, vehículos y, en general, bienes de la empresa para los que no estuviere autorizado o para usos ajenos a los del trabajo encomendado, incluso fuera de la jornada laboral.
i. El quebrantamiento o la violación de secretos de obligada reserva que no produzca grave perjuicio para la empresa.
j. La embriaguez no habitual en el trabajo.
k. La falta de aseo y limpieza personal cuando pueda afectar al proceso productivo o a la prestación del servicio y siempre que, previamente, hubiere mediado la oportuna advertencia de la empresa.
l. La ejecución deficiente de los trabajos encomendados, siempre que de ello no se derivase perjuicio grave para las personas o las cosas.
m. ll. La disminución del rendimiento normal en el trabajo de manera no repetida.
n. Las ofensas de palabras proferidas o de obra cometidas contra las personas, dentro del centro de trabajo, cuando no revistan acusada gravedad.
o. Las derivadas de lo establecido en los apartados 1.d. y e. del presente artículo.
p. La reincidencia en la comisión de cinco faltas leves, aunque sean de distinta naturaleza y siempre que hubiere mediado sanción distinta de la amonestación verbal, dentro de un trimestre.


3. Se considerarán como faltas muy graves:
a. La impuntualidad no justificada en la entrada al o en la salida del trabajo en diez ocasiones durante seis meses o en veinte durante un año.
b. La inasistencia injustificada al trabajo durante tres días consecutivos o cinco alternos en un período de un mes.
c. El fraude, deslealtad o abuso de confianza en las gestiones encomendadas o la apropiación, hurto o robo de bienes propiedad de la empresa, de compañeros o de cualesquiera otras personas dentro de las dependencias de la empresa o durante la jornada de trabajo en otro lugar.
d. La simulación de enfermedad o accidente o la prolongación de la baja por enfermedad o accidente con la finalidad de realizar cualquier trabajo por cuenta propia o ajena.
e. El quebrantamiento o violación de secretos de obligada reserva que produzca grave perjuicio para la empresa.
f. La embriaguez y la drogodependencia durante el trabajo, siempre que afecte negativamente al rendimiento.
g. La realización de actividades que impliquen competencia desleal a la empresa.
h. Las derivadas de los apartados 1.d y 2.f, l y m del presente artículo.
i. La disminución voluntaria y continuada en el rendimiento del trabajo normal pactado.
j. La inobservancia de los servicios de mantenimiento en caso de huelga.
k. El abuso de autoridad ejercido por quienes desempeñan funciones de mando.
l. El acoso sexual.
m. La reiterada no utilización de los elementos de protección en materia de seguridad e higiene.
n. La reincidencia o reiteración en la comisión de faltas graves, considerando como tal aquella situación en la que, con anterioridad al momento de la comisión del hecho, el trabajador hubiese sido sancionado dos o más veces por faltas graves, aun de distinta naturaleza, durante el período de un año.

Artículo 27. Sanciones.

1. Las sanciones máximas que podrán imponerse por la comisión de las faltas enumeradas en el artículo anterior, son las siguientes:
a. Por falta leve: Amonestación verbal o escrita y suspensión de empleo y sueldo de hasta dos días.
b. Por falta grave: Suspensión de empleo y sueldo de tres a catorce días.
c. Por falta muy grave: Suspensión de empleo y sueldo de catorce días a un mes, traslado a centro de trabajo de localidad distinta durante un período de hasta un año y despido disciplinario.

2. Las anotaciones desfavorables que como consecuencia de las sanciones impuestas pudieran hacerse constar en los expedientes personales quedarán canceladas al cumplirse los plazos de dos, cuatro u ocho meses según se trate de falta leve, grave o muy grave.

Extinción de la Relación Laboral, Despido y Finiquito

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EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL

La relación laboral al igual que el ciclo de la vida, nace, siendo necesario una serie de requisitos para que surja la relación laboral; crece, teniendo en cuenta los límites temporales de la modalidad contractual de que se trate; se desarrolla de acuerdo con las condiciones laborales establecidas en el convenio colectivo; y por último muere, es decir, se extingue la relación laboral. Las causas de extinción pueden ser de muy diversa índole.

LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO Y SUS CAUSAS

La extinción del contrato de trabajo es el cese definitivo de los efectos del contrato de trabajo motivado por alguna de las causas legalmente previstas, puesto que la extinción del contrato es siempre causal.

Las causas de extinción se hallan recogidas en el art. 49 ET. En el siguiente listado se muestran cuáles son esas causas y si cada una genera derecho a indemnización y desempleo.

Por la voluntad conjunta del empresario o empresaria y del trabajador o trabajadora:
- Mutuo acuerdo entre las partes: Indemnización (No); Desempleo (No)
- Causas consignadas válidamente en el contrato, que deberán ser lícitas y posibles: Indemnización (NO); Desempleo (SI)
- Expiración del tiempo convenido o realización de obra o servicio objeto del contrato, previa denuncia de cualquiera de las partes. No existe derecho a indemnización en los contratos de interinidad, formación y prácticas: Indeminzación de 8 días de salario por año de servicio ampliable a partir de 2012 en 1 día más hasta llegar a 12 días por año trabajado a partir de 2015; Desempleo (SI).

Por la voluntad del trabajador o de la trabajadora:
- Dimisión del trabajador, respetando el preaviso previsto en el convenio colectivo o la costumbre del lugar: Indemnización (No); Desempleo (No).
- Abandono sin mediar preaviso: Indemnización (No); Desempleo (No).

Por la voluntad del empresario o de la empresaria:
- Despido por causas objetivas siempre da derecho a indemnización, pero su cuantía varía según el caso (art. 52 ET):
. Indeminzación de Despido procedente: 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.
. Indeminzación de Despido improcedente: de no justificarse la causa alegada, el empresario o la empresaria deberá optar entre la readmisión o pagar una indemnización igual a la del despido disciplinario improcedente que se reduce a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 meses, si se trata de un trabajador o trabajadora con un contrato de fomento de la contratación indefinida.
. Desempleo (SI).
- Despido colectivo previo Expediente de Regulación de Empleo (ERE). Por fuerza mayor previo Expediente de Regulación de Empleo:
. Indeminzación de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades.
. Desempleo (SI).

Por incumplimiento grave del empresario o empresaria (art. 50 ET):
- Se incluyen aquí entre otras las siguientes causas: las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo realizadas por la empresa que menoscaban la dignidad o formación profesional del trabajador; la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario; y las situaciones de mobbing. En estos casos el trabajador debe solicitar la resolución del contrato ante el órgano jurisdiccional competente:
. Indeminzación si se estima la demanda tendrá derecho a 45 días por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades.
. Desempleo (SI).

Otras causas externas:
- Muerte, incapacidad o jubilación del trabajador: Indemnización (No); Desempleo (No).
- Muerte, incapacidad o jubilación del empresario, siempre que no se produzca subrogación empresarial: Indeminización de un mes de salario; Desempleo (SI).
- Extinción de la personalidad jurídica de la empresa societaria, previa la tramitación de un ERE: Indeminización de20 días de salario por año de servicio con un máximo de doce mensualidades; Desempleo (SI).



CONSECUENCIAS DE LA EXTINCIÓN: LA LIQUIDACIÓN Y EL FINIQUITO

En todos los supuestos de extinción la empresa queda obligada a poner a disposición del trabajador el "finiquito", pudiendo el trabajador solicitar la presencia de un representante legal en el momento de la firma del mismo, y la documentación necesaria para solicitar la prestación de desempleo si se encuentra en situación legal de desempleo y tiene derecho a la misma por haber cotizado el tiempo suficiente.

Los conceptos finiquito, liquidación e indemnización se confunden frecuentemente, sin embargo, hay diferencias muy importantes entre ellos:

El finiquito es el documento por el que se formaliza la ruptura del vínculo laboral en el que se incorpora una declaración de voluntad del trabajador que expresa su conformidad con la extinción de la relación laboral y con la "cantidad saldada" por lo que no tiene ninguna reclamación pendiente frente al empleador.

El finiquito incluye la liquidación, que es la cantidad de dinero que el empresario debe al trabajador al finalizar la relación laboral. Suele estar compuesto por los siguientes conceptos:

- El salario correspondiente a los días del último mes trabajado.
- Las horas extraordinarias realizadas que no haya cobrado el trabajador.
- La parte proporcional o prorrata de las pagas extraordinarias.
- Las vacaciones no disfrutadas.
- Las indemnizaciones que en su caso correspondan (en los contratos de obra o servicio y eventual por circunstancias de la producción al extinguirse darán derecho a una indemnización de 8 días por año trabajado).

EL FINIQUITO

- ¿Qué es el Finiquito?: El art. 49.1 ET señala que el contrato de trabajo se extinguirá por mutuo acuerdo de las partes. Según la jurisprudencia bastará con que exista consentimiento no viciado de las partes en cualquier forma exteriorizado.

Si bien la ley no establece forma alguna para el mutuo acuerdo, es frecuente la firma por el trabajador de un documento denominado recibo de finiquito por cuya suscripción el trabajador declara extinguido el contrato y acepta encontrarse satisfecho por el empresario en todos los derechos que pudieran corresponderle, tras la liquidación de haberes adeudados correspondiente.

El finiquito es un documento en el que, tras la extinción de una relación laboral, sirve para acreditar que se ha puesto a disposición del trabajador las cantidades que se le adeudan.

- ¿Qué conceptos debe incluir el finiquito?: El finiquito tiene que reflejar la cantidad correspondiente a la parte de las vacaciones no disfrutadas, así como la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Puede incluir también la indemnización correspondiente por la extinción de la relación de trabajo, o ésta puede entregarse en un documento aparte.

- ¿Existe obligación de firmar un finiquito?: El finiquito puede firmarse o no. Si el trabajador desea recibir la cantidad que se refleja en él, aunque no sea la correcta, puede firmar el finiquito, expresando al lado de su firma "recibí no conforme". El trabajador puede, también, negarse a firmar el finiquito, aunque en ese caso no recibirá la cantidad que en él aparece.

- ¿Qué supone que se haya firmado un finiquito?: En principio, la firma de un finiquito prueba que el trabajador ha recibido la cantidad señalada. Normalmente, los escritos de saldo y finiquito contienen fórmulas del tipo "el trabajador declara extinguida su relación laboral sin que nada tenga que reclamar a la empresa, por ningún concepto" o similares. Estas fórmulas se incorporan por la empresa para evitar reclamaciones futuras, y, si bien es cierto que incluso con un finiquito firmado, se pueden hacer reclamaciones, es necesario probar que se firmó obligado, engañado, bajo presión, etc.. lo que no siempre es fácil, por lo que se aconseja firmar siempre con la fórmula recibí no conforme.

- ¿Y si el finiquito no se firma y queremos reclamar a la empresa la cantidad que nos adeuda?: Deberemos presentar una papeleta de conciliación ante el SMAC reclamando esa cantidad. Si en el acto de conciliación hay acuerdo, se nos entregará, en caso contrario, tendremos que acudir ante el juzgado de lo social.


CONSIDERACIONES LEGALES: LIQUIDACIÓN Y FINIQUITO

Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

La extinción del contrato de trabajo suele plasmarse en un documento, finiquito, con valor liberatorio para las partes y acreditativo de tal extinción.

El recibo de saldo y finiquito es la prueba más concluyente, aunque no única, de que el contrato se ha extinguido si en él se hace constar que ambas partes acuerdan poner fin a la relación laboral.

La liquidación del pago de conceptos pendientes ante una decisión extintiva empresarial NO supone conformidad con esa decisión, aunque la firma del documento parta de que se ha producido esa decisión y de sus efectos reales sobre el vínculo. Tiene que haber una declaración de voluntad del trabajador en tal sentido, voluntaria extinción del contrato, no afectada por la existencia de algún vicio (error, violencia, intimidación, dolo) del consentimiento.

El trabajador ante la presentación del finiquito con la liquidación y saldo, siempre le surge la duda, si no está de acuerdo con el despido, si debe firmarlo o no, a ello hay que responder que el hecho de la firma del finiquito no implica la aceptación del despido, sino la aceptación de la liquidación, siempre y cuando no se consigne en el finiquito que "con ello se da por saldado y finiquitado por todos los conceptos sin que quepa reclamación alguna", o a ello, se haga la salvedad por el trabajador, de no estar de acuerdo con el despido y que lo recibe en calidad de recibo por lo saldado, siempre que con la cantidad se esté conforme, en caso contrario, únicamente consignar cantidad recibida.

El art. 49.2 ET establece la obligación para el empresario de, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia, o, en su caso, el preaviso de la extinción del mismo, acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas. Es lo que comúnmente se denomina recibo de saldo y finiquito.

Es decir, al extinguirse la relación laboral puede ocurrir que queden obligaciones pendientes entre empresario y trabajador.

En el finiquito las partes hacen constar su decisión de poner fin a la relación laboral, quedando saldadas cuantas obligaciones tenían pendientes, mediante el pago de una cantidad que aparece fijada en el propio documento, comprometiéndose el trabajador a no reclamar nada por tales conceptos.

La jurisprudencia mantiene el valor liberatorio del finiquito como documento acreditativo de que han sido saldadas las cuentas por todos los conceptos, y se recalca que no supone una renuncia de derechos prohibida a los trabajadores.

No obstante, dicho valor liberatorio está en función del alcance de la declaración de voluntad que incorpora y de la ausencia de vicios en la formación y expresión de ésta.

El finiquito no es un medio autónomo de extinción de las obligaciones laborales, sino un medio de prueba de la forma en que se ha producido esa extinción. Para constatar tal afirmación basta examinar las causas generales de extinción de las obligaciones enumeradas en el art. 1156 Cc o, específicamente, dentro del terreno de la extinción del contrato de trabajo -campo donde más frecuentemente surgen las controversias relativas al alcance que debe asignarse al finiquito-, las causas que enumera el art. 49 E.T., entre las que no figura el finiquito, toda vez que sólo supone el instrumento a través del cual se viene, habitualmente, a documentar lo que sí es propiamente causa de extinción de la relación laboral: el mutuo acuerdo de las partes.

El valor liberatorio del finiquito con respecto a la obligación a la que se refiere se limita desde dos perspectivas: una proviene de la existencia de vicios del consentimiento de los intervinientes al momento de ser suscrito; otra se conecta directamente con el contenido mismo de la obligación que se dice finiquitada, en un doble sentido, ya que puede alcanzar a derechos irrenunciables (en cuyo caso el finiquito se encontraría con el muro del art. 3.5 ET) o puede ofrecer dudas en cuanto al alcance del finiquito (indeterminación de los conceptos que se ven afectados por el acuerdo) (STSJ. País Vasco 09-07-02).

El finiquito, sin perjuicio de su valor normalmente liberatorio -deducible, en principio, de la seguridad del tráfico jurídico e incluso de la buena fe del otro contratante- viene sometido como todo acto jurídico o pacto del que es emanación externa a un control judicial. Control que puede y debe recaer, fundamentalmente, sobre todos aquellos elementos esenciales del pacto previo -mutuo acuerdo, o en su caso transacción- en virtud del cual aflora al exterior y es, con motivo de este examen e interpretación, cuando puede ocurrir que el finiquito pierda su eficacia normal liberatoria, sea por defectos esenciales en la declaración de la voluntad, ya por falta del objeto cierto que sea materia del contrato o de la causa de la obligación que se establezca (artículo 1261 C.c.) ya por ser contrario a una norma imperativa, al orden público o perjudique a terceros (STSJ. Cataluña 27-06-02).

Pero el finiquito no es solamente un recibo para acreditar la percepción de unas cantidades económicas por liquidación de una relación contractual, sino que es también un documento probatorio de la voluntad de las partes, especialmente del trabajador, de dar por terminada la relación laboral. Para que surta este efecto, la voluntad del trabajador ha de constar de manera clara e inequívoca.


CONCEPTOS A INCLUIR EN EL RECIBO DE SALDO Y FINIQUITO

En principio, el finiquito deberá incluir todas aquellas remuneraciones devengadas por el trabajador y todavía no percibidas y, en su caso, puede incluir también la correspondiente indemnización.

Estas remuneraciones están constituidas por:

- Los salarios del último periodo.
- La parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias pendientes de vencimiento.
- Las vacaciones no disfrutadas. En los supuestos de extinción del contrato, pueden darse varias circunstancias:
. Que estuvieran disfrutadas en el momento de producirse la extinción de la relación laboral, con lo que sería el trabajador el deudor de la cuantificación de los días disfrutados por encima de los devengados en proporción al tiempo trabajado.
. Que se hubieran disfrutado sólo el tiempo correspondiente, no existiendo en este caso crédito alguno a favor ni del empresario ni del trabajador.
. Que no se hayan disfrutado por el tiempo debido. Este es el único caso en el que pueden ser sustituidas por una cantidad económica. Se genera un derecho del trabajador a una compensación económica, proporcional a la duración de la prestación de servicios en el año de referencia.
- Las cantidades correspondientes a conceptos que habitualmente se abonan con retraso por requerir cálculos que no pueden hacerse anticipadamente, como son las primas de productividad o las horas extraordinarias.
- Y todas las cantidades pendientes de pago por cualquier motivo.

Asimismo, en algunos casos, el trabajador, cuyo contrato se extingue, tiene derecho a una indemnización. Dicha indemnización puede ser pactada o venir impuesta en las normas que regulan cada tipo de contrato o los distintos tipos de extinción. La indemnización puede figurar en el finiquito o formalizarse en un documento independiente, exigiéndose tan solo la constancia clara y expresa de la cantidad que se abona en concepto de indemnización.

El extinguido Tribunal Central de Trabajo declaró con reiteración que no es preciso que conste en el documento la palabra “finiquito” si su contenido y finalidad se deduce del texto y de las actuaciones anteriores, coetáneas y posteriores de los interesados.

Tampoco que se extienda en papel o modelo especial si bien, aun cuando se incumplan puede justificarse el pago real efectuado por la empresa.

Es válido el firmado por un menor de edad autorizado para contratar, pues no plantea problema jurídico alguno que un menor con capacidad jurídica limitada, al estar asistido por su representante legal para contratar, queda implícitamente legitimado para ejercitar cuantos derechos y obligaciones se deriven de ese contrato, incluida liquidación y extinción del vínculo laboral.

Carece de valor el finiquito si contiene renuncia a priori a derechos in potentia, sus manifestaciones no corresponden a la realidad o se limita a frases estereotipadas y ambiguas, o se ha firmado con anterioridad a la ruptura del vínculo laboral o en blanco; aparte de las infracciones administrativas y penales en que se hubiese podido incurrir.

Tampoco puede concederse valor alguno al finiquito que contenga renuncia a derechos de índole irrenunciables por sí mismo o por haber sido concedidos en sentencia firme.

Al no establecer la legislación laboral normas sobre este tipo de documentos debe acudirse a las generales que tiene el Código Civil, tanto en orden al consentimiento como en lo que respecta a la interpretación de las cláusulas contenidas en el mismo, si bien deberá imperar cierto criterio tuitivo ante cláusulas dudosas o ambiguas, máxime cuando lo normal es que al trabajador se le ofrezca una redacción preconstituida por la empresa y pudiesen concurrir circunstancias de tensión y emotivas en el momento de su firma.

El recibo de finiquito debe ser admitido sin recelo por los Tribunales, pues son muchas las declaraciones jurisprudenciales que lo configuran como acto de autocomposición y transaccional idóneo para resolver cualquier controversia existente entre las partes.

De modo que, para que para poder afirmar y probar que estamos ante un documento de finiquito, no es necesario su aspecto formal, o si se recoge o no en recibo a parte, sino que, es imprescindible que conste una voluntad del trabajador inequívocamente dirigida a la extinción del contrato.

Así, se distinguirá sin dificultad de la mera liquidación de cuentas que supone una voluntad negocial dirigida a clarificar o defender la situación económica entre empresarios y trabajadores por un determinado período de tiempo.

Para ello, en el documento de liquidación final además de mostrarse debidamente desglosado en conceptos y cantidades, podrán utilizarse fórmulas como “dar por resuelta y finiquitada la relación laboral”, “en concepto de liquidación total de todos los trabajos efectuados a dicha empresa”, “quedando así indemnizado y liquidado”, etc.

La fórmula rutinaria y estereotipada que "declara hallarse completamente saldado y finiquitado por todos cuantos devengos salariales pudieran corresponderle por razón de trabajo por cuenta de la demandada" aun voluntariamente suscrita, no puede legalmente comprender ni afectar a las diferencias salariales que en aplicación del Convenio al trabajador pudieran corresponder porque tales devengos salariales de conformidad con lo prevenido por el nº 5 del articulo 3 en relación con el nº 3 del articulo 82 ambos del Estatuto de los Trabajadores son indisponibles (STSJ. Cataluña 18-12-98).

No puede entenderse que todo finiquito implica una renuncia a derechos irrenunciables, entre otras razones porque, claramente, el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores (RCL 1980/607 y ApNDL 3006) establece, como causa extintiva del contrato de trabajo tanto la dimisión, como el mutuo disenso (STSJ. País Vasco 18-02-03).

En convenio colectivo se puede establecer una serie de requisitos formales para la cumplimentación del finiquito.

Sin embargo, el documento de finiquito, además de esta función extintiva, puede servir igualmente de instrumento de constatación del pago de unas determinadas cantidades adeudadas, es decir, como un mero documento de formalización de cuentas sin que exista en ello intención alguna de finalización de la relación empresario-trabajador.

En esta materia es doctrina uniforme del Tribunal Supremo, tantas veces reiterada por esta Sala, la de que el contenido del finiquito es variable y puede incorporar tanto un reconocimiento de que la relación laboral se ha extinguido, como la constatación del abono de la liquidación por las cuentas pendientes derivadas del desarrollo de la relación laboral y la conformidad con esa liquidación, y aun cuando en aquellos supuestos en los que este documento se suscribe coincidiendo con una extinción del contrato existe un riesgo importante de que estos dos aspectos se confundan, especialmente cuando la iniciativa de la extinción ha correspondido al empresario, no puede olvidarse que la aceptación de un pago por liquidación de conceptos pendientes de pago, como pueden ser las partes proporcionales de pagas extraordinarias, que será lo usual, no supone en estos casos conformidad con aquella decisión empresarial, aunque la firma del documento parta de que se ha producido esa decisión y de sus efectos reales sobre el vínculo (STSJ. Andalucía 09-07-02).

El empresario está obligado a permitir en el momento de la firma por el trabajador del recibo de finiquito, si éste así lo requiere, la presencia de un miembro del Comité de Empresa o Delegado de Personal. En el documento se hará constar tal circunstancia, y si el empresario impidiese la presencia del representante, el trabajador puede hacerlo constar, igualmente, en el propio recibo. El incumplimiento de esta obligación se considera falta grave en materia laboral y puede ser sancionada con multa de 300,52 a 3.005,06 euros (Art. 7.4 y 40 LISOS).

El finiquito, sin perjuicio de su valor normalmente liberatorio -deducible, en principio, de la seguridad del tráfico jurídico e incluso de la buena fe del otro contratante- viene sometido, como todo acto jurídico o pacto del que es emanación externa, a un control judicial. Control que puede y debe recaer, fundamentalmente, sobre todos aquellos elementos esenciales del pacto previo, mutuo acuerdo o, en su caso, transacción en virtud del cual aflora al exterior y es, con motivo de este examen e interpretación, cuando puede ocurrir que el finiquito pierda su eficacia normal liberatoria, sea por defectos esenciales de la declaración de voluntad, ya por falta de objeto cierto que sea materia del contrato o de la causa de la obligación que se establezca (artículo 1.261 del C.C.), ya por ser contrario a una norma imperativa, al orden público o perjudique a terceros (STSJ. Cataluña 15-02-02).

El recibo de finiquito es admitido por la jurisprudencia como un documento acreditativo de la voluntad de las partes de extinguir la relación laboral, de forma que quien pretenda eliminar sus efectos liberatorios deberá probar la existencia de vicios del consentimiento (error, dolo, violencia o intimidación).

Si el trabajador alegase en juicio la falsedad del documento, el juez, terminado el juicio y antes de dictar sentencia, debe conceder un plazo de 8 días para que el trabajador interponga la correspondiente querella criminal, quedando la decisión a expensas de lo que dictaminen los tribunales penales.

Sin embargo, la dificultad que conlleva probar las posibles irregularidades o falsedades del finiquito, determina que el documento firmado por el trabajador se preconstituya como un indicio claro de la extinción negociada y consensuada de la relación laboral, recayendo sobre el trabajador la prueba de que dicho documento está viciado.

Es decir, se admite que el finiquito documente la extinción de una deuda siempre que el acuerdo entre las partes sea idóneo a tal fin. Y a estos efectos se entiende que no lo será en los siguiente supuestos: cuando exista vicio del consentimiento de las partes que intervienen en el negocio, o cuando afecte a algún derecho irrenunciable (STSJ. País Vasco 18-02-03).

Maridaje de Quesos y Vinos con Alejandro de "Quesería Eterravan Selección" en Logroño - La Rioja

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ETERRAVAN SELECCIÓN QUESERIA Y COMESTIBLES (LOGROÑO - LA RIOJA)

- Dirección: Avenida colon 29-31. Logroño - La Rioja - España
- Teléfono: 941 57 15 70
- E-mail: eterravansl@gmail.com
- Facebook: www.facebook.com/eterravan.seleccion
- Twitter: Twitter.com/eterravansl
- Web: www.eterravansl.blogspot.com
- Servicios: Venta de quesos nacionales e internacionales; Servicio a Domicilio; Realización de numerosas catas y degustaciones.

- Quesería Eterravan Selección: Si te gusta el queso, en esta tienda de quesos podrás comparar y comprar los mejores quesos del mundo, además de poder elegir entre más de 150 variedades de quesos de la máxima calidad. El interés de este negocio familiar formado por Alejandro, es el de conseguir que la gente conozca un poquito más el mundo del queso y sus grandes acompañantes. Para ello atienden al publico de una forma personalizada, dando a conocer y degustar una gran selección de quesos artesanos nacionales e internacionales, al corte y productos que casan bien con el queso.

- I.E.S La Labora:
Cata de queso con vino, realizada a cargo de Alejandro (Quesería Eterravan Selección) para sumilleres y enólogos, en el instituto de I.E.S La Laboral en Logroño (La Rioja). Hemos aprendido y experimentando que dentro de las innumérales variedades de quesos que existen en España y en el Mundo podemos crear una selección de entre los que tienen más éxito, eligiendo distintas regiones, diferentes tipos de leche, maduración, corteza, etc., para poder hacer un maridaje perfecto entre queso y vino.

MARIDAJE DE QUESOS Y VINOS

En cuanto a quesos se refiere y contrariamente al criterio más extendido, combinan en muchas ocasiones mejor con los blancos que con los tintos, en base a sinergias de textura, sabor y color.

- Los quesos de cabra: Con los vinos blancos secos y afrutados.
- Los quesos de pasta blanca y corteza enmohecida: Se pueden acompañar desde blancos estructurados con cierta acidez a tintos jóvenes ligeros y frescos.
- Los quesos de pasta prensadas: Con tintos de crianza ligeros.
- Los quesos de pasta cocida: Acompañan a los vinos blancos muy aromáticos y suaves o bien a tintos ligeros y poco ácidos.
- Los quesos frescos: Con vinos blancos suaves.
- Los quesos semicurados: Ya son quesos que requieren de vinos de más cuerpo, sobre todo si son elaborados con leche de oveja, blancos secos y afrutados.
- Los quesos curados de oveja o mezcla de las tres leches: Armonizan con tintos más domados de tanino y algún gran reserva.
- Los quesos tipo torta, por ejemplo la del Casar: Con vinos amontillados, o con algún Tawny de Oporto 20 años.
- Los quesos azules: Se asocian con tintos robustos y estructurados y no demasiados tánicos, también con los vinos de licor (Sauternes, Vendimias tardías, PX, Oportos, Banyuls, Maury, etc.).


DIFERENTES TIPOS DE QUESOS

La gran gama de quesos existentes hace imposible una clasificación única de los mismos. Son muchas las características que los definen, como el grado de añejamiento, o curado, la procedencia de la leche usada, su textura o su contenido en grasa.

- Denominaciones de Origen: La gran mayoría de quesos se identifican con la zona geográfica de la que proceden. En ciertos países esto se puede regular a través de las denominaciones de origen, con las que se intentan proteger las variedades que desde tiempos antiguos se producen en una zona determinada, contra productores de otras zonas que quisieran aprovechar el buen nombre que han creado los originales.

En España hay 23 quesos protegidos, entre los que destaca el queso manchego, una de las grandes señas de identidad de la región de La Mancha, junto al Quijote de Miguel de Cervantes. Existe una gran variedad de marcas que comercializan quesos industriales que lo imitan, pero no pueden indicar que se trata de queso manchego, aunque estén fabricados en La Mancha.

Esta indicación geográfica está regulada para los países miembro de la Unión Europea, aunque con particularidades para cada uno de ellos. Funciona de forma muy parecida en Francia, donde se denomina Appellation d'Origine Contrôlée, cuyos orígenes se remontan al siglo XV, en el primer intento de proteger el queso roquefort. Este queso fue el primero en obtener la acreditación de la ley moderna francesa, que ya cubre a más de 40 quesos diferentes. También en Italia la Denominazione di Origine Controllata protege a quesos como el parmesano (bajo la marca Parmigiano-Reggiano), en Grecia al queso feta, o en el Reino Unido al stilton y cheddar.


- Tipos de Leche Usada: La leche más utilizada en la fabricación de quesos es la leche entera de vaca, debido principalmente a que es la leche con mayores números de producción. Los quesos obtenidos a partir de leche vacuna proceden de zonas fértiles, aptas para la ganadería bovina, como las llanuras del norte de Europa, los Alpes, los Pirineos o la Cordillera Cantábrica. Hoy en día la producción de estos quesos se ha extendido por todo el mundo, con el uso de leche procedente de granjas lecheras.

Claros ejemplos de quesos de vaca son el gouda neerlandés, el emmental suizo, o el queso de tetilla de Galicia, todos ellos con texturas, sabor y color parecido. En general, la leche de vaca da al queso un sabor más suave que la de otros tipos de queso, aunque ello depende de otros muchos factores, por lo que es fácil encontrar quesos de vaca de sabor muy fuerte, como el Harzer Käse alemán, o el gorgonzola italiano.

La leche de vaca entera es muy rica en grasa, por lo que es común utilizar leche desnatada, o semidesnatada, con el fin de reducir el contenido en grasa. Sin embargo, la grasa es uno de los elementos que más influye en el sabor del queso, y por norma general, usar leche desnatada es sinónimo de pérdida de sabor.

En las zonas mediterráneas, donde no abundan las vacas, es más común usar leche de oveja o de cabra, lo cual da un punto de acidez al queso. El queso castellano, el manchego, el roquefort, o el feta están hechos de leche de oveja. Un ejemplo de queso de cabra con denominación de origen es el queso majorero, elaborado en la isla canaria de Fuerteventura. También es posible mezclar distintas clases de leche, como en el caso del queso de Cabrales (Principado de Asturias, España), en el que se utiliza una mezcla de leche de vaca, oveja y cabra.

También se utiliza la leche de otros muchos mamíferos, como la de búfala en la mozzarella original (hoy en día se utiliza también la leche de vaca), pero es algo bastante más difícil de encontrar, en comparación con otras leches.


- Quesos Frescos: Los quesos frescos son aquellos en los que la elaboración consiste únicamente en cuajar y deshidratar la leche. A estos quesos no se les aplican técnicas de conservación adicionales, por lo que aguantan mucho menos tiempo sin caducar. Su mantenimiento se podría comparar al de los yogures, pues es necesario conservarlos en lugares refrigerados. El hecho de procesar la leche en menor medida hace que tengan sabores suaves y texturas poco consistentes.

Con estas características, son utilizados como ingredientes para ensaladas, como el queso de Burgos, uno de los más consumidos en España. En Italia el queso por excelencia en las ensaladas es la mozzarella, que se elabora introduciendo la cuajada de la leche en agua caliente, de tal forma que se van creando masas en forma de bolas por efecto de la temperatura. En ciertas zonas del sur italiano se consume la mozzarella a las pocas horas de su elaboración. La mozzarella también es el más utilizado como ingrediente de las pizzas, sin embargo, para ello se utiliza una variedad más deshidratada, que no corresponde a un queso fresco.

También se utilizan quesos frescos en postres, o como ingredientes de salsas. El mascarpone italiano y el queso quark alemán son ejemplos de ello, con texturas muy cremosas.


- Quesos Curados: El curado de los quesos consiste en el añejamiento de los mismos, en un proceso en el que se secan y adicionalmente se aplican técnicas de conservación, como el salado o el ahumado. El tiempo necesario para considerar a un queso como curado puede variar de uno a otro, pero en general se requiere un mínimo de año y medio o dos años.

El proceso de curado hace que obtenga una textura bastante más dura y seca, así como que se incremente la intensidad de su sabor, propiedad muy deseada entre los amantes del queso. Sin embargo, muchas personas no toleran los sabores fuertes, por lo que es fácil encontrar distintas variantes de curado para un mismo queso, catalogándolos normalmente como tiernos, semicurados y curados.

Ejemplos de quesos curados pueden ser el queso manchego o el gouda. Sin embargo, el gouda se suele exportar con un curado aproximado de medio año, mientras que en la Holanda Meridional se puede encontrar más añejo, pudiendo llegar a los dos años.

El grana-padanno y el parmesano también se curan, pudiendo sobrepasar tiempos de tres años. Tienen una textura extremadamente dura, lo que facilita su consumo de forma rallada, como condimento o relleno de pastas italianas.
Recientemente se ha empezado a comercializar en España una variedad de queso en conserva, capaz de conservarse varios años sin abrir y sin ver variadas ninguna de sus características.


- Quesos Cremosos: El queso tiene un estado natural sólido, sin embargo es posible obtener una textura más cremosa aumentando significativamente la cantidad de nata, y por lo tanto de grasa. Estos tipos de queso se consumen normalmente acompañados de pan, siendo común el uso de los mismos en tostadas.

Ciertos quesos franceses tienen una gran tradición por su textura cremosa. El queso camembert, de características similares al brie, es uno de los más famosos, característico por su corteza blanca florida, consumida junto al queso y que le da un toque de sabor amargo. La denominación de origen de este queso lo obliga a comercializarse siempre de forma redonda, e incluido en una caja de madera.

Un tipo de queso de producción más moderna es el queso crema, comúnmente llamada queso philadelphia. Se trata de una crema blanca, distribuida en tarrinas similares a las de margarina o mantequilla. Se consume ampliamente en desayunos y postres, y una variedad de Estados Unidos es el ingrediente principal de algunas tartas de queso.

En la elaboración de postres se suelen usar cremas de queso, combinadas con sabores dulces. Un ejemplo de ello es la crema de queso mascarpone, muy usada en la elaboración de tiramisús. El queso quark también se usa en multitud de recetas de postre en la cocina alemana o austriaca.

También es posible encontrar quesos de textura semicremosa, pues no se puede considerar sólida ni crema, como la torta del Casar de Extremadura, en España. Este queso, aunque se puede consumir crudo, es típico por ser cocinado unos minutos al horno, de forma que quede total o parcialmente líquido. Al igual que el camembert, tiene una corteza florecida, consumida junto al queso por quienes gustan de sabores fuertes o amargos.


- Quesos Verdes o Azules: Estos quesos se distinguen por la presencia de mohos, los cuales les dan sus colores verdes o azulados. Quizá sea la variedad que más rechazo pueda causar a simple vista, debido al color y al fuerte olor, que puede recordar al de la descomposición. Sin embargo, su intenso sabor es uno de los más apreciados por los gourmets del queso.

Para conseguir la proliferación de los mohos hay que almacenar los quesos en lugares con humedades muy elevadas, normalmente del orden del 90%. Excelentes lugares para ello han sido tradicionalmente las cuevas. Los mohos que proliferan en los quesos normalmente son del género Penicillium, en el que varias de sus especies reciben el nombre del queso en el que se encuentran, como el Penicillium camemberti (en la corteza del camembert), o el Penicillium roqueforti, del queso roquefort. Una creencia popular totalmente falsa es que estos quesos contienen gusanos o larvas; el queso que los contiene es el queso de gusanos de Cerdeña.

Uno de los frecuentemente llamados "rey de los quesos" es el roquefort, producido en las cuevas francesas de Roquefort-sur-Soulzon, según marca su denominación de origen protegida. Otros quesos famosos por sus mohos son el queso de Cabrales asturiano, el queso stilton procedente de Inglaterra, o el queso gorgonzola italiano, que puede encontrarse en una variedad dulce (aunque ligeramente picante), y otra de sabor mucho más fuerte y picante.

Cata de los Mejores Vinos Blancos de España - Vinocora

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VINOCORA: DISTRIBUIDORA, TIENDA Y PAGINA WEB DE VINOS

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Vinocora es una distribuidora, tienda y pagina web de vinos, también es un instrumento de navegación online, con el que cada uno encontrará su rumbo en el universo.

Podriamos también definir a Vinocara cómo un nuevo lugar de disfrute del vino. Logrando poner el vino en el lugar que merece, en las ocasiones especiales que tiene cada día.

Todo esto a través de nuevos proyectos, nuevas bodegas y algunas simplemente olvidadas, nuevas variedades de uva, nuevos vinos, nuevas zonas de procedencia, lugares de consumo renovados, sin duda alguna llegan a seducir a los que no conocen el mundo del vino, introducen más conocimiento a los neófitos y  sorprender a los mas expertos.

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Los vinos que están rompiendo esquemas y verdaderamente llamando la atención de clientes, expertos gastronómicos, bodegeros y sumilleres son los vinos completamente naturales y en estado puro elaborados por pequeños productores.

Recomendar un Château Lafite, Château d'Yquem, Penfolds, Cheval Blanc, Château Mouton-Rothschild, Inglenook,Romanée Conti, Vega Sicilia, etc. Son grandes vinos pero también los más caros del mundo y por eso no tiene un gran mérito recomendarlos; ya que tampoco requiere excesivos conocimientos. Lo meritorio, lo difícil, es aconsejar un vino que realmente destace por su gran relación calidad precio. Es decir la misma calidad de los vinos anteriormente descritos, pero sin llegar a gastarnos una fortuna.

Destacar también que el mejor vino del mundo es aquel que te gusta a ti más. Es decir cada persona percibimos la calidad de los vinos de diferente manera, hay personas que perciben la calidad en vinos voluptuosos, carnosos, afrutados, jovenes y hay otras personas que perciben la calidad en vinos más ligeros, aterciopelados, delicados, complejos, añejos y todos estos matices también pueden ser combinados de muchas maneras. ¿Cuál es mejor? Eso depende de cada persona, no debería ser una cosa dogmática.

Pienso que es igual que cuando vamos a comer a un restaurante y pedimos un solomillo. El chef nos preguntara que como queremos la carne poco hecha, medio, o muy hecha. Es decir nos esta ofreciendo la mejor calidad y materia prima que tiene pero preparado de diferente manera. Para lo que una persona puede ser lo mejor para otra puede ser incluso lo peor.

Evidentemente también hay ciertos parámetros mínimos para considerar un vino de calidad aceptable o no. Por eso para mi un vino de calidad debería ser redondo, que no tenga aristas, que no domine la madera, la acidez, el alcohol, el amargor, el dulce, lo afrutado, es decir que estén todas estas sensaciones bien ensambladas, armoniosamente conjugadas y equilibradas. También debería ser original, que tenga un toque de particularidad que le haga destacar y sobresalir del resto. Me gusta que los vinos expresen el terruño o el lugar de donde proceden que no sea uno de esos vinos que se podría hacer o clonar en cualquier parte del mundo.

También es cierto que la gente joven que empieza a beber vinos empiezan con vinos jóvenes afrutados y fáciles de reconocer, a medida que tu paladar evoluciona buscas cosas que no sean tan predecibles y cuando alcanzas un nivel avanzado de cata los vinos de crianza, reserva, alta expresión, diseño o autor son el deleite de tus sentidos.


Merayo Godello 2013 - Bierzo - Godello

- Bodega: Bodegas y Viñedos Merayo
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- Graduación (vol): 13%
- Precio aproximado: 9,45 €

- Elaboración: Maceración pelicular en frío durante 24 horas. Fermentación en depósito de acero inoxidable a temperatura controlada (15-17ºC). Crianza sobre lías en depósito durante un periodo de 3 meses.

- Notas de cata: Color amarillo pálido, limpio y brillante. Intenso en nariz. Notas de manzana verde, fruta de hueso, toques cítricos e hinojo. Las sensaciones minerales envuelven el vino y le confieren una gran complejidad. En boca es redondo y voluminoso, pero sin perder en ningún momento la sensación de frescura. Sensaciones cítricas, manzana verde, y mineralidad. El trabajo sobre lías aparece en la boca, envolviendo el vino y dando una sensación de ligero dulzor y armonía global.


Al Vent Sauvignon Blanc 2013 - Utiel Requena - Sauvignon Blanc

- Bodega: Coviñas
- D.O./Zona: DO Utiél-Requena (Valencia - España)
- Varietales: Sauvignon Blanc 100 %
- Enología: Diego Morcillo Fortea
- Producción: 30.000 botellas
- Graduación (vol): 12,5%
- Precio aproximado: 7,20 €

- Viticultura: 6ha de viñedo a 800m de altitud, suelo arcillo-calcáreo, disponibilidad de riego para mantener la masa foliar, en caso de ser necesario, 2.900 cepas por ha, vendimia en verde si necesario, para ajustarse a un rendimiento de 7.000kg/ha.

- Elaboración: Maceración pelicular con nieve carbónica durante 12 horas a 10ºC, prensado y desfangado estático, fermentación lenta de 30 días, trabajando las lías finas para obtener mayor volúmen en boca.

- Notas de cata: Color amarillo pajizo con finos reflejos esmeralda y un brillo natural resplandeciente. En nariz tiene una contundente fragancia, plenitud de matices de hinojo, piel de naranja y notas tropicales con eterna intensidad. Pomelo, miel, piña, Mango. En boca al deslizarse por la cavidad bucal va cediendo sensaciones de placentero equilibrio y perfecta alianza entre la frescura de su acidez y la elegancia de su fruta.


Viña Pretel Verdejo 2013 - Rueda - Verdejo

- Bodega: Viñedos La Seca
- D.O./Zona: DO Rueda (Castilla y León - España)
- Varietales: Verdejo 100 %
- Enología: Ángel Calleja
- Producción: 30.000 botellas
- Graduación (vol): 12,5%
- Precio aproximado: 6,07 €

- Viticultura: Viñedo, de una edad media de 20 años, se asienta a 700m. de altura en terrenos cascajosos, con estructura franco-arenosa y un elevado volumen de cantos rodados en los primeros 10cm. En los siguientes 30cm. nos encontramos con un suelo arenoso que a partir de los 50cm. pasa a tener un alto porcentaje de arcilla. Son suelos muy pobres en materia orgánica y muy cálidos debido a su alto componente de cantos y arena en las capas superficiales, perfectos para el cultivo de la vid..

- Elaboración: Vendimia nocturna a temperaturas inferiores a los 10ºC. Criomaceración para extraer los aromas varietales. Prensado suave, con posterior decantación natural del mosto a baja temperatura. Fermentación en depósitos de acero inoxidable durante 21 días a 15ºC. Maduración sobre las propias lías de la fermentación durante al menos 3 meses para obtener mayor volumen y personalidad en el vino.

- Notas de cata:
Ofrece a la vista un bonito color amarillo alimonado pálido verdoso, limpio y brillante. En nariz es potente, con notas de fruta fresca, manzana verde, heno, y ecos amielados. Laurel y almendras amargas. Paladar fresco, equilibrado y goloso. Redondo y muy frutal, con carácter y un delicado final en boca a hinojo muy característico de la variedad que reafirma la personalidad de los viñedos de Verdejo de los que procede.


Terra Santa 2103 - Rias Baixas - Albariño

- Bodega: Adegas Terra Santa
- D.O./Zona: DO Rias Baixas (Galicia - España)
- Varietales: Albariño 100 %
- Enología: Luciano Torres Amuedo
- Producción: 100.000 botellas
- Graduación (vol): 12%
- Precio aproximado: 7,06 €

- Viticultura: Viñedos propios de 20 años de antigüedad.

- Elaboración: Vendimiado a finales septiembre, primeros de octubre. Criomaceración a 0º y fermentación a 18º 12 días, al mes hace la maloláctica, si es un año con poca cidez no se hace, en 2013 si se hizo maloláctica.

- Notas de cata: Amarillo pálido con borde verdoso. Aroma a fruta fresca, notas de hierbas verdes y sutiles notas florales; actrativo olor a lima, manzanas verdes y un toque de espuma de mar. Este está bien definido y se expande agradablemente con oxigenación. Flores, Cítrico, Hierba, Manzana. Al paladar es fresco y vibrante con un acabado brillante de gusto a ralladura de limón y manzanas Granny Smith, todo respaldado por una mineralidad fina. Entrada elegante con buena acidez. Es un vino natural ideal para el acompañamiento de mariscos d la Ría.


A2 2013 - Valencia  - Verdil, Moscatel

- Bodega: Bodegas Antonio Arráez
- D.O./Zona: DO Valencia (Valencia - España)
- Varietales: Verdil, Moscatel
- Enología: Antonio Arráez
- Producción: 10.000 botellas
- Graduación (vol): 13%
- Precio aproximado: 7,85 €

- Viticultura: Uvas de nuestros viñedos de más de 30 años de edad. El tipo de suelo es calcáreo, pobre en materia orgánica, que aporta una mayor concentración y complejidad a los vinos..

- Elaboración: A partir de las uvas de la variedad Verdil como base, variedad autóctona de esta zona mediterránea. Procede de una vindimia nocturna a finales de agosto. Se ha vinificado en pequeños depósitos de acero inoxidable a bajas temperaturas para favorecer la creación y conservación de los aromas varietales.

- Notas de cata:
Vino limpio y brillante de color amarillo pálido. Fresco y amplio en aromas, que nos recuerdan a frutas de carne blanca y a flores (azahar, lilas). En boca es amplio y untuoso, con buena acidez que aporta frescura y potencia las sensaciones frutales. Dejando un conjunto de sensaciones que invita a repetir. Recomendado para todo tipo de marisco y pescado, entremeses, platos ligeros y arroces, siendo un complemento perfecto de la dieta mediterránea.

 
Meler Chardonnay 2013 - Somontano - Chardonnay


- Bodega: Bodegas Meler
- D.O./Zona: DO Somontano (Aragón - España)
- Varietales: Chardonnay
- Enología: Ana Meler
- Producción: 14.000 botellas
- Graduación (vol): 13,50%
- Precio aproximado: 7,74 €

- Viticultura: Viticultura metódica y acorde a cada variedad para extraer lo mejor del viñedo.

- Elaboración: Una elaboración tradicional reinterpretada. Las uvas recolectadas –en su momento óptimo de madurez- a menos de 30 metros de la bodega y en las horas más frías de una noche de final de Agosto, fueron despalilladas, estrujadas y tras una maceración en frío

- Notas de cata: Existen pocos lugares en el mundo en los que confluyan tan excelentes condiciones para la producción de uva y la elaboración de los mejores vinos. El Somontano se encuentra en el centro geográfico de la provincia de Huesca, al pie de los Pirineos. Posee un clima continental caracterizado por inviernos fríos, veranos calurosos, con una marcada diferencia térmica entre el día y la noche. Nuestra finca, toda alrededor de la bodega, de suelo de yeso, aporta una mineralidad exclusiva a éste Chardonnay. Un resultado limpio, fragante, intenso y con cuerpo. En la fase visual se aprecia un amarillo brillante, lágrima abundante. Nariz intensa y limpia en la que destaca la expresión frutal -principalmente cítricos- así como notas de flores amarillas y blancas; jazmín, magnolia, piña verde; Manzana Verde, Higo, Melón, Miel, Pera, Piña, Mango, Cítrico, Melocotón, Nuez. Buen recorrido en boca, con un desarrollo denso y fresco. Sabroso, con buena acidez y equilibrado.


Mascun Garnacha Blanca 2013 - Somontano - Garnacha Blanca

- Bodega: Bodegas Osca
- D.O./Zona: DO Somontano (Aragón - España)
- Varietales: Garnacha Blanca
- Enología: Goyo Borrel
- Producción: 10.000 Botellas
- Graduación (vol): 13%
- Precio aproximado: 8,13 €

- Viticultura:
Uva recolectada a mano en el pago de Montetaga

- Elaboración:
Mascun es el barranco más emblemático de la Sierra de Guara , su significado etimológico es “Casa de Hadas”, en este vino se funde la magia de la naturaleza y la sabiduría del hombre. Prensado directo de uva entera, extrayendo el primer mosto lágrima.

- Notas de cata: Amarillo verdoso. En Nariz es un vino muy floral, con aromas cítricos, almendras, avellanas, anacardo y alusiones a albaricoque. Notas de Ciruela Reina Claudia. En boca es sutil con sensaciones cremosas, amplio y sabroso, equilibrado y con sensaciones amieladas, Persistente final.


Urbina Viura 2013 - La Rioja - Macabeo (Viura)

- Bodega: Bodegas Urbina
- D.O./Zona: DOC Rioja (La Rioja - España)
- Varietales: Macabeo (Viura)
- Enología: Equipo de Enólogos de la Familia Urbina
- Producción: 30.000 botellas
- Graduación (vol): 12%
- Precio aproximado: 4,70 €

- Viticultura: Vino elaborado a partir de uva Macabeo (localmente conocida como Viura), cultivada en suelos arcillo-calcáreos, excelentes para la elaboración de vinos blancos complejos y de elegante finura.

- Elaboración: Tras la recogida, se mantiene el mosto en contacto con la piel durante 48 horas en maceración pelicular a 10º C, posteriormente se extráe el mosto de lágrima, que fermenta a 18ºC lentamente, trabajando las lías finas para aportarle estructura y untuosidad.

- Notas de cata:
Amarillo pajizo de ribete acerado con tonos ligeramente verdosos. Aspecto luminoso y muy brillante. Lagrima escasa, gruesa densa de caída pausada. Nariz de intensidad media dominada por frutas de hueso, melón y citricos maduros con apuntes de jazmín, hinojo y notas de dulcedumbre de fondo. Recuerdos anisados y hierbas de tocador, alrededor de unas sutiles notas de fruta blanca y recuerdos cítricos y algo de bollería. Buen volumen en la entrad en boca. En el paso de boca tiene volumen, cierta untuosidad, a la vez que fresco y ligero, con una buena acidez. Longitud media con recuerdos anisados. En ataque es goloso, frutal y de buena madurez, con recuerdos de albaricoque, melón y pomelo con apuntes amielados, sobre un fondo de bulbo de hinojo, heno y flores blancas. recorrido sabroso, equilibrado y de paso fresco, con final de postgusto franco y con matices gratamente amargosos.

Faborit Logroño "Urban Healthy Coffee Shop en España"

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FABORIT LOGROÑO

Un lugar agradable para desayunar, hacer una pausa, comer, o disfrutar por la tarde de una reunión con amigos, junto a un café, refrigerio, o un tentempié. La apertura de este Faborit supuso la ampliación de la oferta de ocio de Logroño. Cuenta con un agradable interior de carácter dinámico y alegre, con distintos ambientes, destacando especialmente la terraza en pleno centro de la ciudad.

En la vida urbana contemporánea el tiempo es un factor fundamental, donde es importante llevar una vida sana para rendir al máximo, de esta forma nace el concepto de "Healthy Coffe Shop". Establecimientos donde podemos encontrar zumos hechos con fruta fresca recién cortada y una selección de comidas y bebidas saludables y de calidad, servida de una forma rápida y eficaz.

- Dirección: Av. Gran Vía, 73. Logroño 26005 (La Rioja - España)
- Horario: Lunes-Jueves 8:30-21:00h; Viernes 8:30-22:00h; Fin de semana 9:00-22:00h
- Servicios: Café, zumos, dulces y comida sana. Almuerzos, desayunos y meriendas. Además de buenos momentos.
- Productos: Café 100% responsable, té, zumos naturales, chocolate, ensaladas, bocadillos y comidas saludables.
- Web: www.faborit.com


LA CARTA "URBAN HEALTHY COFFEE SHOP EN ESPAÑA"

BEBIDAS CALIENTES

Café:
- Americano Espresso: Doble espresso largo. Más cantidad de la misma intensidad. Para los que necesitan salir “cargados”.
- Americano Infusión: Café largo y ligero para los que gustan de alargar “el momento” envueltos en un intenso aroma a café que dura y dura...
- Baileys coffee: El delicioso licor irlandés con tu café. Añade nata o leche montada y contémplalo un buen rato antes de coger la cucharilla.
- Bombón: Endulzan tu café con leche condensada, para que disfrutes al máximo del aroma y sabor del café de siempre.
- Cappuccino: Porque estan convencidos de que la presentación forma parte del sabor, te ofrecen el café más popular convertido en arte por sus coffee leaders.
- Bombón tentación: Para los que piden algo más, café con dulce de leche: la manera más sencilla de transformar el café en una delicatessen.
- Cappuccino cream: Añaden nata al capuccino para satisfacer el capricho de los cafeteros más golosos.
- Cappuccino moka: Entre los fieles al cappuccino existen amantes del chocolate.
- Cappuccino moka cream: Un cappuccino “cargado” con nata y chocolate para los que no se conforman... o no se deciden.
- Irish coffee: Café con nata o leche montada. Para los que necesitan entrar en calor disfrutando del mejor café.
- Latte macchiato: Vaso de leche con un toque de espresso. Nutritivo y estimulante, con la presentación Faborit que ya conoces.
- Espresso: El café de siempre, intenso y estimulante, para que vivas tu “momento café” en el entorno único que Faborit crea para ti.
- Macchiato: La intensidad inconfundible de nuestro espresso suavizada con unas gotas de leche, conforman un producto delicioso a la vista y al paladar.
- Ristretto: Para los que gustan del contraste entre el relax de un momento Faborit y la breve intensidad del café.


Chocolate:
- Batido de Cacao: Las propiedades energéticas y el sabor del cacao junto al valor nutritivo de la leche fresca, todo bien calentito...
- Chocolate a la taza: Elimina el cansancio y estimula las capacidades físicas y psíquicas. Este delicioso regalo del dios azteca Quetzalcóatl te hará rendir de día y de noche.
- Chocolate Cream: Nuestro delicioso chocolate a la taza aderezado con nata de la mejor calidad. Un capricho para la vista y el paladar.

:
- Chai Latte: Té con especias y hierbas aromáticas infusionado en leche. Original de la India, se ha popularizado gracias a la riqueza de sabores y a sus efectos estimulantes.
- Matcha frappé: Granizado de té verde Matcha japonés. Estimulante y antioxidante, para que levantes el meñique en días de calor. ¡Pídelo con nata!
- Matcha Latte: Se utiliza en la ceremonia del té japonesa. Té verde molido que contiene una alta concentración de antioxidantes. Te lo servien con leche.
- Té Cappuccino Americano: La versión cappuccino del té. Su textura recuerda al tradicional té beduino, que se vierte repetidas veces hasta alcanzar un aspecto cremoso.
- Té Negro Earl Grey: Té con sabor de auténtico lujo, aromatizado con bergamota (cítrico oriental mezcla de naranja dulce y amarga).
- Té English Breakfast: Té procedente de India, Celyán y Kenia aromático y ligeramente especiado.
- Té Negro con Vainilla: Muy aromático con un sabor fuerte y notas de vainilla.
- Té Verde Japonés Sencha: Selecto té verde de sabor limpio con finos toques frescos y alto contenido en vitamina C que intensifica sus efectos antioxidantes.

Infusiones:
- Manzanilla: Clásica Camomila, aromática y muy digestiva, ideal como relajante y para aliviar problemas digestivos.
- Rooibos Feel Relaxed: Infusión original de Sudáfrica, sin cafeína, muy aromática, excelente digestivo y rica en vitaminas y minerales.
- Menta: Intensa en aroma, reconfortante y con variadas propiedades digestivas, ideal para tomar por la tarde.
- Tisana Feel Well: Infusión relajante ideal para las jornadas de estrés y fatiga. Tómala a cualquier hora del día o de la noche.


BEBIDAS FRÍAS

Shakeratto Frappé:
- Cappuccino frappé: Para que los amantes del buen capuccino puedan disfrutar su “momento cafetero” en los días más calurosos. ¡Pídelo con nata!
- Chocolate frappé: Propiedades antioxidantes, mejora de la circulación, relajante, afrodisíaco... y ahora fresquísimo. ¡Pídelo con nata!
- Fresa frappé: Delicioso granizado a base de fresas 100% naturales para que los más sibaritas puedan combatir el calor. ¡Pídelo con nata!
- Limón frappé: El granizado de la fruta curativa por excelencia. Refresco y salud bajo el sol más exigente. ¡Pídelo con nata!
- Matcha frappé: Granizado de té verde Matcha japonés. Estimulante y antioxidante, para que levantes el meñique en días de calor. ¡Pídelo con nata!
- Naranja y mango frappé: Hidratos de carbono y vitamina C. Frescor energético y saludable de la mano de dos frutas sabrosas y complementarias.

Shakeratto Ice:
- Ice Cacao: Lo enfrian al momento en cocktelera para convertirlo en el refresco ideal de los amantes del chocolate.
- Ice Espresso: Café con hielo enfriado al momento en cocktelera. La alternativa más natural a los tradicionales refrescos.
- Ice Latte: Un auténtico café con leche enfriado en coctelera es una buena alternativa a los refrescos tradicionales, porque los veranos también son para los amantes del café.
- Ice Macchiato: El refresco de café que quita el calor al instante. Un sabroso café macchiato enfriado al momento en coctelera es nuestra manera de entender los refrescos.
- Ice té con fresa: Atrevida combinación de té negro y deliciosas fresas naturales, enfriado al momento en cocktelera, para hacernos olvidar los refrescos tradicionales.
- Ice Moruno: Deliciosa bebida de té verde con hierbabuena originaría de los países árabes. Todas las propiedades y el sabor del té verde con hierbabuena enfriado en coctelera para que te acompañe también en los meses de calor.


Shakeratto Vitaminics:
- MultiVita: Refrescante combinación de tres frutas recién cortadas que aportan las vitaminas A, B y C que tu organismo necesita.
- SuperVitaC: Tonificante bebida que cuida tu cuerpo por dentro y por fuera por su alto contenido en Vitaminas A y C.
- SuperVitaFresh: Tonificante zumo con naranja, fresa y zanahoria que cuida tu cuerpo por dentro y por fuera por su alto contenido en Vitaminas A y C.
- Vita 50-50: El zumo antioxidante mitad naranja, mitad zanahoria. Su alto contenido en beta-carotenos te proporcionan la vitamina A que necesitas.
- VitaC: El zumo que debería acompañarte todas las mañanas, te lo preparamos con las mejores naranjas recién exprimidas.
- VitaBananaIntegral: Energético y digestivo zumo a base de naranja, plátano y galleta integral. Te aporta toda la vitalidad que necesitas en tu día a día.
- VitaCitric: El zumo que debería acompañarte todas las mañanas, te lo preparamos con las mejores naranjas recién exprimidas.
- VitaFresh: El sabor de las mejores fresas unido a las propiedades de la naranja recién exprimida conforman este sabroso zumo de variado aporte vitamínico.
- VitaGreen: El sabor y las vitaminas de la naranja junto a las propiedades diuréticas y antioxidantes únicas del té verde Matcha japonés, conforman este exótico refresco.
- VitaFreshBanana: El VitaFresh enriquecido con los azúcares y la fibra del plátano te aporta un extra de energía que tu cuerpo agradecerá.
- VitaHealth: Refrescante y saludable. Al aporte vitamínico de la naranja y la zanahoria añaden las propiedades anticancerígenas y digestivas de la remolacha.
- VitaMel: Delicioso refresco de naranja y melón que proporciona al cuerpo un alto contenido en vitaminas A, B y C.

VitaYogu & VitaSoya:
- SoyaFreshBanana: La leche de soja es digestiva y rica en vitaminas y minerales. Las fresas y el plátano naturales convierten este refresco saludable en una auténtica tentación.
- YoguBananaIntegral: Digestivo y energético. El yogur más revitalizante nos aporta ese plus que siempre agradecemos.


COMIDAS SALUDABLES

Cremas:
- Crema de zanahoria: Ligera y suave pero con todo el sabor de la zanahoria. Esta crema es una elección deliciosa a la par que saludable.

Ensaladas:
- Ensalada César: Lo mejor de la huerta se combina en esta ensalada. Con una base de lechuga y deliciosos ingredientes como tomate, atún, maíz y aceitunas. La combinación puede variar según temporada.
- Ensalada de arroz: Esta es una propuesta rica en vitaminas, saciante y sana. Una ensalada con base de arroz, lechuga, berenjena, tomate y pasas con salsa de soja. ¡Rico y completo!. Los ingredientes disponibles pueden variar según temporada.
- Ensalada de pasta: Completa y deliciosa ensalada de pasta. Elige el tipo de pasta y combínala con pollo, judías, pimiento, alcaparras, queso o jamón. Los ingredientes disponibles pueden variar según temporada.
- Ensalada Mezclum: Nuevas combinaciones son nuevos sabores. Una base de lechuga variada, brotes de soja o manzana. Estos son algunos de los sanos ingredientes de nuestra Ensalada Mezclum que pueden variar según temporada.
- Ensalada Premium: Con variados ingredientes, todos ellos frescos y escogidos diariamente, podrás rediseñar una y otra vez tu ensalada más saludable.
- Ensalada Verde: Una base de espinacas combinada con huevo, aceitunas, garbanzos y setas. La combinación puede variar según los ingredientes de temporada. Para cuando te apetece algo delicioso, sano y ligero.

Salteados:
- Arroz salteado: Una elección sabrosa, completa y ligera. Nuestro arroz salteado combina deliciosas verduras como el pimiento y la zanahoria, con huevo y langostinos. Un plato nutritivo amenizado con salsa de soja.
- Noodles con verduras y pollo: La cocina japonesa ofrece exquisitas recetas más allá del sushi. Los noodles son una de las más habituales en su dieta y existen infinitas maneras de prepararlos. Aqui se apuesta por los tallarines de trigo con brotes de soja, brócoli, zanahoria, pollo, huevo, salsa de ostra y soja.
- Tallarines Pad Thai: Una de las recetas más famosas de la cocina Tailandesa. Estos tallarines secos y ligeros con un sabor equilibrado y lleno de matices. Desde Bangkok hasta tu paladar.


Paninos:
- 3 quesos: Combina el sabroso Brie y su agradable aroma a frutas con el tradicional Edam holandés y nuestro queso de cabra artesanal.
- Bagel jamón y queso: El panecillo es habitual en los desayunos y almuerzos de media Europa, Estados Unidos y Canadá. ¿Qué os parece relleno de jamón y queso?. Una opción completa y deliciosa.
- Bagel salmón: El panecillo es habitual en los desayunos y almuerzos de media Europa, Estados Unidos y Canadá. Aquí nos proponen una de las versiones que triunfa en medio mundo: relleno de salmón y queso fresco. Ligero y sabroso.
- Chorizo Ibérico: El bocadillo ideal para el desayuno o la merienda, con el sabor propio de nuestro embutido más tradicional envuelto en pan caliente.
- Jamón Ibérico: Jamón artesanal de cabaña propia envuelto en pan caliente, para que puedas disfrutar de una de nuestras joyas gastronómicas con el acompañamiento que desees.
- Panino atún: Bocadillo vegetal, ligero y energético, para los que prescinden de las calorías sin renunciar al placer del mejor sabor.
- Panino de pavo: Sabrosísimo panino recubierto con semillas de sésamo para envolver una saludable combinación rica en vitaminas, hierro, minerales y antioxidantes.
- Jamón Ibérico y brie:‘Jamón Ibérico’ acompañado del llamado “Rey de los Quesos” ó “La Joya de Ile de France”. Joyas gastronómicas española y francesa en el mismo bocadillo.
- Panino mixto: El bocadillo sencillo, ligero y siempre saludable. El mejor tentempié para afrontar la mañana.
- Salchichón Ibérico: El bocadillo ideal para el desayuno o la merienda. Envuelven en pan caliente tu embutido preferido.
- Tostada con mantequilla y mermelada: Desayuna como en casa con una tostada con mantequilla y mermelada. Tú eliges como quieres empezar el día.
- Salmón: Salmón noruego y aceite de oliva español para los paladares más refinados. Lo acompañan con un queso más suave.
- Wrap de espinacas: Una delicatessen para los amantes de la cocina vegetariana. Los valores nutritivos de las espinacas frescas, el aceite más saludable, queso de cabra y ricos champiñones.
- Tostada con tomate y aceite: Empieza bien el día con una tostada con tomate y aceite. Un desayuno ideal típico de una dieta mediterránea.
- Wrap de pollo: Delicioso pollo acompañado de tomate y queso y envuelto en nuestro excelente pan blanco, tan ligero como los ingredientes que contiene.



POSTRES Y PASTELES

- Bizcocho de ‘Chocolate’: Fresco, ligero, esponjoso y muy sabroso. Disfruta del mejor chocolate convertido en un bizcocho de ensueño. Ex-adictos al chocolate no lo probéis. Garantizamos recaídas.
- Bizcocho de limón: Uno de los caprichos más ligeros, suaves y esponjosos. Un deliciosa tentación en forma de bizcocho con todas las propiedades y el sabor del limón.
- Bizcocho de Zanahoria: Excelente para la vista, eficaz antioxidante, diurética, astringente... disfruta de todas las propiedades de la zanahoria con un sabroso bizcocho.
- Cookies de frutos secos, pepitas de chocolate o doble chocolate: Un acompañamiento discreto, saludable... y muy sabroso. ¡Recordarás las galletas de la abuela!
- Cruasán: Un tierno y suculento cruasán de mantequilla ideal para el desayuno o un capricho a media tarde... ¡Mímate!
- Fondue de chocolate y frutas: Las frutas más sabrosas bañadas en el “oro líquido” de los aztecas. Ideal para compartir.
- Muffin de arándanos o chocolate: Panqué esponjoso de receta tradicional y relleno de arándanos silvestres o de nuestro mejor chocolate.
- Cruasán con jamón y queso: No sabemos decir si es dulce o salado, pero sí te podemos decir que está riquísimo. Un suave cruasán de mantequilla relleno de jamón y queso.
- Pastel de chocolate: Bizcocho tierno y esponjoso para disfrutar del placer del buen chocolate. Cerrarás los ojos.
- Tarta de queso con ‘Dulce de leche’ o ‘Frambuesas’: La tarta de queso es uno de los postres más antiguos y extendidos del mundo. Para los más sibaritas nuestro relleno de frambuesas y, para los más golosos, con dulce de leche.
- Yogur natural o con mermelada de fruta: Yogur fresco y ligero. Tómalo como más te guste: natural o endulzado con nuestras mejores mermeladas.


FRANQUICIAS

- Presentación: Faborit es, desde sus inicios en 2004, un referente en el sector de la hostelería y la restauración gracias a la gestión de sus innovadores y exitosos establecimientos “Urban Healthy Coffee Shops”.

El concepto faborit se caracteriza por su amplia gama de producto personalizado, natural, saludable, y atractivo en sabor, imagen y coste.

También es referente por la variedad de su clientela, por la diversidad de posibles ubicaciones -desde áreas comerciales a zonas de negocio o aeropuertos-, por sus diferentes formatos de local -tanto en dimensiones como en oferta de producto- y por su visión internacional, con capacidad para estar presente en cualquier zona urbana.

- Crecimiento: Desde el inicio de su andadura, Faborit planteó una primera etapa de crecimiento basada en locales propios con el objetivo de cimentar un conocimiento empresarial que llevara al éxito económico de los mismos.

Con un modelo de negocio ya consolidado y testado, Faborit añade a su expansión el modelo de franquicia para ofrecer al franquiciado unos parámetros de rentabilidad atractivos.

Actualmente, las aperturas están centradas en Madrid mediante locales propios y franquiciados y de cara al resto de zonas geográficas se está trabajando con Masterfranquicias de reconocido prestigio que consoliden el crecimiento en el territorio nacional.

- Ofertas y Productos: El café, el té, el chocolate y la fruta natural son la base principal de la oferta de Faborit junto con las ensaladas frescas y los bocadillos seleccionados. Su amplísima carta está dirigida a ofrecer un producto diferenciado durante todas las franjas horarias del día: desayuno, mediodía y tarde.

De esta manera, Faborit se adapta a un cliente que busca un concepto joven e innovador de alta calidad y bajo un claro criterio de interés por una oferta sana y variada a un precio competitivo.

La carta de bebidas naturales, ensaladas y resto de productos elaborados al momento y al gusto de cada cliente hacen que Faborit sea percibido de una manera claramente diferenciada dentro del sector de la restauración.

- Modelo de éxito: El éxito de Faborit radica en la capacidad de adaptarse en cada momento a las nuevas tendencias de consumo. Se dirige a un perfil de cliente preocupado por la salud, que busca la personalización de los productos y que desea ser sorprendido.

La experiencia y el desarrollo del modelo de negocio de Faborit son los factores que han posibilitado consolidar su imagen de marca apoyada en su “know how” característico.

La amplia variedad de productos enfocados tanto al verano como al invierno hace que el concepto Faborit responda a las expectativas de facturación durante todo el año.

El cuidado diseño de los establecimientos Faborit les dota de una identidad propia, que se adapta a su ubicación y que cuenta siempre con la presencia de nuevas tecnologías.

La distribución interna de los locales está orientada a los diferentes perfiles de clientes: existe espacio tanto para quien busca un consumo más funcional como para quien se dirige hacia un consumo más de ocio.

Como muestra de éxito, tanto de su modelo de negocio como de su aceptación en el mercado, Faborit obtuvo el premio Hot Concept en la categoría “Junior / Empresa Independiente” en el ámbito de la feria profesional ExpoFoodService’09. La obtención de dicho galardón ha significado para Faborit un espaldarazo a su objetivo de ser un referente dentro de la restauración mediante la gestión de sus establecimientos “Urban Healthy Coffee Shop”.


FILOSOFÍA Y COCEPTO DE UN URBAN HEALTHY COFFE SHOP

- Filosofía: Desayunar, hacer una pausa, comer o disfrutar por la tarde de una reunión con amigos, junto a un buen café, genera momentos inolvidables. También en la vida urbana contemporánea el tiempo es un factor fundamental donde es importante llevar una vida sana para rendir al maximo, de esta forma nace el concepto de "Coffe Sop" un establecimiento donde podemos encontrar fruta fresca y una selección de comidas y bebidas saludables y de calidad.

- Concepto: Es el cocepto "Urban Healthy Coffee Shop". Podriamos definirlo cómo una cafetería o un establecimiento de hostelería donde se sirven aperitivos y comidas ligeras. Es una cafetería que comparte algunas características con un bar y otras con un restaurante.

La tradición del café como lugar de reunión, para discutir, pasar el tiempo, y no sólo un sitio para consumir, es representativo de algunas ciudades del mundo. A esa tradición pertenecen en la cultura occidental ciudades como París, Viena, Londres, donde con la excusa del café se pasa el tiempo, mientras que en países consumidores de café como Italia el tiempo destinado al sitio es mínimo.

En algunos países se le llama cafetería a un restaurante donde no se ofrece servicio de camareros, y donde los clientes utilizan una bandeja, para pasar a una barra de menús para ordenar sus platos, y luego a la caja para pagar, principalmente en centros de trabajo y escuelas.

En lugares como Estados Unidos, una cafetería no enfatiza bebidas alcohólicas; típicamente, ni siquiera ofrece bebidas alcohólicas, en lugar se enfoca específicamente en el café, té o chocolate con leche. Otras comidas pueden variar entre pan, caldo, sándwiches, y postres que complementan su comercio. En las de escuelas de enseñanza primaria y middle school, en los Estados Unidos, la palabra cafetería es el nombre con que se denomina tradicionalmente a los vestíbulos o comedores, conlo cual en estos lugares no se ofrecen bebidas alcohólicas ni café.

- Historia: Las primeras cafeterías comenzaron a abrir en Estambul en el año 1550, cuyo número rápidamente creció. Dichos establecimientos eran puntos de encuentro para los turcos quienes se reunían a discutir temas de hombres y de esta manera poder escapar de la vida cotidiana. Si bien los sultanes intentaron en muchas ocasiones prohibir las cafeterías, no lograron obtener resultados positivos, puesto que eso hubiese perjudicado el alto impuesto que obtenía del comercio del café en Europa y los territorios del Imperio otomano.

Pronto la costumbre de las cafeterías exclusivamente para turcos se extendió por los territorios de los balcanes ocupados por ellos, y se presume que el concepto entró a la Europa cristiana a través del Reino de Hungría, puesto que éste fungía constantemente de mediador entre el Sacro Imperio Romano Germánico y el Imperio otomano. Entre una de las primeras cafeterías europeas establecidas en base a las turcas fue en 1624, en Venecia, conocida como La Bottega del Caffé.

Posteriormente el concepto se extendió ampliamente por Europa y en 1652 fue instalada en París la primera de las posteriormente famosas cafeterías parisinas con el nombre de Café Procope, frecuentada por hombres ilustres como Voltaire, Diderot, Rousseau y Benjamín Franklin entre otros. En 1692 se abre la primera cafetería en la ciudad de Londres. Luego ocurriría lo mismo en Berlín, en Viena y Budapest. Las cafeterías se convirtieron en lugares de reunión de filósofos e intelectuales, donde se discutía y se intercambiaban ideas. El carácter de las cafeterías como lugar de contacto humano y de conversación se mantiene hasta nuestros días. En España, a finales del siglo XIX y principios del XX, también los intelectuales comenzaron a reunirse en cafeterías, algunas de las cuales a día de hoy son auténticas instituciones: Café Zurich (Barcelona,1862), Café Gijón (Madrid, 1888), Cafè Iruña (Pamplona, 1888), Café Bilbao (Bilbao, 1903), Café Novelty (Salamanca), Café Navarra (Barcelona,1889), o el Café de Fornos (Madrid, 1907) entre otros.

Empresas internacionales como Starbucks han popularizado el concepto y cultura del café instalando unas 5.000 cafeterías en todo el mundo, inspirados en las cafeterías más bellas del mundo donde se encuentran en la ciudad de la luz "París " las más antiguas y famosas.
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